Documentos para pedir las ayudas a la compra de vivienda para jóvenes

Datos oficiales comprobados el 11/10/2026. Y si quieres, te la tramitamos nosotros.

Tramitar por WhatsAppPrecio cerrado · 48 €

Esta es la documentación que pide el organismo. Si nos encargas la solicitud, te decimos exactamente cuáles te hacen falta en tu caso.

Documentos

  • Solicitud en el modelo de la convocatoria de tu comunidad.[1]
  • Escritura pública o contrato privado de compraventa: tienes 6 meses desde que te notifican la concesión para aportarlo.[2]
  • Si quieres cobrar antes de tener escritura (vivienda en construcción): contrato privado en el que la ayuda figure como entrega a cuenta y el aval o seguro de esas cantidades que exige la Ley de Ordenación de la Edificación.[2]
  • Autopromoción: certificados de técnico competente de inicio y de final de obra.[2]
  • Datos de renta: autorizas la consulta a Hacienda o aportas el certificado de renta con código seguro de verificación.[3]
  • DNI o NIE y, si procede, documento de residencia legal.[3]

Documentos que piden casi todas las ayudas: empadronamiento, documentos de familia y certificado de la cuenta.

Somos una gestoría privada, no la Administración. Puedes pedir esta ayuda gratis por tu cuenta (abajo te explicamos cómo); nosotros cobramos por gestionarla. Quien concede o deniega la ayuda es siempre Comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla (regula y cofinancia el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana). Las cifras son las que fija la norma: no prometemos importes.

Te la tramitamos

1Nos escribesPor WhatsApp. Te decimos si podrías pedirla, qué documentos hacen falta y el precio cerrado.
2Revisamos tus papelesFirmas la autorización y una persona del equipo comprueba requisitos y documentos.
3La presentamosEn tu nombre y en plazo. Te enviamos el justificante de registro y seguimos el expediente.

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto dinero da como máximo?

La norma fija hasta 15.000 € por vivienda y nunca más del 20 % del precio.[4]

Ya compré en marzo de 2026, ¿llego a tiempo?

Sí, si compraste después del 1 de enero de 2026 y cumplías los requisitos (incluida la edad) al firmar. Tendrás que pedirla cuando tu comunidad la convoque.[2]

¿Sirve para cualquier pueblo?

Para municipios o núcleos de 10.000 habitantes o menos. Con acuerdo con el Ministerio, una comunidad puede ampliarlo a núcleos de hasta 20.000 si justifica pérdida de población.[5]

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