Tramita el subsidio agrario de Andalucía y Extremadura por WhatsApp
Preparamos tu solicitud, la presentamos en tu nombre y te mandamos el justificante. La concede: Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Somos una gestoría privada: pedirla por tu cuenta es gratis.
Datos comprobados en fuentes oficiales el 11/10/2026.
Qué es el subsidio agrario por desempleo
Es una ayuda mensual del SEPE para trabajadores eventuales del campo, incluidos en el Sistema Especial Agrario, que viven en Andalucía o Extremadura y se quedan sin trabajo. Solo puede pedirlo quien ya lo cobró en alguno de los tres años anteriores; si no, la vía es la renta agraria.
Requisitos principales
- Ser trabajador eventual agrario por cuenta ajena del Sistema Especial Agrario y tener el domicilio (empadronamiento y residencia real) en Andalucía o Extremadura.[1]
- Haber cobrado este subsidio en alguno de los 3 años naturales anteriores a la solicitud.[2]
- Tener 35 jornadas reales cotizadas en los 12 meses anteriores al paro. Si tienes más de 35 años, o menos con cargas familiares, puedes completarlas con jornadas del PFEA (antiguo PER), siempre que tengas al menos 20 jornadas agrarias si cobraste el subsidio el año anterior, o 30 si no.[3]
- En los municipios del anexo del RD-ley 5/2026 (borrascas de 2026) bastan 5 jornadas reales para solicitudes presentadas hasta el 31/12/2026.[4]
- No tener rentas propias de más del SMI anual sin pagas extra (1.221 € al mes en 2026). Si convives con familia mayor de 16 años, la suma de rentas no puede pasar de 2, 2,75, 3,5 o 4 veces el SMI según seáis 2, 3, 4 o 5 o más (más 0,10 por hijo menor de 16, hasta 0,30). No cuenta lo ganado como eventual agrario.[5]
- Estar inscrito como demandante de empleo y firmar el acuerdo de actividad.[2]
Todos los requisitos explicados →
Cuánto se cobra
- 80 % del IPREM: 480 € al mes en 2026 (IPREM 600 €).[6]
- Cada mes cobras 30 días menos los días que hayas trabajado o estado de baja o con prestación por nacimiento.[6]
- Además, el SEPE paga tu cotización a la Seguridad Social mientras cobras.[2]
Es lo que fija la norma: tu importe concreto depende de tus ingresos y de tu hogar, y lo calcula el organismo.
Documentos que necesitas
- Modelo oficial de solicitud del subsidio agrario / renta agraria.[7]
- DNI o pasaporte, y documento bancario de tu cuenta.[6]
- Libro de familia o certificado del Registro Civil y, si procede, sentencia o convenio de separación o divorcio.[6]
- Justificantes de ingresos de los últimos 12 meses tuyos y de tu familia (salvo los del trabajo agrario eventual).[6]
- Certificado de empresa si la empresa no lo ha enviado al SEPE, y certificado de jornadas del PFEA/AEPSA si las usas.[6]
- Certificado de empadronamiento.[8]
Lista completa de documentos →
Plazos
- Tienes 15 días hábiles desde que termina el trabajo, o desde que se cumplen 12 meses del inicio del subsidio anterior.[6]
- Si lo pides fuera de plazo, cobras desde el día siguiente a la solicitud.[6]
- Cada derecho dura como máximo un año desde que nace; luego puedes pedir otro si han pasado 12 meses.[9]
Cómo te la tramitamos
Si prefieres pedirla tú (gratis)
- Por internet en la sede electrónica del SEPE, con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve. Es gratis.[10]
- En persona en tu oficina de prestaciones, pidiendo antes cita previa por internet o en el teléfono 91 926 79 70 (24 horas).[11]
- También en cualquier oficina de registro público o por correo administrativo.[6]
- Antes o a la vez que la solicitud, inscríbete como demandante de empleo.[6]
Cuánto tarda la respuesta
El SEPE resuelve en 15 días desde que presentas la solicitud y te notifica en 10 días desde la resolución.[6]
Con qué es compatible
- Incompatible con trabajar a la vez por cuenta propia o ajena, con otra prestación por desempleo y con rentas o pensiones que superen el SMI.[12]
- Los trabajos eventuales agrarios sueltos no lo cortan: el SEPE regulariza el pago al mes siguiente, descontando 1,337 días por cada jornada trabajada.[13]
- Los mayores de 52 años pueden compatibilizarlo voluntariamente con un trabajo por cuenta ajena; el subsidio no se extingue al año mientras dure ese trabajo.[13]
- Las jornadas usadas para este subsidio no sirven para otra prestación por desempleo; si cumples para varias, tienes que elegir.[14]
Si te la deniegan
- Si no estás de acuerdo, presenta por escrito una reclamación previa al SEPE en 30 días desde que te notifican la resolución (o desde que se entiende denegada por silencio).[15]
- El SEPE tiene 45 días para contestar la reclamación; si no contesta, se entiende rechazada.[15]
- Después tienes 30 días para presentar demanda ante el Juzgado de lo Social.[16]
Lo que tienes que cumplir si te la conceden
- Comunicar a la oficina de empleo cualquier cambio en tus rentas o las de tu familia; si superas el límite, el subsidio se extingue.[5]
- Si haces trabajos eventuales agrarios y no aparecen descontados en la nómina del mes siguiente, acude a la oficina a comunicarlos.[13]
- Mantener la inscripción como demandante y cumplir el acuerdo de actividad.[6]
- El subsidio se extingue si te mudas fuera de Andalucía o Extremadura.[9]
Guías sobre subsidio agrario por desempleo
Preguntas frecuentes
Es la primera vez que me quedo en paro del campo. ¿Pido el subsidio agrario?
No. El subsidio agrario solo es para quien lo cobró en alguno de los 3 años anteriores. Si no, tienes que pedir la renta agraria.[2]
¿Cuántas peonadas necesito en 2026?
Con carácter general, 35 en los 12 meses anteriores. En los municipios afectados por las borrascas (anexo del RD-ley 5/2026) bastan 5 hasta el 31/12/2026. La rebaja a 10 jornadas terminó el 30/06/2025.[4]
¿Cuánto se cobra en 2026?
480 € al mes (80 % del IPREM), menos los días que trabajes ese mes.[6]
¿Cuentan los ingresos de mi familia?
Sí. Si convives con familiares mayores de 16 años, la suma de rentas no puede superar un límite de 2 a 4 veces el SMI según el número de miembros. No cuenta lo ganado como eventual agrario.[5]
¿Puedo echar peonadas mientras lo cobro?
Sí. Esos días se descuentan del subsidio del mes siguiente.[13]
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1997-582#a2
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11724#a288
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1997-582#dtprimera
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2026-3810#a3-6
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1997-582#a3
- https://www.sepe.es/HomeSepe/es/prestaciones-desempleo/subsidio-desempleo/subsidio-agrario.html
- https://www.sepe.es/dam/jcr:7d3cf3ba-42ea-475a-afa1-1027fd629a0a/impreso_solicitud_seass_ra.pdf
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1997-582#a12
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1997-582#a9
- https://sede.sepe.gob.es/portalSede
- https://sede.sepe.gob.es/portalSede/procedimientos-y-servicios/personas/proteccion-por-desempleo/cita-previa.html
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1997-582#a11
- https://sepe.es/HomeSepe/Personas/distributiva-prestaciones/FAQS/requisitos-acceso-prestaciones/prestacion-ingreso-prision
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11724#a287
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-15936#a71
- https://www.sepe.es/HomeSepe/en/preguntas-frecuentes/detalle-pregunta?detail=%2Fpreguntas%2Fprestaciones-por-desempleo%2Fsolicitud-de-prestaciones%2Fsi-no-estoy-de-acuerdo-con-la-prestacion-aprobada-o-con-la-denegacion-que-plazo-tengo-para-reclamacion-previa-que-plazo-tiene-el-sepe-para-contestar-si-no-contesta-que-plazo-tengo-para-demandar-ante-el-juzgado-de-lo-social