Bono Alquiler Joven en Andalucía

La convocatoria está cerrada ahora mismo. Te explicamos requisitos y cuantías, y si quieres te avisamos cuando se abra la siguiente para presentarla a tiempo. La concede: Junta de Andalucía – Consejería de Vivienda, Juventud y Ordenación del Territorio (la convocatoria la firmó la entonces Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda); resuelven las Delegaciones Territoriales de cada provincia.

Datos comprobados en fuentes oficiales el 11/10/2026.

Quién la concedeJunta de Andalucía – Consejería de Vivienda, Juventud y Ordenación del Territorio (la…
Cuándo se pideConvocatoria 2025 (Orden de 2/01/2025). Plazo abierto el 14/01/2025 y cerrado al día…

Qué es el Bono Alquiler Joven en Andalucía

Es una ayuda de hasta 250 € al mes, durante un máximo de 24 meses, para jóvenes de 18 a 35 años con pocos ingresos que viven de alquiler en Andalucía (vivienda o habitación). El dinero viene del Estado, pero la Junta de Andalucía hace su propia convocatoria, con sus plazos, sus límites de alquiler y su forma de pedirla, solo por internet.

Somos una gestoría privada, no la Administración. Puedes pedir esta ayuda gratis por tu cuenta (abajo te explicamos cómo); nosotros cobramos por gestionarla. Quien concede o deniega la ayuda es siempre Junta de Andalucía – Consejería de Vivienda, Juventud y Ordenación del Territorio (la convocatoria la firmó la entonces Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda); resuelven las Delegaciones Territoriales de cada provincia. Las cifras son las que fija la norma: no prometemos importes.

Requisitos principales

  • Bono Alquiler Joven de Andalucía: tienes que ser mayor de edad y tener como máximo 35 años (incluidos) el día que presentas la solicitud. Si ese día ya has cumplido 36, te la deniegan.[1]
  • Bono Alquiler Joven de Andalucía: tienes que ser titular de un contrato de alquiler o cesión de vivienda o de habitación (o tener un compromiso de contrato que firmarás en 2 meses desde la concesión), y estar empadronado en esa vivienda desde el primer mes de la ayuda.[2]
  • Bono Alquiler Joven de Andalucía: tienes que tener una fuente regular de ingresos (trabajo, prestación periódica, investigador en formación) con ingresos en al menos 3 de los 6 meses anteriores, o una duración prevista de al menos 6 meses.[2]
  • Bono Alquiler Joven de Andalucía: tus ingresos anuales no pueden superar 3 veces el IPREM (25.200 € en el ejemplo oficial con IPREM de 2024), o 4 veces el IPREM (33.600 €) sumando los de la familia o unidad de convivencia que vive contigo.[3]
  • Bono Alquiler Joven de Andalucía: el alquiler de la vivienda no puede pasar de 900 € al mes en los municipios de los Grupos 1, 2 y 3 del Plan Vive (Anexo V del Decreto 91/2020) ni de 600 € en el resto. Si alquilas una habitación o una parte de la vivienda, tu parte no puede pasar de 380 € o 300 € al mes, respectivamente.[2]
  • Bono Alquiler Joven de Andalucía: ni tú ni quien vive contigo podéis ser propietarios o usufructuarios de una vivienda en España (salvo parte heredada, separación o divorcio, o vivienda inaccesible por discapacidad), ni tener parentesco de primer o segundo grado con el casero.[2]

Cuánto se cobra

  • Bono Alquiler Joven de Andalucía: 250 € al mes durante un máximo de 24 meses completos y seguidos, sin pasar nunca de lo que pagas tú de alquiler.[4]
  • Bono Alquiler Joven de Andalucía: solo cuenta el alquiler de la vivienda o habitación; no se paga garaje, trastero ni comunidad. Si el contrato no los separa, se descuenta un 5% (trastero o comunidad), un 10% (garaje) o un 15% (garaje y trastero).[2]
  • Bono Alquiler Joven de Andalucía: la última ayuda antes de agotarse el dinero puede ser menor de 250 €. La convocatoria 2025 tenía 34,2 millones de euros (luego ampliados).[2]

Es lo que fija la norma: tu importe concreto depende de tus ingresos y de tu hogar, y lo calcula el organismo.

Documentos que necesitas

  • Bono Alquiler Joven de Andalucía: solicitud (Anexo I) y contrato de alquiler o de habitación (o compromiso de contrato). Si vives solo (contrato tipo 1) o alquilas habitación (tipo 5), en general basta con el contrato.[1]
  • Bono Alquiler Joven de Andalucía: si vives con familia o pareja (contratos tipo 2 y 3), además el Anexo I bis firmado por todos y el certificado de empadronamiento colectivo histórico.[1]
  • Bono Alquiler Joven de Andalucía: si compartes piso con otros inquilinos (contrato tipo 4) y el contrato no dice cuánto paga cada uno, el Anexo I bis firmado por todos con los porcentajes.[1]
  • Bono Alquiler Joven de Andalucía: si el contrato no está a tu nombre, el documento que te da el derecho de uso (subrogación, convenio o sentencia de divorcio); si actúas con representante, la representación; si tienes otra vivienda que no puedes usar, un documento oficial que lo pruebe. Cada archivo en PDF, máximo 5 MB en general.[2]

Plazos

  • Bono Alquiler Joven de Andalucía: la convocatoria 2025 abrió el 14/01/2025 y se cerró provisionalmente el 15/01/2025; se reabrió el 13/01/2026 a las 16:00 y se cerró el 22/06/2026 al llegar a 15.000 solicitudes.[3]
  • Bono Alquiler Joven de Andalucía: el plazo se puede volver a abrir si sobra dinero o se amplía el crédito. El cierre y la reapertura se publican en la página del procedimiento 24974.[2]
  • Bono Alquiler Joven de Andalucía: las solicitudes se atienden por orden de presentación hasta agotar el dinero. Si presentas más de una, solo vale la primera.[2]

Si prefieres pedirla tú (gratis)

  • Solo por internet, en la Ventanilla Electrónica de la Junta (VEAJA), procedimiento 24974. Necesitas certificado digital de la FNMT y el programa AutoFirma. Si la presentas en papel, te pedirán que la presentes por internet y contará esa fecha.[2]
  • La Junta publica gratis un manual de presentación y unas preguntas frecuentes; para dudas, Info.vivienda en el 955 060 998.[3]

Cuánto tarda la respuesta

La Delegación Territorial tiene 6 meses desde la entrada de la solicitud en el registro para resolver y notificar. Si no contesta, se entiende denegada (silencio negativo).[2]

Con qué es compatible

  • No se puede cobrar a la vez que otra ayuda para pagar el alquiler: si te conceden el Bono, tienes que renunciar a las otras.[4]
  • Sí es compatible con las pensiones no contributivas, con el Ingreso Mínimo Vital y con las ayudas que reciba el casero.[4]

Si te la deniegan

  • La resolución agota la vía administrativa: puedes poner recurso potestativo de reposición en 1 mes o ir directamente al recurso contencioso-administrativo.[2]
  • Si te la denegaron en 2025 por no cumplir algún requisito, podías volver a pedirla en la reapertura de 2026; se miran los requisitos a la fecha de la nueva solicitud.[1]

Lo que tienes que cumplir si te la conceden

  • Vivir en la vivienda o habitación como domicilio habitual todo el periodo y justificar el pago de cada mes (recibo o extracto bancario con casero, inquilino, importe, fecha y concepto).[4]
  • Comunicar cualquier cambio en 15 días. Si te mudas dentro de la provincia, presentar el nuevo contrato en 15 días desde que lo firmes; puedes seguir cobrando si cumples los requisitos y no hay hueco entre contratos.[4]
  • Presentar los justificantes de los pagos adelantados como tarde el día 15 del mes siguiente al último mes cobrado, y la justificación final en 3 meses desde el último mes de la ayuda. Si no, tendrás que devolverla.[4]
  • Mantener al día tu correo y móvil en el sistema de notificaciones de la Junta (Notifica): las resoluciones se publican en la página del procedimiento y te avisan por ahí.[2]

Preguntas frecuentes

¿Está abierto ahora el Bono Alquiler Joven en Andalucía?

No. La reapertura de 2026 se cerró el 22 de junio de 2026 al llegar a 15.000 solicitudes. Solo se vuelve a abrir si la Junta lo publica.[5]

¿Puedo pedirlo si alquilo solo una habitación?

Sí, si la renta de la habitación no pasa de 380 € al mes (Grupos 1-3 del Plan Vive) o de 300 € (resto de municipios).[2]

¿Puedo presentarlo en papel?

No. En Andalucía se pide solo por internet, con certificado digital FNMT y AutoFirma.[2]

¿Es compatible con el Ingreso Mínimo Vital?

Sí. Lo que no puedes es cobrar otra ayuda para el alquiler a la vez.[4]

Ya me lo concedieron 6 meses en 2025, ¿puedo pedir más?

Sí, hasta completar 24 meses: en la reapertura de 2026 podías pedir los 18 meses restantes.[1]

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