Ayudas para madres solteras y familias monoparentales en Comunidad de Madrid
La convocatoria está cerrada ahora mismo. Te explicamos requisitos y cuantías, y si quieres te avisamos cuando se abra la siguiente para presentarla a tiempo. La concede: Comunidad de Madrid – Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (Dirección General del Servicio Público de Empleo) y Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras.
Datos comprobados en fuentes oficiales el 19/10/2026.
Qué es la ayudas y ventajas para familias monoparentales y madres solteras en la Comunidad de Madrid
La Comunidad de Madrid no tiene un título o carné oficial de familia monoparental ni una ayuda en dinero solo para madres o padres solos. Lo que sí hay son programas propios en los que las familias monoparentales tienen un trato mejor: 1) la ayuda por contratar a una empleada de hogar para cuidar a tus hijos (te devuelven las cuotas de Seguridad Social más un 25 %, hasta 4.000 €; si eres familia monoparental cobras el 100 % aunque trabajes a tiempo parcial y sin tramos de renta, siempre que la renta per cápita sea menor de 30.000 €); 2) las ayudas al alquiler para sectores de escasos recursos, a las que puede optar una familia monoparental con cargas (el 50 % del alquiler); y 3) el programa Mi Primera Vivienda, que permite a las familias monoparentales, sin límite de edad, una hipoteca de hasta el 100 % del valor de la casa.
Requisitos principales
- Qué cuenta como familia monoparental (programa de empleadas de hogar): una madre o un padre con uno o varios hijos a su cargo exclusivo (en solitario, por viudedad o por separación o divorcio con la custodia), sin pensión de alimentos del otro progenitor. Si la custodia es compartida, no cuenta.[1]
- Empleadas de hogar: contratar a una persona empleada de hogar, con contrato por escrito y alta en la Seguridad Social, para cuidar en casa a hijos menores de 12 años (o menores de 18 con discapacidad); vivir y estar empadronada con ellos en un municipio de la Comunidad de Madrid; y que el contrato haya durado al menos 58 días en el año subvencionado.[2]
- Empleadas de hogar: normalmente los progenitores deben trabajar a jornada completa, pero si eres familia monoparental basta con que trabajes a tiempo parcial o con jornada reducida. No puedes estar de excedencia ni de permiso por nacimiento en los meses subvencionados.[2]
- Empleadas de hogar: la renta per cápita de la familia tiene que ser menor de 30.000 €, y tienes que estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social y no tener deudas con la Comunidad de Madrid.[2]
- Ayudas al alquiler (programa de ayuda al alquiler, convocatoria 2025): pueden pedirla las unidades familiares monoparentales con cargas familiares que vivan de alquiler en la Comunidad de Madrid, con ingresos del hogar de hasta 3 veces el IPREM y un alquiler de hasta 600 € al mes (900 € en los municipios que fija la convocatoria).[3]
- Mi Primera Vivienda: las familias monoparentales pueden entrar sin límite de edad (el resto, hasta 50 años), si es la primera vivienda en propiedad, llevan 2 años residiendo en la Comunidad de Madrid, la casa cuesta como máximo 425.000 € y el banco les considera solventes.[4]
Cuánto se cobra
- Empleadas de hogar: se toma lo que pagaste a la Seguridad Social por la empleada en el año anterior (cuota de empresa más la de la trabajadora), se suma un 25 % y, en familia monoparental, se paga el 100 % de esa cantidad (las demás familias con renta per cápita de 20.000 a 29.999 € solo el 60 %). Máximo 4.000 €.[1]
- Ayudas al alquiler (convocatoria 2025): el 50 % del alquiler mensual de tu vivienda o habitación; no cuentan garaje, trastero, comunidad ni suministros.[5]
- Mi Primera Vivienda: no es dinero para ti, sino que el banco puede prestarte hasta el 100 % del valor de la vivienda (en lugar del 80 % habitual) si eres familia monoparental.[4]
Es lo que fija la norma: tu importe concreto depende de tus ingresos y de tu hogar, y lo calcula el organismo.
Documentos que necesitas
- Para acreditar que sois familia monoparental (empleadas de hogar): documentos oficiales que lo demuestren o título de familia monoparental expedido por un órgano competente con validez en la Comunidad de Madrid.[2]
- Empleadas de hogar: certificado bancario de titularidad de la cuenta, justificantes bancarios del pago de las cuotas a la Seguridad Social de cada mes, partes de alta y baja (o adenda al contrato si sigue trabajando) y formulario de miembros de la unidad familiar.[2]
- Empleadas de hogar: la Comunidad consulta tu NIF, el certificado de nacimiento de los hijos, el empadronamiento y el estar al corriente con la Seguridad Social, salvo que te opongas (entonces los aportas tú).[2]
- Ayudas al alquiler, sectores de escasos recursos: si es familia monoparental, libro de familia; además, contrato de alquiler, empadronamiento colectivo e histórico y los anexos de la convocatoria.[6]
- Mi Primera Vivienda: en el banco, DNI, empadronamiento con antigüedad, certificado negativo del Catastro y nota del Registro, contrato de arras y, si es tu caso, acreditación de familia monoparental.[7]
Plazos
- Empleadas de hogar: convocatoria 2026 del 1 de febrero al 30 de abril de 2026 (cerrada). Cada convocatoria cubre lo pagado el año anterior.[2]
- Ayudas al alquiler: la convocatoria 2025 tuvo plazo del 4 de noviembre al 15 de diciembre de 2025 (cerrada). Las anteriores también salieron en otoño en el BOCM.[3]
- Mi Primera Vivienda: no tiene plazo para el comprador; se pide al banco adherido mientras tenga fondos del programa.[4]
Dónde y cómo se presenta
- Empleadas de hogar y ayudas al alquiler: por la sede electrónica de la Comunidad de Madrid, con certificado digital o Cl@ve, desde la ficha de cada ayuda.[2]
- Información gratuita en el teléfono 012 de la Comunidad de Madrid; sobre empleadas de hogar, también en politicasempleo@madrid.org.[2]
- Mi Primera Vivienda: directamente en un banco adherido al programa; no hay que presentar nada a la Comunidad.[7]
Cuánto tarda la respuesta
Empleadas de hogar: la Consejería tiene 4 meses para resolver; si no contesta, se entiende denegada (silencio desestimatorio).[2]
Con qué es compatible
- Ayudas al alquiler, programa de jóvenes: si también cobras el Bono Alquiler Joven, entre las dos ayudas no pueden pasar del 75 % del alquiler.[5]
Si te la deniegan
- Empleadas de hogar: recurso de reposición en 1 mes desde que recibes la orden, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en 2 meses. Si no te contestan, reposición en cualquier momento o contencioso en 6 meses.[2]
Lo que tienes que cumplir si te la conceden
- Empleadas de hogar: no se pagan las cuotas de los meses en que no cumplas los requisitos (por ejemplo, si estuviste de excedencia o de permiso por nacimiento).[1]
Preguntas frecuentes
¿Existe el carné de familia monoparental en la Comunidad de Madrid?
No hemos encontrado ningún trámite de la Comunidad de Madrid para pedir un título de familia monoparental. Las ayudas que tienen en cuenta esta situación piden documentos oficiales que la demuestren (libro de familia, sentencias, etc.).[2]
Soy madre soltera y tengo una cuidadora para mi hijo, ¿me ayuda la Comunidad?
Sí, si la tienes con contrato y dada de alta: te devuelven las cuotas de Seguridad Social del año anterior más un 25 %, hasta 4.000 €. Al ser familia monoparental cobras el 100 % aunque trabajes a media jornada, si tu renta per cápita es menor de 30.000 €. La convocatoria de 2026 cerró el 30 de abril.[1]
Si tengo la custodia compartida, ¿soy familia monoparental?
Para la ayuda de empleadas de hogar, no: la custodia compartida queda fuera, igual que si cobras pensión de alimentos del otro progenitor.[1]
¿Hay ayuda al alquiler para familias monoparentales?
Sí, dentro de las ayudas al alquiler para sectores de escasos recursos: el 50 % del alquiler, con ingresos de hasta 3 veces el IPREM. La convocatoria 2025 ya cerró y la de 2026 aún no ha salido.[3]
Tengo más de 50 años y estoy sola con mis hijos, ¿puedo usar Mi Primera Vivienda?
Sí. Para familias monoparentales no hay límite de edad y el banco puede financiarte hasta el 100 % del valor de la vivienda, si cumples el resto de requisitos.[4]
- https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2023/06/08/BOCM-20230608-20.PDF
- https://sede.comunidad.madrid/ayudas-becas-subvenciones/contratacion-personas-empleadas-hogar-2
- https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/10/28/BOCM-20251028-25.PDF
- https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/08/06/BOCM-20260806-6.PDF
- https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2022/10/11/BOCM-20221011-19.PDF
- https://sede.comunidad.madrid/medias/20251017preguntasfrecuentesconv2025pjspeav22-25pdf/download
- https://www.comunidad.madrid/vivienda/mi-primera-vivienda