Prestación de asistencia personal en la dependencia
Datos oficiales comprobados el 11/10/2026. Y si quieres, te la tramitamos nosotros.
Es el sistema público que reconoce si una persona necesita ayuda de otra para las actividades de la vida diaria y en qué grado (I, II o III). Con el grado reconocido se aprueba un Programa Individual de Atención (PIA) que da derecho a servicios (ayuda a domicilio, centro de día, residencia, teleasistencia…) o, si no hay servicio, a una prestación económica. La cuantía depende del grado y de la…
Lo que tienes que saber
- Sirve para contratar a un asistente personal durante unas horas fijadas en tu PIA. Se puede reconocer en cualquier grado de dependencia.[1]
- Cuantía máxima al mes: Grados III y II 747,25 €, Grado I 313,50 €. En Grado III+, hasta 9.859 €.[2]
- Hasta el 22/10/2026 la ley la vincula a facilitar el acceso a la educación, al trabajo y a una vida más autónoma; desde el 23/10/2026 la Ley 4/2026 la orienta a la vida independiente en general.[3]
- Documentos del asistente: identidad, permiso de residencia y trabajo si es extranjero, y estar dado de alta en la Seguridad Social.[4]
- Las condiciones concretas de acceso las fija cada comunidad autónoma.[2]
Te la tramitamos
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Preguntas frecuentes
¿Cuánto se cobra por cuidar a un familiar dependiente?
Como máximo 455,40 € al mes en Grado III, 315,90 € en Grado II y 180 € en Grado I. Lo que te den depende de la capacidad económica de la persona y de tu comunidad.[2]
¿Cuánto tarda la dependencia?
La ley da 6 meses para resolver la prestación, pero en la práctica suele tardar más. El Imserso publica los tiempos medios por comunidad cada mes.[5]
¿Qué es el PIA?
El Programa Individual de Atención: el documento que decide qué servicio o prestación recibes entre los que corresponden a tu grado, contando con tu opinión.[6]
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-21990#a19
- https://www.boe.es/eli/es/rd/2013/12/27/1051/con
- https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-20528
- https://imserso.es/documents/20123/2321981/solisaadceml.pdf/31bcee91-ca33-5646-439e-33b7be73208e
- https://imserso.es/autonomia-personal-dependencia/sistema-autonomia-atencion-dependencia-saad/preguntas-frecuentes/tramitacion-reconocimiento-situacion-dependencia-derecho-prestaciones-sistema
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-21990#a29