Subsidio por excarcelación: qué ha cambiado y qué puedes pedir ahora

Te explicamos cómo funciona y qué tienes que hacer. Somos una gestoría privada; la gestiona: Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE); desde 1/11/2024, Ingreso Mínimo Vital: Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

Datos comprobados en fuentes oficiales el 11/10/2026.

Quién la concedeServicio Público de Empleo Estatal (SEPE); desde 1/11/2024, Ingreso Mínimo Vital…
Cuándo se pideCerrado para nuevas excarcelaciones desde el 1/11/2024 (RD-ley 2/2024). Solo sigue con la…

Qué es el subsidio por desempleo para personas liberadas de prisión

Era una ayuda mensual del SEPE para quien salía de prisión tras más de 6 meses privado de libertad y no tenía derecho al paro. Desde el 1 de noviembre de 2024 ya no existe para nuevas salidas de prisión: la vía prevista ahora es el Ingreso Mínimo Vital (IMV), con reglas especiales para personas liberadas. Esta ficha explica ambas cosas.

Somos una gestoría privada, no la Administración. Puedes pedir esta ayuda gratis por tu cuenta (abajo te explicamos cómo); nosotros cobramos por gestionarla. Quien concede o deniega la ayuda es siempre Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE); desde 1/11/2024, Ingreso Mínimo Vital: Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Las cifras son las que fija la norma: no prometemos importes.

Requisitos principales

  • Subsidio antiguo: solo si ya lo cobrabas o lo habías pedido a 1/11/2024, o si tu hecho causante (cumplir el mes de espera tras salir) es anterior a esa fecha.[1]
  • Subsidio antiguo: haber estado privado de libertad más de 6 meses, no tener derecho al paro contributivo, estar inscrito como demandante y carecer de rentas. También incluía a menores liberados de centros de internamiento mayores de 16 años y a quien terminó un tratamiento de deshabituación de más de 6 meses con la pena remitida.[2]
  • Subsidio antiguo: si la condena fue por delitos del art. 36.2 a) a d) del Código Penal, hacía falta un certificado de la Administración penitenciaria.[2]
  • Ahora (IMV): si saliste de prisión tras más de 6 meses privado de libertad y tienes entre 18 y 22 años, puedes pedir el IMV viviendo solo, sin el requisito general de 23 años.[3]
  • Ahora (IMV): basta con ser mayor de edad para ser titular y, si lo pides viviendo solo, no tienes que demostrar que has vivido de forma independiente antes de la solicitud.[4]
  • Ahora (IMV): tienes que cumplir el resto de requisitos: residencia legal y efectiva en España durante el año anterior y estar en situación de vulnerabilidad económica.[5]

Cuánto se cobra

  • Subsidio antiguo: 80 % del IPREM mensual, es decir 480 € al mes con el IPREM de 2026 (600 €).[6]
  • IMV 2026: la renta garantizada para una persona sola es 733,6 € al mes (22 % más con discapacidad del 65 % o más). Cobras la diferencia entre esa cantidad y tus ingresos.[7]

Es lo que fija la norma: tu importe concreto depende de tus ingresos y de tu hogar, y lo calcula el organismo.

Documentos que necesitas

  • Subsidio antiguo: modelo oficial de solicitud del SEPE con declaración responsable de rentas.[8]
  • Subsidio antiguo: si procede, certificación de la Administración penitenciaria exigida para los delitos del art. 36.2 del Código Penal.[2]
  • IMV: DNI, TIE o pasaporte (y NIE si no consta).[5]
  • IMV: certificado de empadronamiento.[5]
  • IMV: libro de familia o certificado del Registro Civil si vives con familia.[5]

Plazos

  • Fecha clave: si tu hecho causante es anterior al 1/11/2024, se aplica la norma antigua; si es posterior, ya no hay subsidio de excarcelación.[1]
  • Subsidio antiguo: había que pedirlo en los 15 días siguientes a cumplir el mes de espera tras salir; pedido más tarde, nacía al día siguiente de la solicitud con menos días de derecho.[9]

Si prefieres pedirla tú (gratis)

  • IMV: por internet en la sede electrónica de la Seguridad Social (servicio «Ingreso Mínimo Vital»). Es gratis.[10]
  • IMV: información en el teléfono 020 de la Seguridad Social.[5]
  • Por internet en la sede electrónica del SEPE, con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve. Es gratis.[11]
  • En persona en tu oficina de prestaciones, pidiendo antes cita previa por internet o en el teléfono 91 926 79 70 (24 horas).[12]

Cuánto tarda la respuesta

Con la solicitud completa, el SEPE debe resolver en 15 días y notificarte en otros 10. Si pasan 3 meses sin respuesta, se entiende denegada por silencio administrativo y puedes reclamar.[13]

Con qué es compatible

  • El subsidio y la prestación por desempleo son compatibles con el IMV, las rentas mínimas autonómicas y las ayudas sociales.[14]
  • Mientras cumples condena no se reconocen derechos nuevos de paro. Si ya cobrabas, se suspende salvo que tengas responsabilidades familiares y la renta familiar no supere el SMI.[15]

Si te la deniegan

  • Si no estás de acuerdo, presenta por escrito una reclamación previa al SEPE en 30 días desde que te notifican la resolución (o desde que se entiende denegada por silencio).[16]
  • El SEPE tiene 45 días para contestar la reclamación; si no contesta, se entiende rechazada.[16]
  • La reclamación previa también es obligatoria antes de ir al juzgado si te deniegan el IMV (prestación de Seguridad Social): 30 días desde la notificación.[16]

Lo que tienes que cumplir si te la conceden

  • Mantener la inscripción como demandante de empleo y cumplir el acuerdo de actividad.[17]
  • Buscar empleo de forma activa, acreditarlo cuando te lo pidan y aceptar la colocación adecuada que te ofrezcan.[17]
  • Comunicar tu domicilio y cualquier cambio, y pedir la baja en cuanto dejes de cumplir los requisitos o empieces una situación incompatible.[17]

Preguntas frecuentes

He salido de prisión en 2026. ¿Puedo pedir el subsidio de excarcelación?

No. Desde el 1/11/2024 ya no existe para nuevas salidas. Puedes pedir el Ingreso Mínimo Vital, que tiene reglas especiales para personas liberadas.[18]

Tengo 19 años y he estado más de 6 meses en prisión. ¿Puedo pedir el IMV solo?

Sí. La ley permite a las personas de 18 a 22 años liberadas de prisión tras más de 6 meses pedirlo viviendo solas.[3]

¿Cuánto es el IMV en 2026 para una persona sola?

La renta garantizada es 733,6 € al mes. Cobras la diferencia entre esa cantidad y lo que ingreses.[7]

Cobraba el paro y he entrado en prisión preventiva. ¿Lo pierdo?

No. En prisión preventiva la prestación no se interrumpe, pero debes comunicarlo al servicio de empleo de tu comunidad.[15]

¿Y si entro a cumplir condena?

La prestación se suspende, salvo que tengas responsabilidades familiares y la renta familiar no supere el SMI. Durante la condena no se reconocen derechos nuevos.[15]

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