Requisitos de la beca para alumnos con necesidad específica de apoyo educativo

Datos oficiales comprobados el 11/10/2026. Y si quieres, te la tramitamos nosotros.

Estos son los requisitos que exige la norma vigente. Antes de presentar tu solicitud comprobamos contigo cada uno.

Requisitos

  • Discapacidad, trastorno grave de conducta, trastorno grave de la comunicación y del lenguaje o TEA: tienes que tener cumplidos 2 años a 31 de diciembre de 2025 (excepcionalmente menos, si los equipos certifican que necesitas escolarizarte antes).[1]
  • En esos casos tienes que estar escolarizado en un centro específico de educación especial, en una unidad de educación especial de un centro ordinario o en un centro ordinario autorizado de forma definitiva para escolarizar alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.[1]
  • Tienes que estar cursando Infantil, Primaria, ESO, Bachillerato, FP Básica, grado medio o superior, Enseñanzas Artísticas Profesionales, programas de transición a la vida adulta u otros programas formativos de FP.[1]
  • Discapacidad: necesitas certificado de discapacidad de al menos el 25 % y certificado del equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación que acredite la necesidad de apoyo.[1]
  • Trastorno grave de conducta o de la comunicación y del lenguaje: necesitas certificado de un equipo de valoración y orientación (centro base del IMSERSO o de tu comunidad) o certificado del equipo de orientación educativa o del departamento de orientación.[1]
  • El TDAH está incluido expresamente en las ayudas directas cuando el alumno necesita apoyos educativos específicos derivados de necesidades educativas especiales.[1]
  • TEA (si no entra en los casos anteriores): necesitas certificado médico de los servicios de salud públicos y certificado del equipo de orientación educativa o del departamento de orientación.[1]
  • Altas capacidades: certificado del equipo de orientación educativa o del departamento de orientación, tener 6 años cumplidos a 31 de diciembre de 2026 (según la convocatoria) y estar en Primaria, ESO, Bachillerato, grado medio o superior o Enseñanzas Artísticas Profesionales.[1]
  • Renta familiar de 2025 que no supere el umbral (curso 2026-2027): 12.534 € (1 miembro), 20.416 € (2), 26.811 € (3), 31.801 € (4), 36.089 € (5), 40.229 € (6), 44.143 € (7), 48.031 € (8) y 3.856 € más por cada miembro a partir del octavo.[1]
  • Patrimonio familiar a 31/12/2025: te la deniegan si superáis, entre otros, 47.200 € en valores catastrales de fincas urbanas (sin contar la vivienda habitual y aplicando coeficientes), 1.900 € de rendimientos de capital mobiliario más ganancias patrimoniales, o 172.000 € de ingresos por actividades económicas.[1]
  • Los subsidios (para familias numerosas y el subsidio fijo de 400 €) no dependen de la renta ni del patrimonio. Para el subsidio de familia numerosa tienes que serlo a 31 de diciembre de 2025.[1]
  • No hay requisitos académicos (no se piden notas).[2]
  • Si el domicilio familiar está en Cataluña (desde el curso 2026-2027) o estudias en un centro del País Vasco, no se pide en esta convocatoria estatal, sino en la de tu comunidad.[1]

Lo que tendrás que cumplir después

  • Tienes que destinar la ayuda a su finalidad: si el alumno se da de baja sin causa justificada antes de acabar el curso, hay que devolver todo.[1]
  • Si no asiste al 50 % o más de las horas lectivas (salvo dispensa), hay que devolver todo salvo el material escolar.[1]
  • Si no pagas los servicios para los que te dieron la ayuda, tienes que devolver esa parte. En reeducación y altas capacidades te pedirán los justificantes de pago.[1]
  • Si se ocultaron o falsearon datos, o no se cumplían los requisitos, hay que reintegrar la ayuda.[1]
Somos una gestoría privada, no la Administración. Puedes pedir esta ayuda gratis por tu cuenta (abajo te explicamos cómo); nosotros cobramos por gestionarla. Quien concede o deniega la ayuda es siempre Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes (Secretaría de Estado de Educación); tramitan las direcciones provinciales del Ministerio o los organismos de cada comunidad autónoma. Las cifras son las que fija la norma: no prometemos importes.

Más sobre ayudas para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo

Preguntas frecuentes

¿Mi hijo tiene TDAH, puede pedirla?

Sí: la convocatoria 2026-2027 incluye expresamente al alumnado con TDAH en las ayudas directas cuando necesita apoyos educativos específicos. Hay que acreditar la necesidad con el certificado que pide la convocatoria.[1]

¿Se pide en el colegio?

No. Desde el curso anterior se pide directamente y por internet en la sede del Ministerio. El centro solo completa después unos anexos sobre la matrícula y la necesidad de apoyo.[3]

¿Hace falta certificado de discapacidad?

Solo si se pide por discapacidad: al menos el 25 %, más el certificado del equipo de orientación. Para trastornos graves, TEA o altas capacidades se acredita con certificados de los equipos de orientación (y, en TEA, certificado médico público).[1]

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