Ayudas por nacimiento y natalidad en Galicia

Preparamos tu solicitud, la presentamos en tu nombre y te mandamos el justificante. La concede: Xunta de Galicia – Consellería de Política Social e Igualdade (Cesta Benvida) y Consellería de Facenda (deducciones autonómicas del IRPF, que se aplican en la declaración de la Agencia Tributaria). Somos una gestoría privada: pedirla por tu cuenta es gratis.

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Datos comprobados en fuentes oficiales el 11/10/2026.

Quién la concedeXunta de Galicia – Consellería de Política Social e Igualdade (Cesta Benvida) y…
Cuándo se pideDeducciones del IRPF: vigentes en la Renta 2025 (se aplican en la declaración del año del…
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Qué es la ayudas por nacimiento y adopción en Galicia

La principal ayuda de la Xunta por tener un hijo es la Tarjeta Benvida (tiene su propia ficha: hasta 1.200 € o 2.400 € el primer año y más si la renta es baja). Además, en Galicia tienes otras ventajas por nacimiento o adopción: una deducción autonómica en la declaración de la renta durante el año del nacimiento y los dos siguientes, una deducción por acoger a menores y la Cesta Benvida, un lote de productos para el bebé que se entrega en el hospital sin pedirlo.

Somos una gestoría privada, no la Administración. Puedes pedir esta ayuda gratis por tu cuenta (abajo te explicamos cómo); nosotros cobramos por gestionarla. Quien concede o deniega la ayuda es siempre Xunta de Galicia – Consellería de Política Social e Igualdade (Cesta Benvida) y Consellería de Facenda (deducciones autonómicas del IRPF, que se aplican en la declaración de la Agencia Tributaria). Las cifras son las que fija la norma: no prometemos importes.

Requisitos principales

  • Deducción autonómica por nacimiento o adopción (IRPF): tienes que haber vivido en Galicia en el año de la declaración y que el hijo nacido o adoptado ese año conviva contigo el 31 de diciembre.[1]
  • Deducción por nacimiento o adopción, 2º y 3er año: solo si tu base imponible total menos el mínimo personal y familiar no pasa de 31.000 € y el hijo sigue conviviendo contigo a 31 de diciembre de cada año.[1]
  • Deducción por acogimiento de menores (IRPF): el acogimiento familiar tiene que estar formalizado por la Xunta de Galicia. Si en el año se adopta al menor acogido, se aplica la de nacimiento o adopción, no esta.[2]
  • Si el hijo convive con los dos progenitores, la deducción por nacimiento o adopción se reparte a medias entre las declaraciones de los dos.[1]
  • Cesta Benvida: la reciben las madres y padres al nacer el bebé; la Xunta la entrega en el hospital sin necesidad de pedirla.[3]

Cuánto se cobra

  • Deducción por nacimiento o adopción (Renta 2025), año del nacimiento: si tu base imponible menos el mínimo personal y familiar es de 22.000 € o menos, 360 € por el 1er hijo, 1.200 € por el 2º y 2.400 € por el 3º y siguientes; si es mayor, 300 € por hijo (360 € en parto múltiple).[1]
  • Deducción por nacimiento o adopción, dos años siguientes: 360 €, 1.200 € o 2.400 € (1º, 2º, 3º y siguientes) con renta de 22.000 € o menos; 300 € por hijo entre 22.000,01 y 31.000 €; nada por encima de 31.000 €.[1]
  • La deducción por nacimiento o adopción sube un 20 % si vives en un concello de menos de 5.000 habitantes y se duplica si el niño tiene una discapacidad del 33 % o más.[1]
  • Deducción por acogimiento de menores (Renta 2025): 300 € por cada menor acogido.[2]

Es lo que fija la norma: tu importe concreto depende de tus ingresos y de tu hogar, y lo calcula el organismo.

Documentos que necesitas

  • Libro de familia o certificado de nacimiento: sirve para acreditar la fecha de nacimiento y qué número de hijo es (el orden se cuenta igual que para el mínimo por descendientes).[1]
  • Para duplicar la deducción por discapacidad del niño: resolución del grado de discapacidad expedida por el órgano de servicios sociales, referida al 31 de diciembre.[1]
  • Para la deducción por acogimiento: la resolución de acogimiento familiar formalizada por la Xunta de Galicia.[2]
  • Para la Tarjeta Benvida hace falta otra documentación (libro de familia, informe médico si la pides embarazada, etc.): consúltala en su ficha y en el procedimiento BS403B.[4]

Plazos

  • Deducciones: se aplican en la declaración de la renta del año del nacimiento o adopción y en las de los dos años siguientes (por ejemplo, en la Renta 2025 pueden aplicarse por hijos nacidos en 2023, 2024 o 2025).[1]
  • Tarjeta Benvida: 2 meses desde el nacimiento o la resolución de adopción (o desde la semana 21 de embarazo).[5]

Cómo te la tramitamos

1Nos escribesPor WhatsApp. Te decimos si podrías pedirla, qué documentos hacen falta y el precio cerrado.
2Revisamos tus papelesFirmas la autorización y una persona del equipo comprueba requisitos y documentos.
3La presentamosEn tu nombre y en plazo. Te enviamos el justificante de registro y seguimos el expediente.

Si prefieres pedirla tú (gratis)

  • Deducciones: las marcas tú en tu declaración de la renta (Renta WEB de la Agencia Tributaria), en el apartado de deducciones autonómicas de Galicia.[6]
  • Cesta Benvida: no hay que pedirla; la Xunta la entrega en el hospital al nacer el bebé.[3]
  • Tarjeta Benvida: en la sede electrónica de la Xunta (BS403B) o en papel en un registro oficial.[4]

Cuánto tarda la respuesta

Las deducciones no tienen resolución propia: se revisan con tu declaración de la renta. La Tarjeta Benvida se resuelve en 4 meses (silencio negativo).[5]

Con qué es compatible

  • La Tarjeta Benvida es compatible con cualquier otra ayuda (salvo su año extra por vulnerabilidad), así que puedes tenerla además de las deducciones.[5]

Si te la deniegan

  • Si te deniegan la Tarjeta Benvida: recurso de reposición en 1 mes o contencioso ante el TSXG en 2 meses (ver su ficha). Si Hacienda te quita una deducción, la vía es la de la liquidación de la Agencia Tributaria que te notifiquen.[5]

Preguntas frecuentes

Además de la Tarjeta Benvida, ¿hay algo más por tener un hijo en Galicia?

Sí: una deducción autonómica en la renta (de 300 € a 2.400 € según renta y número de hijo) el año del nacimiento y los dos siguientes, y la Cesta Benvida en el hospital.[1]

¿La deducción se cobra solo el año que nace?

No: se puede aplicar ese año y los dos siguientes, mientras el niño viva contigo y tu renta no supere 31.000 € (base menos mínimos) en esos dos años.[1]

¿Tengo que pedir la Cesta Benvida?

No. La Xunta la entrega en el hospital; incluye la cartilla de vacunación con las pruebas metabólicas del bebé y productos básicos.[3]

Si vivimos los dos con el niño, ¿quién se aplica la deducción?

Se reparte a medias entre las declaraciones de los dos progenitores.[1]

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