Ayudas para familias numerosas en Región de Murcia

La convocatoria está cerrada ahora mismo. Te explicamos requisitos y cuantías, y si quieres te avisamos cuando se abra la siguiente para presentarla a tiempo. La concede: Comunidad Autónoma de la Región de Murcia – Consejería de Política Social, Familias e Igualdad (Dirección General de Familias, Infancia y Conciliación). Deducciones del IRPF: Agencia Tributaria (tramo autonómico de la Región de Murcia).

Datos comprobados en fuentes oficiales el 19/10/2026.

Quién la concedeComunidad Autónoma de la Región de Murcia – Consejería de Política Social, Familias e…
Cuándo se pideAyuda individual: convocatoria 2026 publicada en el BORM el 30/09/2026; plazo de…

Qué es la ayudas a familias numerosas en la Región de Murcia

La Región de Murcia tiene una ayuda económica propia, de pago único al año, para familias numerosas de categoría especial (y también para familias monoparentales y familias con trillizos o más menores de 6 años). Sirve para pagar gastos de 2026 como comida, comedor escolar, ropa, farmacia, guardería o transporte público, y puede llegar hasta 2.500 € por familia según la renta. Además, en la declaración de la renta hay deducciones autonómicas para familias numerosas, como la de compra o ampliación de vivienda o los límites de renta más altos en la de material escolar.

Requisitos principales

  • Ayuda individual 2026: tienes que tener el título de familia numerosa de categoría especial en vigor el último día del plazo de solicitud. Las otras modalidades de la misma ayuda son familia monoparental reconocida según la Ley 1/2023 de Murcia, o parto, adopción o acogimiento múltiple de 3 o más menores de 6 años a la vez. Solo puedes pedir por una modalidad.[1]
  • Ayuda individual 2026: toda la familia tiene que vivir en la Región de Murcia y estar empadronada en algún municipio de la región el último día del plazo (salvo los casos asimilados a la convivencia del reglamento estatal de familias numerosas).[1]
  • Ayuda individual 2026: la renta per cápita de tu familia no puede superar el IPREM vigente. Se calcula con la base imponible de la última declaración de la renta de padres, hijos y ascendientes o descendientes que vivan en la casa, dividida entre el número de miembros.[2]
  • Ayuda individual 2026: no puedes tener acceso a otras ayudas de la misma naturaleza y para la misma finalidad pagadas por cualquier Administración.[2]
  • Ayuda individual 2026: para calcular la renta NO se cuentan, entre otras, la prestación por hijo a cargo con discapacidad, las prestaciones de dependencia de Murcia, las pensiones no contributivas, el ingreso mínimo vital ni las pensiones de alimentos.[2]
  • Deducción por vivienda de familias numerosas (IRPF): tienes que vivir en la Región de Murcia, ser familia numerosa (general o especial) y comprar la nueva vivienda habitual en los 5 años siguientes a ser familia numerosa o al nacimiento o adopción de cada hijo. La nueva vivienda tiene que tener más de un 10% más de superficie útil que la anterior, y tienes que vender la anterior en 5 años (salvo ampliación).[3]

Cuánto se cobra

  • Ayuda individual 2026: hasta 2.500 € por familia, de una sola vez, según la renta per cápita: hasta 1.500 €, el 100% (2.500 €); de 1.501 a 3.500 €, el 75% (1.875 €); de 3.501 a 6.000 €, el 50% (1.250 €); de 6.001 € hasta el IPREM, el 25% (625 €). Si pides menos, te dan lo que pides.[1]
  • Ayuda individual 2026: el presupuesto inicial es de 2.000.000 €. Se reparte por orden de entrada de las solicitudes hasta que se acaba el dinero.[1]
  • Ayuda individual 2026: sirve para gastos de comida (sin alcohol), comedor escolar, ropa y calzado, farmacia, higiene, puericultura, escuela infantil o actividades extraescolares, contratar a alguien para cuidar en casa a dependientes o menores, y bonos de transporte público, hechos entre el 1/01/2026 y el 31/12/2026.[1]
  • Deducción por vivienda de familias numerosas (Renta 2025): 10% (familia numerosa general) o 15% (especial) de lo que pagas por la nueva vivienda habitual, con una base máxima de 5.000 € al año, durante un máximo de 15 años.[3]

Es lo que fija la norma: tu importe concreto depende de tus ingresos y de tu hogar, y lo calcula el organismo.

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Documentos que necesitas

  • Ayuda individual 2026: solicitud (Anexo I, procedimiento 2792), firmada por todos los mayores de 18 años de la familia.[2]
  • Ayuda individual 2026: Anexo II (consentimiento para que la Administración consulte los datos de la familia), obligatorio si hay otros miembros computables (cónyuge, ascendientes, hijos mayores de 18 años). Si te opones a la consulta, aportas DNI/NIE, empadronamiento, última renta, prestaciones, pensiones y vida laboral de todos.[1]
  • Ayuda individual 2026: certificado o documento del banco con el IBAN (24 dígitos), tu nombre completo y tu DNI; la cuenta tiene que estar a tu nombre.[1]
  • Ayuda individual 2026: certificado o volante de empadronamiento colectivo y, si viven en la casa personas que no son de la familia, Anexo IV (declaración responsable de la relación con ellas).[1]
  • Ayuda individual: según el caso, libro de familia o certificado del Registro Civil (obligatorio en monoparentales), sentencia de patria potestad exclusiva o certificado de viudedad. Las facturas no se entregan, pero tienes que guardarlas al menos 4 años.[4]

Plazos

  • Ayuda individual 2026: 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria (BORM de 30/09/2026); la sede indica del 01-10-2026 al 15-10-2026. Ya está cerrado.[4]
  • Ayuda individual: el plazo lo fija cada año una convocatoria en el BORM (en 2025 se publicó el 27/06/2025; en 2026, el 30/09/2026). Si se te pasa, tienes que esperar a la siguiente.[2]
  • Si te piden que corrijas la solicitud, tienes 10 días hábiles desde la notificación; si no, se te tiene por desistido.[1]

Dónde y cómo se presenta

  • Por internet, en la Sede Electrónica de la CARM, procedimiento 2792, con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve. No hay que pagar tasa.[4]
  • Si no puedes hacerlo por internet, con cita previa en las Oficinas de Asistencia en Materia de Registros (OAMR) de la CARM o en los servicios sociales de tu municipio, donde personal habilitado presenta la solicitud por ti.[1]
  • Información: teléfonos 968 362 000 y 012.[4]
  • Deducciones del IRPF: se aplican tú mismo en tu declaración de la renta (Renta Web de la Agencia Tributaria), en el tramo autonómico de Murcia.[3]

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Cuánto tarda la respuesta

Ayuda individual: 6 meses desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria. Si no te contestan, se entiende denegada (silencio negativo).[2]

Con qué es compatible

  • Ayuda individual: es incompatible con otras ayudas de la misma naturaleza y finalidad de cualquier Administración o entidad privada. Si otra ayuda te paga los mismos gastos, tendrás que devolver esta con intereses.[1]
  • Deducción por vivienda de familias numerosas: es incompatible con la deducción autonómica por inversión en vivienda habitual de jóvenes de 40 años o menos para la misma vivienda (salvo régimen transitorio).[3]

Si te la deniegan

  • Ayuda individual: la resolución pone fin a la vía administrativa. Puedes presentar recurso potestativo de reposición en 1 mes desde el día siguiente a la notificación, o ir directamente al contencioso-administrativo.[2]

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Lo que tienes que cumplir si te la conceden

  • Comunicar a la Consejería si recibes otras ayudas para lo mismo o si cambia cualquier circunstancia que afecte a los requisitos.[1]
  • Justificar el gasto en plazo (no se admiten pagos en efectivo de 1.000 € o más) y guardar los justificantes al menos 4 años.[1]
  • Deducción por vivienda: si no vendes la vivienda anterior en plazo, tienes que devolver lo deducido con intereses de demora en la declaración de ese año.[3]

Preguntas frecuentes

¿Las familias numerosas de categoría general pueden pedir la ayuda de 2.500 €?

No. La ayuda individual es solo para familias numerosas de categoría especial (además de monoparentales y de parto múltiple). Las de categoría general sí pueden usar deducciones del IRPF, como la de vivienda (10%).[1]

¿Todavía puedo pedir la ayuda de 2026?

No. El plazo fue del 1 al 15 de octubre de 2026 y está cerrado. Hay que esperar a la próxima convocatoria en el BORM.[4]

¿Me la dan seguro si cumplo los requisitos?

No. Se conceden por orden de entrada hasta que se acaba el presupuesto (2 millones de euros en 2026), así que conviene pedirla al principio del plazo.[1]

¿Cuenta el ingreso mínimo vital como ingreso?

No. El IMV, las rentas mínimas, las pensiones no contributivas y las prestaciones de dependencia no se cuentan para calcular la renta per cápita.[2]

¿Tengo que presentar facturas?

No con la solicitud. Después, entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2027, justificas con una relación de gastos; las facturas las guardas 4 años por si te las piden.[4]

¿Cuánto me puedo deducir en la renta por comprar una casa más grande siendo familia numerosa?

El 10% (general) o el 15% (especial) de lo pagado, con una base máxima de 5.000 € al año, si la compras en los 5 años siguientes a ser familia numerosa o a tener otro hijo.[3]

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