Tramita la ayuda por hijos e hijas a cargo en Euskadi
Preparamos tu solicitud, la presentamos en tu nombre y te mandamos el justificante. La concede: Gobierno Vasco: Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico (Dirección de Infancia, Adolescencia y Familias).
Datos comprobados en fuentes oficiales el 19/10/2026.
Qué es la ayudas mensuales a familias con hijas o hijos a cargo en Euskadi
Es una ayuda mensual del Gobierno Vasco para ayudar a criar a los hijos e hijas, sin límite de ingresos. Desde el 1 de enero de 2026 se cobran 200 € al mes por cada hijo o hija hasta que cumple 4 años, y 100 € al mes de los 4 a los 7 años por el tercer hijo y siguientes y por los hijos de familias monoparentales. Si el niño o niña tiene discapacidad o dependencia, la cantidad se duplica. Además hay un pago único por parto o adopción múltiple y por adopción internacional.
Requisitos principales
- Tienes que ser la madre o el padre que tiene la guarda y custodia del hijo o hija (o tenerla por tutela, acogimiento o guarda con fines de adopción reconocida por resolución).[1]
- Tienes que vivir y estar empadronado en Euskadi al menos el año anterior a la solicitud, o 5 años seguidos dentro de los últimos 10.[1]
- Tienes que estar empadronado con el hijo o hija por el que pides la ayuda y con los demás que cuentan en la familia. Solo se permite una interrupción de hasta 30 días (60 si hay violencia de género).[1]
- La ayuda de 0 a 4 años no tiene límite de ingresos y no exige estar trabajando ni tener una nacionalidad concreta.[2]
- Para la ayuda de 4 a 7 años por familia monoparental, tienes que estar inscrita en el censo de familias monoparentales del Gobierno Vasco y tener su certificado.[3]
- Para contar el orden de los hijos (tercero y siguientes) cuentan los menores de 26 años que viven en casa y dependen económicamente de ti, es decir, que no tienen rentas por encima del salario mínimo anual.[1]
Cuánto se cobra
- Ayuda a la crianza: 200 € al mes por cada hijo o hija desde que nace hasta que cumple 4 años (en adopción, tutela o guarda, durante 4 años desde la inscripción o la resolución).[1]
- Ayuda adicional: 100 € al mes durante 3 años (de los 4 a los 7 años) por el tercer hijo o hija y siguientes, y por cualquier hijo o hija de una familia monoparental.[1]
- Si el hijo o hija tiene una discapacidad del 33 % o más o una dependencia reconocida, se duplica: 400 € al mes hasta los 4 años y, en los casos de la ayuda adicional, 200 € al mes de 4 a 7 años.[4]
- Pago único por parto o adopción nacional múltiple: 2.000 € por cada hijo o hija a partir del segundo, multiplicado por 2 si la renta familiar estandarizada es de 20.000 € o menos, por 1,5 si está entre 20.000 y 30.000 €, y por 1 si es mayor (por ejemplo, gemelos con renta de hasta 20.000 €: 4.000 €).[1]
Es lo que fija la norma: tu importe concreto depende de tus ingresos y de tu hogar, y lo calcula el organismo.
Documentos que necesitas
- DNI de la persona solicitante (o NIE, TIE o pasaporte si eres extranjero; si eres de la UE con NIE, también tu documento de identidad o pasaporte de origen en vigor).[2]
- Certificado de nacimiento o libro de familia (o, según el caso, certificado de adopción, resolución de acogimiento o guarda, o de tutela).[1]
- Certificado de empadronamiento con las personas que viven en casa, de no más de 3 meses.[1]
- Si hay custodia compartida: acuerdo firmado con el otro progenitor sobre quién pide la ayuda y su autorización para consultar su padrón (anexos de la solicitud).[2]
- Según el caso: certificado de familia monoparental del Gobierno Vasco, certificado de discapacidad o dependencia del hijo o hija, y acreditación de violencia de género.[1]
- En general no hay que adjuntar documentos si autorizas al Gobierno Vasco a consultar tus datos; si no lo autorizas, tienes que aportarlos tú.[3]
Plazos
- Ayuda de 0 a 4 años: se puede pedir desde el día siguiente al nacimiento (o a la adopción, tutela o guarda) hasta el último día del mes anterior a que cumpla 4 años. Si la pides en los 3 primeros meses, cobras desde el mes del nacimiento; si no, desde el mes en que la pides.[1]
- Ayuda de 4 a 7 años: desde el día siguiente a cumplir 4 años hasta el último día del mes anterior a cumplir 7, con la misma regla de los 3 primeros meses.[1]
- Pagos únicos por parto o adopción múltiple y adopción internacional: 3 meses desde el nacimiento, la inscripción o la resolución. Si el bebé estuvo ingresado 10 días o más, el plazo se alarga esos días.[1]
Cómo te la tramitamos
Dónde y cómo se presenta
- Por internet, con identificación electrónica, en la sede de euskadi.eus (procedimiento 0045804, hay un formulario para 0-4 años, otro para 4-7 y otro para discapacidad o dependencia). El seguimiento, en «Mi carpeta».[4]
- En persona: rellenas el formulario en la web sin certificado, lo imprimes y lo presentas firmado en Zuzenean, Correos u otro registro. Si no tienes impresora, vas a Zuzenean con tu DNI o NIE y lo firmas allí.[4]
- Información: teléfono 012 o 945 01 80 00 y correo umeak@euskadi.eus.[4]
Cuánto tarda la respuesta
El Gobierno Vasco tiene 6 meses para resolver; si no contesta, se entiende denegada (silencio negativo), aunque sigue obligado a resolver.[1]
Con qué es compatible
- Estas ayudas son compatibles entre sí y con otras ayudas públicas para la misma finalidad. Un mismo hijo o hija solo da derecho a una ayuda adicional.[1]
- Son incompatibles con ayudas de otro país para el mismo hijo o hija y con la misma finalidad; tienes que declararlo en la solicitud.[1]
- Cuentan como ingreso en otras ayudas contra la pobreza: por ejemplo, se tienen en cuenta para calcular la RGI.[2]
- Los pagos únicos por parto o adopción múltiple del decreto anterior no se pueden cobrar otra vez con el nuevo por el mismo hijo o hija.[1]
Si te la deniegan
- Recurso de alzada ante el consejero en 1 mes desde la notificación (3 meses si no te han contestado). Se puede presentar por internet con el formulario de recurso de alzada de la sede.[4]
Lo que tienes que cumplir si te la conceden
- Comunicar cualquier cambio (padrón, custodia, número de hijos, cuenta bancaria…) con el formulario de comunicación de cambios y dejarte comprobar los datos.[1]
- Si dejas de cumplir un requisito, pierdes el derecho desde ese mes. Antes de suspender los pagos te dan 15 días hábiles para alegar.[1]
Preguntas frecuentes
¿Hay límite de ingresos para cobrar los 200 € al mes?
No. La ayuda a la crianza de 0 a 4 años es para todas las familias, sin mirar la renta. La renta solo cuenta para los pagos únicos por parto o adopción múltiple y adopción internacional.[1]
Ya cobraba la ayuda hasta los 3 años, ¿me la amplían solos hasta los 4?
No, no es automático. Tienes que pedir la ampliación el mes siguiente a que termine la ayuda de 0-3 años; si la pides antes, te la deniegan. Tienes 6 meses para no perder mensualidades.[4]
Tengo tres hijos, ¿cobro 100 € por cada uno de 4 a 7 años?
No. La ayuda de 4 a 7 años es para el tercer hijo o hija y siguientes (ordenados por fecha de nacimiento), no para los dos primeros. En familias monoparentales con certificado sí es para cualquier hijo o hija.[1]
Tenemos custodia compartida, ¿quién la pide?
Uno de los dos, con un acuerdo firmado por ambos sobre quién la pide. Si el niño no está empadronado con quien la pide, hace falta además la autorización del otro progenitor para consultar el padrón.[2]
¿Tengo que estar trabajando o tener papeles españoles?
No. No se pide estar trabajando ni una nacionalidad concreta; se pide vivir y estar empadronado en Euskadi (1 año antes, o 5 de los últimos 10) junto con tus hijos.[2]
¿Hasta cuándo puedo pedirla con efectos desde enero de 2026?
Hasta el 31 de diciembre de 2026. Si la pides a partir del 1 de enero de 2027, se reconoce desde el mes en que la pidas.[4]
- https://www.euskadi.eus/web01-bopv/es/bopv2/datos/2026/07/2602963a.shtml
- https://www.euskadi.eus/preguntas-frecuentes-ayudas-mensuales-a-la-crianza-de-las-hijas-o-hijos/web01-a2famil/es/
- https://www.euskadi.eus/ayudas-mensuales-a-familias-con-hijas-o-hijos/web01-a2famil/es/
- https://www.euskadi.eus/ayuda_subvencion/2026/ayudas-mensuales-a-familias-con-hijas-o-hijos/web01-tramite/es