Ayudas para madres solteras y familias monoparentales en País Vasco
Preparamos tu solicitud, la presentamos en tu nombre y te mandamos el justificante. La concede: Gobierno Vasco, Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico (Viceconsejería de Juventud y Reto Demográfico, Dirección de Infancia, Adolescencia y Familias); RGI: Lanbide.
Datos comprobados en fuentes oficiales el 19/10/2026.
Qué es el familias monoparentales en Euskadi: certificado oficial y ayudas del Gobierno Vasco
Desde el 1 de enero de 2026 el Gobierno Vasco reconoce oficialmente a las familias monoparentales (un solo progenitor) y a las que están «en situación de monoparentalidad» (por ejemplo, custodia exclusiva con ingresos bajos o madres víctimas de violencia de género) con un certificado digital para toda la familia. El certificado no da dinero por sí mismo, pero sirve para pedir ayudas: 100 € al mes por hijo de los 4 a los 7 años (además de los 200 € de 0 a 4 años que cobran todas las familias), un 30 % más en las ayudas por excedencia o reducción de jornada y, si tenéis pocos ingresos, un complemento en la RGI.
Requisitos principales
- Certificado: sois familia monoparental si solo tú figuras como progenitor en el Registro Civil, si el otro progenitor ha fallecido, si tienes en exclusiva la patria potestad, o si eres acogedor permanente, tutor o guardador preadoptivo de menores.[1]
- Certificado: estáis «en situación de monoparentalidad» si tienes la guarda y custodia exclusiva, eres madre víctima de violencia de género (reconocida en los últimos 5 años), víctima de trata o explotación sexual, el otro progenitor tiene gran dependencia o incapacidad absoluta, está fuera de España con prohibición de entrada o un juez ha reconocido que abandonó a la familia. En estos casos los ingresos de la familia no pueden pasar de 4 veces el IPREM al año.[1]
- Certificado: tienes que tener residencia legal y llevar al menos 12 meses seguidos empadronado en Euskadi antes de pedirlo.[1]
- Certificado: los hijos tienen que ser menores de 21 años (hasta 26 si estudian formación reglada; sin límite con discapacidad del 33 % o más o gran dependencia), vivir y estar empadronados contigo y no ganar más de 2 veces el IPREM al año.[1]
- Certificado: dejas de ser familia monoparental si te casas o tienes pareja de hecho o una relación análoga (se presume si convivís 2 años seguidos, 4 con interrupciones, o si tenéis hijos en común).[1]
- Ayuda adicional por hijo (4 a 7 años): tienes que tener el certificado oficial de familia monoparental del Gobierno Vasco, llevar 1 año empadronado en Euskadi (o 5 seguidos en los últimos 10) y estar empadronado con tu hijo.[2]
Cuánto se cobra
- Ayudas por hijo del Gobierno Vasco: 200 € al mes por hijo de 0 a 4 años (todas las familias) y, si sois familia monoparental, 100 € al mes más por cada hijo de los 4 a los 7 años. Se duplica si el niño tiene discapacidad o dependencia.[3]
- Ayudas de conciliación 2026: por un año entero de excedencia, 3.850 € (renta familiar estandarizada hasta 20.000 €) o 3.236 € (más de 20.000 €); por reducción de jornada, entre 2.000 € y 3.080 € según el porcentaje y la renta. Las familias monoparentales cobran un 30 % más.[4]
- RGI 2026 para hogares monoparentales (con el complemento del 25 % de la cuantía base ya incluido): 1.195,30 € al mes con 1 menor, 1.370,22 € con 2 y 1.545,14 € con 3. La RGI paga la diferencia entre esa cantidad y tus ingresos.[5]
Es lo que fija la norma: tu importe concreto depende de tus ingresos y de tu hogar, y lo calcula el organismo.
Documentos que necesitas
- Certificado: formulario «Solicitud de familia monoparental», anexo I si te representa otra persona y anexo II por cada hijo mayor de 18 (con justificante de estudios si tiene más de 21).[6]
- Certificado: DNI o NIE tuyo y de los hijos mayores de 14 años, y documento que acredite la filiación, adopción, guarda o tutela.[1]
- Certificado: empadronamiento de hace menos de 3 meses y, según tu caso, certificado de defunción, sentencia o resolución de custodia, acreditación de violencia de género o resolución de discapacidad.[1]
- Certificado: para los casos con límite de ingresos, la última declaración de la renta o, si no la hiciste, un certificado de la Hacienda. La Administración intentará consultar los documentos por su cuenta salvo que te opongas.[1]
- Los documentos extranjeros tienen que ir traducidos al euskera o al castellano y legalizados.[1]
Plazos
- El certificado se puede pedir en cualquier momento desde que cumples los requisitos (en vigor desde el 1 de enero de 2026).[6]
- Ayuda adicional de 100 € (4-7 años): hasta el último día del mes anterior a que tu hijo cumpla 7 años. En 2026 hay un plazo especial hasta el 31/12/2026 para cobrar desde el 1 de enero de 2026 lo que corresponda.[3]
- Ayudas de conciliación: se piden tras 59 días de excedencia o reducción, por periodos ya pasados de hasta 365 días y dentro de los 365 días siguientes.[4]
Cómo te la tramitamos
Dónde y cómo se presenta
- Certificado: por internet en la sede de euskadi.eus con identificación electrónica y sigues el expediente en «Mi carpeta». Sin certificado electrónico: rellenas el formulario en la web, lo imprimes, lo firmas y lo entregas en Zuzenean o en un registro público; si no tienes impresora, lo firmas en Zuzenean con tu DNI o NIE.[6]
- Información: teléfono 012 y correo gurasobakarra@euskadi.eus. El certificado en papel se recoge en persona en Zuzenean.[6]
- Ayudas por hijo: en euskadi.eus/servicios/0045804 o en Zuzenean (información en el 012 y en umeak@euskadi.eus).[2]
Cuánto tarda la respuesta
Certificado: el Gobierno Vasco tiene 6 meses para resolver; si no contesta, se entiende concedido (silencio positivo). En cambio, en las ayudas por hijo y de conciliación, si no contestan en 6 meses se entiende denegada.[1]
Con qué es compatible
- El certificado de familia monoparental es compatible con el título de familia numerosa, pero los beneficios del mismo tipo no se suman salvo que una norma lo diga.[1]
- En las ayudas de conciliación el 30 % extra no se acumula: si sois monoparentales y además familia numerosa, sigue siendo un 30 %.[4]
- Las ayudas por hijo del Gobierno Vasco son compatibles con otras ayudas parecidas de cualquier Administración, pero cuentan como ingreso en las ayudas contra la pobreza como la RGI.[3]
Si te la deniegan
- Certificado: recurso de alzada ante el viceconsejero competente en política familiar en el plazo de 1 mes desde la notificación.[1]
- Ayudas por hijo y de conciliación: recurso de alzada ante la consejera del departamento en 1 mes desde la notificación.[4]
Lo que tienes que cumplir si te la conceden
- Comunicar en 15 días cualquier cambio: domicilio, custodia, matrimonio o convivencia en pareja, apellidos. Si no respondes a un requerimiento en plazo, pierdes la condición.[1]
- Si dejas de cumplir los requisitos, el certificado se cancela y puede hacerse con efectos desde la fecha del incumplimiento.[6]
Preguntas frecuentes
¿Hay un carnet o certificado de familia monoparental en el País Vasco?
Sí. Desde el 1 de enero de 2026 el Gobierno Vasco da un certificado digital colectivo para toda la familia. Se pide en euskadi.eus o en Zuzenean.[1]
Soy madre soltera, ¿qué ayudas tengo en Euskadi?
Los 200 € al mes por hijo de 0 a 4 años y, con el certificado de familia monoparental, 100 € al mes más de los 4 a los 7 años; un 30 % más en las ayudas por excedencia o reducción de jornada; y, si tenéis pocos ingresos, la RGI con complemento monoparental.[2]
Estoy divorciada y tengo la custodia exclusiva, ¿cuento como monoparental?
Sí, como familia «en situación de monoparentalidad», siempre que los ingresos de la familia no pasen de 4 veces el IPREM al año.[1]
¿Con un solo hijo puedo ser monoparental?
Sí. Con un hijo eres de categoría general; pasas a especial con dos o más hijos, con un hijo si los ingresos no pasan de 2 veces el IPREM, o en casos de discapacidad, dependencia o violencia.[6]
¿Y si me voy a vivir con una nueva pareja?
Pierdes la condición de familia monoparental si te casas, te haces pareja de hecho o convives en pareja (se presume con 2 años seguidos o si tenéis hijos en común). Tienes que comunicarlo en 15 días.[1]
¿Qué pasa si no me contestan a la solicitud del certificado?
Si pasan 6 meses sin respuesta, se entiende concedido (silencio positivo).[1]
- https://www.euskadi.eus/web01-bopv/es/bopv2/datos/2025/12/2505383a.shtml
- https://www.euskadi.eus/ayuda_subvencion/2026/ayudas-mensuales-a-familias-con-hijas-o-hijos/web01-tramite/es/
- https://www.euskadi.eus/web01-bopv/es/bopv2/datos/2026/07/2602963a.shtml
- https://www.euskadi.eus/web01-bopv/es/bopv2/datos/2026/06/2602710a.shtml
- https://www.euskadi.eus/ayuda_subvencion/2016/renta-de-garantia-de-ingresos-rgi/web01-tramite/es/
- https://www.euskadi.eus/registro/reconocimiento-de-la-condicion-de-familia-monoparental/web01-tramite/es/