Documentos para pedir el Ingreso Mínimo Vital
Datos oficiales comprobados el 11/10/2026. Y si quieres, te la tramitamos nosotros.
Esta es la documentación que pide el organismo. Si nos encargas la solicitud, te decimos exactamente cuáles te hacen falta en tu caso.
Documentos
- DNI de todas las personas españolas del hogar, tengan la edad que tengan. Si eres extranjero: documento de identidad de tu país, TIE o pasaporte, y el NIE si no aparece en esos documentos.[1]
- Para acreditar la residencia legal: si eres de la UE, del EEE o de Suiza, la inscripción en el Registro Central de Extranjeros; si eres de otro país, la autorización de residencia o la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión.[1]
- Certificado de empadronamiento. Si los datos del padrón no coinciden con lo que declaras, certificado de empadronamiento histórico y colectivo del ayuntamiento.[1]
- Libro de familia o certificado del Registro Civil para acreditar el parentesco entre los miembros del hogar. Si sois pareja de hecho, certificado de inscripción o documento público de constitución con al menos 2 años de antigüedad.[1]
- Si alguien tiene una discapacidad del 65 % o más: certificado del órgano de tu comunidad autónoma (en Ceuta y Melilla, del IMSERSO).[1]
- En situaciones especiales (persona sin hogar, convivientes sin parentesco, domicilio real distinto del padrón, estancia temporal en una residencia): certificado de los servicios sociales o de una entidad del tercer sector inscrita como mediadora del IMV.[1]
- No tienes que aportar tus ingresos ni tu patrimonio: el INSS los consulta directamente a la Agencia Tributaria o a las haciendas forales.[1]
- Si te falta algún documento al pedirlo, puedes presentar una declaración responsable comprometiéndote a aportarlo. Si después no lo entregas cuando te lo piden, el procedimiento se suspende hasta 3 meses y luego caduca.[2]
Documentos que piden casi todas las ayudas: empadronamiento, documentos de familia y certificado de la cuenta.
Te la tramitamos
Más sobre Ingreso Mínimo Vital
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cobra una persona sola en 2026?
Como máximo 733,60 € al mes, menos los ingresos que tuviste el año anterior. Si tienes una discapacidad del 65 % o más, la renta garantizada sube un 22 %.[3]
¿Puedo cobrar el IMV si trabajo?
Sí. Es compatible con trabajar. Además, en la revisión anual no cuentan los primeros 6.000 € que suban tus ingresos por trabajo, y de lo que pase solo cuenta la mitad.[4]
¿Qué pasa si en 6 meses no me contestan?
Se entiende denegada por silencio. Puedes presentar una reclamación previa ante el INSS en 30 días.[2]
- https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/65850d68-8d06-4645-bde7-05374ee42ac7/acreditaciondelosrequisitos
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-21007#a2-10
- https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/65850d68-8d06-4645-bde7-05374ee42ac7/cuantias
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2022-15764#ai-3