Ayudas para familias numerosas en Canarias

Preparamos tu solicitud, la presentamos en tu nombre y te mandamos el justificante. La concede: Gobierno de Canarias – Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias (Dirección General de Protección a la Infancia y las Familias).

Tramitar por WhatsAppPrecio cerrado · 59 €

Datos comprobados en fuentes oficiales el 19/10/2026.

Quién la concedeGobierno de Canarias – Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y…
Cuándo se pideabierta todo el año (título); deducción en la declaración de la renta de cada año
Nuestro precio59 € · cerrado

Qué es el familias numerosas en Canarias: título, deducción en la renta y ventajas del Gobierno de Canarias

En Canarias el título de familia numerosa lo expide el Gobierno de Canarias y vale en toda España. No es un pago mensual: es un documento que te da derecho a ventajas. Las propias de Canarias son una deducción en la renta (597 € o 796 € según la categoría, más si hay discapacidad), un impuesto reducido al comprar la vivienda habitual, puntos para las viviendas protegidas, descuentos en las universidades públicas canarias y conservatorios, y puntos para el comedor escolar. Además tienes las ventajas estatales (bono social eléctrico, deducción estatal del IRPF, descuentos en transporte, tasas).

Requisitos principales

  • Título: uno o dos progenitores con 3 o más hijos, o con 2 hijos si uno tiene discapacidad o incapacidad para trabajar; también 2 hijos si un progenitor tiene discapacidad del 65 % o más o ambos del 33 % o más, o un progenitor viudo con 2 hijos, entre otros casos. Con 5 o más hijos es categoría especial.[1]
  • Los hijos tienen que ser solteros y menores de 21 años (hasta 25 si estudian; sin límite si tienen discapacidad o no pueden trabajar), convivir con la familia y no tener ingresos propios por encima del IPREM anual.[2]
  • Todos los miembros tienen que ser españoles, de la UE o del EEE, o residir legalmente en España.[2]
  • En separación o divorcio puede pedir el título quien tenga la custodia o quien pague alimentos por sentencia judicial; si no hay acuerdo, se aplica el criterio de convivencia.[3]
  • Deducción autonómica en la renta: tener el título de familia numerosa (de Canarias o de otra comunidad) a 31 de diciembre y que los demás miembros convivan contigo. No tiene límite de ingresos.[4]

Cuánto se cobra

  • Deducción autonómica por familia numerosa (Renta 2025): 597 € en categoría general y 796 € en categoría especial.[4]
  • Si tu cónyuge o un hijo tiene una discapacidad del 65 % o más: 1.326 € (general) o 1.459 € (especial). Si la familia vive con más de un contribuyente, la deducción se reparte a partes iguales.[4]
  • Compra de vivienda habitual: tipo reducido del 1 % en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (el general es del 6,5 %) y del 0,40 % en actos jurídicos documentados (escritura o hipoteca), con los requisitos de la ley canaria de tributos cedidos.[5]
  • Vivienda protegida de promoción pública: en el baremo, la familia numerosa suma 3 puntos (general) o 5 puntos (especial).[6]

Es lo que fija la norma: tu importe concreto depende de tus ingresos y de tu hogar, y lo calcula el organismo.

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Documentos que necesitas

  • Solicitud firmada por los progenitores, tutores o acogedores.[2]
  • Certificado o volante de empadronamiento en vigor de toda la familia (si no autorizas que lo consulten).[2]
  • DNI de los progenitores y de los hijos mayores de 14 años (o NIE/pasaporte y certificado de registro si sois de la UE).[2]
  • Libro de familia, o certificados de nacimiento de los hijos y de matrimonio.[2]
  • Según el caso: sentencia de divorcio o convenio regulador, matrícula de estudios de los hijos de 21 a 25 años, certificado de discapacidad o resolución de incapacidad permanente.[2]

Plazos

  • El título se puede pedir todo el año.[2]
  • La renovación se puede pedir hasta 3 meses antes de que caduque y siempre antes de la fecha de caducidad; si caduca sin renovar, deja de tener efectos.[2]
  • La deducción se pide en la declaración de la renta del año en que tengas el título a 31 de diciembre.[4]

Cómo te la tramitamos

1Nos escribesPor WhatsApp. Te decimos si podrías pedirla, qué documentos hacen falta y el precio cerrado.
2Revisamos tus papelesFirmas la autorización y revisamos tus requisitos y tu documentación.
3La presentamosEn tu nombre y en plazo. Te enviamos el justificante de registro y seguimos el expediente.

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Dónde y cómo se presenta

  • Por la sede electrónica del Gobierno de Canarias: trámite 2058 (título nuevo) o 2061 (renovación o modificación), con certificado digital o DNI electrónico. No hay tasas.[2]
  • En papel en cualquier registro del Gobierno de Canarias, en los ayuntamientos adheridos a la Ventanilla Única, en registros del Estado o de los cabildos, o por correo certificado.[2]
  • Algunos ayuntamientos y cabildos con convenio (entre ellos Las Palmas de Gran Canaria, Arrecife, Los Realejos, Puerto de la Cruz y los cabildos de Fuerteventura, La Palma y Lanzarote) tramitan el título y te entregan el carné.[7]
  • Duplicado del carné individual (trámite 4072) o del colectivo (trámite 4071) por la sede, con respuesta inmediata. Información en el 012 (922 470 012 / 928 301 012).[1]

Cuánto tarda la respuesta

La Dirección General de Protección a la Infancia y las Familias tiene 3 meses desde que tu solicitud entra en su registro; si no contesta, el silencio es estimatorio (a tu favor).[2]

Con qué es compatible

  • La deducción autonómica por familia numerosa es compatible con la deducción autonómica por nacimiento o adopción de hijos.[4]
  • Es independiente de la deducción estatal por familia numerosa del IRPF, que puedes cobrar por adelantado.[8]
  • Comedor escolar: ser familia numerosa suma 1 punto para conseguir plaza si hay más solicitudes que plazas.[9]

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Si te la deniegan

  • Contra la resolución del título puedes presentar recurso de alzada (plazo general de 1 mes desde la notificación, art. 122 de la Ley 39/2015).[2]

Lo que tienes que cumplir si te la conceden

  • Pedir la renovación o modificación del título cuando cambie la familia (altas o bajas de miembros, cambio de nacionalidad o de categoría, revisión de discapacidad).[2]
  • Si tienes categoría especial por ingresos, presentar la última declaración de la renta o equivalente en el primer trimestre de cada año.[3]

Preguntas frecuentes

¿Cuánto me desgrava en Canarias ser familia numerosa?

En la renta 2025, 597 € (general) o 796 € (especial); 1.326 € o 1.459 € si el cónyuge o un hijo tiene discapacidad del 65 % o más. No tiene límite de ingresos.[4]

¿Cuánto tardan en darme el título?

Como máximo 3 meses; si no contestan en ese plazo, se entiende concedido. Vale desde la fecha en que lo pediste.[2]

Mi hijo mayor cumple 21, ¿perdemos el título?

No si estudia y es soltero: sigue contando hasta los 25 años. Tienes que renovar el título justificando los estudios antes de que caduque.[3]

¿Pago menos impuestos al comprar una casa?

Sí: si va a ser vuestra vivienda habitual, el ITP baja al 1 % (en vez del 6,5 %) y AJD al 0,40 %, cumpliendo los requisitos de la ley canaria.[5]

¿Dónde lo pido si no tengo certificado digital?

En papel en un registro del Gobierno de Canarias, en tu ayuntamiento si está adherido a la Ventanilla Única, en el cabildo o por correo certificado.[2]

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