Requisitos de el subsidio por agotamiento del paro
Datos oficiales comprobados el 11/10/2026. Y si quieres, te la tramitamos nosotros.
Tramitar por WhatsAppPrecio cerrado · 58 €
Estos son los requisitos que exige la norma vigente. Antes de presentar tu solicitud comprobamos contigo cada uno.
Requisitos
- Haber agotado el paro contributivo el 1 de noviembre de 2024 o después.[1]
- Estar en paro total o con contratos a tiempo parcial que sumen menos de una jornada completa.[1]
- Si tienes menos de 45 años y no tienes responsabilidades familiares, el paro agotado tuvo que durar 360 días o más. Si duró menos, solo puedes entrar acreditando responsabilidades familiares.[1]
- No tener rentas propias de más de 915,75 € al mes en 2026 (75 % del SMI sin pagas extra), o acreditar responsabilidades familiares.[2]
- No tener derecho a otro paro contributivo ni estar en una situación incompatible.[1]
- Inscribirte como demandante de empleo y firmar el acuerdo de actividad.[1]
- Si has trabajado después de agotar el paro, el último trabajo tiene que haber terminado de forma involuntaria (situación legal de desempleo).[1]
Lo que tendrás que cumplir después
- Mantener la inscripción como demandante de empleo y cumplir el acuerdo de actividad: buscar empleo, ir cuando te citen y aceptar una colocación adecuada.[3]
- Pedir la baja en cuanto dejes de cumplir los requisitos o haya una causa de suspensión o incompatibilidad. No hacerlo es infracción grave.[3]
- Comunicar tu domicilio para notificaciones y cualquier cambio en el momento en que se produzca.[3]
- Devolver lo que hayas cobrado de más.[3]
- Pedir la prórroga cada 3 meses, en los 15 días hábiles siguientes al fin del trimestre, con la declaración de rentas del mes anterior.[4]
Somos una gestoría privada, no la Administración. Puedes pedir esta ayuda gratis por tu cuenta (abajo te explicamos cómo); nosotros cobramos por gestionarla. Quien concede o deniega la ayuda es siempre Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Las cifras son las que fija la norma: no prometemos importes.
Te la tramitamos
1Nos escribesPor WhatsApp. Te decimos si podrías pedirla, qué documentos hacen falta y el precio cerrado.
2Revisamos tus papelesFirmas la autorización y una persona del equipo comprueba requisitos y documentos.
3La presentamosEn tu nombre y en plazo. Te enviamos el justificante de registro y seguimos el expediente.
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Preguntas frecuentes
Tengo 30 años, sin hijos, y he cobrado 8 meses de paro. ¿Tengo subsidio?
No por este motivo: si eres menor de 45 y no tienes responsabilidades familiares, el paro agotado tiene que haber durado al menos 360 días.[1]
¿Cuánto tiempo puedo cobrarlo si tengo hijos?
Con responsabilidades familiares, 24 meses si el paro duró 120 días o más y 30 meses si duró 180 días o más.[5]
Agoté el paro hace 4 meses y no lo pedí. ¿Lo pierdo?
Todavía puedes pedirlo: el plazo es de 6 meses desde el agotamiento. Cobrarás desde el día de la solicitud.[1]
Fuentes oficiales (consultadas el 11/10/2026). Datos con fines informativos: la norma o la convocatoria pueden cambiar.
- https://www.sepe.es/HomeSepe/prestaciones-desempleo/subsidio-desempleo/subsidio-agotamiento-prestacion-contributiva.html
- https://www.sepe.es/HomeSepe/prestaciones-desempleo/Cuantias-anuales.html
- https://www.sepe.es/HomeSepe/prestaciones-desempleo/quiero-cobrar-el-paro/obligaciones-infracciones-sanciones.html
- https://www.sepe.es/HomeSepe/prestaciones-desempleo/subsidio-desempleo/prorroga-del-subsidio.html
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11724#a277