Ayudas para víctimas de violencia de género en Cataluña
Preparamos tu solicitud, la presentamos en tu nombre y te mandamos el justificante. La concede: Generalitat de Catalunya – Departament d'Igualtat i Feminisme (Direcció General per a l'Erradicació de les Violències Masclistes). Somos una gestoría privada: pedirla por tu cuenta es gratis.
Datos comprobados en fuentes oficiales el 11/10/2026.
Qué es el indemnización de la Generalitat para mujeres víctimas de violencia machista y para hijos e hijas de víctimas mortales
Es un pago único de la Generalitat para mujeres que han sufrido violencia machista, para los hijos e hijas de mujeres asesinadas por violencia machista y para madres que han perdido a un hijo o hija por violencia vicaria. Es propia de Cataluña (Ley catalana 5/2008) y se suma a lo que fije una sentencia. No es una ayuda por ingresos: no se mira la renta. El importe depende del caso y lo fija la norma.
Requisitos principales
- Indemnización para mujeres víctimas: tienes que ser víctima de una forma de violencia machista prevista en la Ley catalana 5/2008 y tenerlo acreditado por sentencia o por el modelo común de acreditación administrativa de la situación de violencia de género o de violencias sexuales.[1]
- Indemnización (todos los casos): tienes que vivir de forma estable en Cataluña (empadronada o acreditándolo por otro medio) al pedirla. Excepcionalmente, también si trabajas en Cataluña y los hechos ocurrieron en Cataluña.[1]
- Indemnización para hijos e hijas de víctimas mortales: tener menos de 26 años y convivir con la madre cuando murió (la convivencia no se rompe por estudios, trabajo, tratamiento médico o por la propia situación de violencia).[1]
- Indemnización por violencia vicaria: pueden pedirla las mujeres a las que un hijo o hija les ha sido asesinado por violencia vicaria.[1]
- Indemnización (todos los casos): si quien la pide es menor no emancipado o tiene medidas de apoyo, la solicitud la presenta su tutor, representante legal o guardador de hecho. El agresor no puede administrar este dinero en ningún caso.[1]
Cuánto se cobra
- Indemnización para mujeres víctimas de violencia machista: 4.009,25 € en 2026 (3.892,45 € en 2025). Si además acreditas discapacidad o VIH: 5.011,56 € en 2026 (4.865,56 € en 2025).[1]
- Indemnización para hijos e hijas de mujeres víctimas de feminicidio y por violencia vicaria: 57.733,08 € en 2026 (56.051,52 € en 2025).[1]
- Indemnización: según la web de la Generalitat, para las solicitudes presentadas desde el 11 de julio de 2026 (tras aprobarse los presupuestos de 2026) la cuantía pasa a calcularse sobre el IRSC anual: dos veces el IRSC para las mujeres víctimas y doce veces el IRSC para hijos e hijas de víctimas de feminicidio (Ley 10/2023).[1]
Es lo que fija la norma: tu importe concreto depende de tus ingresos y de tu hogar, y lo calcula el organismo.
Documentos que necesitas
- Mujeres víctimas: sentencia definitiva que acredite la violencia machista, o el modelo común de acreditación administrativa de la situación de violencia de género o de violencias sexuales.[1]
- Mujeres víctimas: si es tu caso, informe médico que acredite que eres seropositiva al VIH o certificado del grado de discapacidad (para la cuantía mayor).[1]
- Todos los casos: solicitud de transferencia bancaria para pagos de la Tesorería de la Generalitat (área SEPA) y certificado del banco que acredite que eres titular de la cuenta.[2]
- Hijos e hijas de víctimas mortales y violencia vicaria: resolución judicial que acredite la muerte por violencia machista (o diligencias policiales si no hubo juicio porque el agresor murió), y libro de familia o documento del Registro Civil que acredite la filiación.[1]
- Hijos e hijas: si no autorizas que la Administración consulte tus datos, certificado de convivencia con la víctima y certificado de defunción.[1]
- Si no tienes DNI o NIE: pasaporte o documento de identidad extranjero y prueba de que vives o trabajas en Cataluña. Si actúa un representante, el documento que lo acredite.[1]
Plazos
- Mujeres víctimas: puedes pedirla en cualquier momento, siempre que no hayan pasado más de 5 años desde que te notificaron la sentencia o la resolución administrativa que te acredita como víctima.[1]
- Hijos e hijas de víctimas mortales y violencia vicaria: hasta 5 años desde la resolución judicial o las diligencias policiales sobre los hechos.[1]
Cómo te la tramitamos
Si prefieres pedirla tú (gratis)
- Por internet, con el formulario de la Generalitat (hay uno para mujeres víctimas y otro para hijos e hijas). Ojo: la «petición genérica» no sirve para este trámite.[1]
- En persona y gratis en una Oficina de Atención Ciudadana de la Generalitat, con cita previa: allí pueden hacer el trámite en tu nombre. También puedes entregar los papeles en cualquier registro oficial o en Correos.[3]
Cuánto tarda la respuesta
La Administración tiene 3 meses desde que presentas la solicitud; si no contesta, se entiende denegada (silencio negativo), aunque puede resolver después.[1]
Con qué es compatible
- Es compatible con las indemnizaciones que fije una sentencia judicial y con otras prestaciones públicas o privadas que te correspondan.[1]
Si te la deniegan
- Puedes presentar recurso de alzada ante la Secretaría General del Departament d'Igualtat i Feminisme en el plazo de un mes; la resolución te explica cómo.[1]
Preguntas frecuentes
¿Necesito una sentencia para pedirla?
No siempre: si eres mujer víctima, vale también el modelo común de acreditación administrativa de la situación de violencia de género o de violencias sexuales.[1]
¿Miran mis ingresos?
En los requisitos publicados no hay límite de ingresos: se pide acreditar la violencia y vivir (o, en algunos casos, trabajar) en Cataluña.[1]
¿Hasta cuándo puedo pedirla?
Hasta 5 años después de la sentencia o resolución que te acredita como víctima (o, para hijos e hijas, de la resolución judicial o diligencias policiales).[1]
Si el juez ya me dio una indemnización, ¿pierdo esta?
No. Es compatible con la indemnización de la sentencia y con otras prestaciones.[1]
¿Me pueden ayudar a pedirla sin internet?
Sí. En las Oficinas de Atención Ciudadana de la Generalitat, con cita previa, pueden tramitarla por ti gratis.[3]
- https://tramits.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Indemnitzacions-per-a-dones-victimes-de-violencia-masclista-i-per-a-fills-i-filles-de-dones-que-han-causat-mort-per-violencia-masclista?moda=1
- https://economia.gencat.cat/web/.content/70_tresoreria_pagaments/arxius/trans_banc_area_sepa.pdf
- https://web.gencat.cat/ca/atenem/oficines-atencio-ciutadana