Tramita la Renta de Ciudadanía de La Rioja

Preparamos tu solicitud, la presentamos en tu nombre y te mandamos el justificante. La concede: Gobierno de La Rioja · Consejería competente en Servicios Sociales (Dirección General de Servicios Sociales e Igualdad, Servicio de Prestaciones Sociales). Somos una gestoría privada: pedirla por tu cuenta es gratis.

Tramitar por WhatsAppPrecio cerrado · 48 €

Datos comprobados en fuentes oficiales el 11/10/2026.

Quién la concedeGobierno de La Rioja · Consejería competente en Servicios Sociales (Dirección General de…
Cuándo se pideabierta todo el año (plazo de solicitud continuo)
Nuestro precio48 € · cerrado

Qué es la Renta de Ciudadanía de La Rioja

Es una prestación económica mensual del Gobierno de La Rioja para personas y familias que no tienen ingresos suficientes para cubrir sus necesidades básicas. Es un derecho: si cumples los requisitos, te la tienen que reconocer. Va unida a un proyecto individualizado de inserción (formación, búsqueda de empleo o apoyo social) que tienes que firmar y cumplir. Es la «última red»: se cobra después de haber pedido las demás prestaciones a las que tengas derecho, como el Ingreso Mínimo Vital.

Somos una gestoría privada, no la Administración. Puedes pedir esta ayuda gratis por tu cuenta (abajo te explicamos cómo); nosotros cobramos por gestionarla. Quien concede o deniega la ayuda es siempre Gobierno de La Rioja · Consejería competente en Servicios Sociales (Dirección General de Servicios Sociales e Igualdad, Servicio de Prestaciones Sociales). Las cifras son las que fija la norma: no prometemos importes.

Requisitos principales

  • Tienes que vivir de forma efectiva en algún municipio de La Rioja de forma ininterrumpida desde al menos un año antes de pedirla. También vale haber estado empadronado o residido en La Rioja 5 años, seguidos o no, de los 10 anteriores a la solicitud.[1]
  • Si eres extranjero, además tienes que tener residencia legal desde al menos un año antes de la solicitud.[1]
  • No se exige el año de residencia a riojanos retornados del extranjero, refugiados o beneficiarios de protección internacional, solicitantes de asilo, mujeres víctimas de violencia de género ni jóvenes que hayan estado bajo tutela o guarda del Gobierno de La Rioja (si no han pasado 5 años desde que terminó la medida).[1]
  • Tienes que tener más de 23 años. Puedes pedirla entre los 16 y los 23 si tienes cargas familiares (menores o personas con discapacidad a tu cargo), eres huérfano de padre y madre, eres víctima de violencia de género o has estado bajo tutela o guarda del Gobierno de La Rioja (hasta 5 años después).[1]
  • Tu unidad familiar o de convivencia tiene que existir desde al menos un año antes de la solicitud. No se exige en los casos de 16 a 23 años anteriores, ni si cambiaste de casa por fallecimiento, desahucio, divorcio, separación o violencia de género o intrafamiliar, ni en reagrupaciones familiares de menos de un año.[1]
  • Los ingresos mensuales de tu hogar no pueden superar el 80 % del IPREM si vives solo, más un 20 % por el 2º miembro, un 15 % por el 3º y un 10 % por cada uno más, con un tope del 125 % del IPREM. Con el IPREM de 2026 (600 €/mes) son 480 €, 600 €, 690 € y 750 €.[1]

Todos los requisitos explicados →

Cuánto se cobra

  • La cuantía básica es el 80 % del IPREM de cada año. En 2026, con un IPREM de 600 €/mes, son 480 € al mes para una persona sola.[2]
  • Por cada miembro más del hogar se suma un complemento: 20 % del IPREM por el primero (120 € en 2026), 15 % por el segundo (90 €) y 10 % por el tercero y siguientes (60 €). El máximo es el 125 % del IPREM: 750 € al mes en 2026.[3]
  • El IPREM mensual sigue en 600 € porque continúan prorrogados los Presupuestos Generales del Estado de 2023 (IPREM mensual 600 €, anual 7.200 €).[4]
  • No cobras siempre el máximo: te pagan la diferencia entre la cuantía que corresponde a tu hogar y todos los ingresos que ya tenéis. Lo mínimo que se paga es el 25 % de la cuantía que corresponde a tu hogar.[5]

Es lo que fija la norma: tu importe concreto depende de tus ingresos y de tu hogar, y lo calcula el organismo.

Cuantías y cómo se calculan →

Documentos que necesitas

  • Solicitud en el modelo oficial, con declaración responsable de quién vive en casa y de los ingresos y patrimonio de todos.[6]
  • Ficha de datos bancarios en el modelo oficial.[7]
  • Anexo de autorización para comprobar los datos de cada miembro de la unidad de convivencia, y anexo de declaración de patrimonio.[7]
  • Si no autorizas a la Administración a consultarlos, copia de: DNI/NIE de todos, volante o certificado de empadronamiento con todos los que viven en el domicilio, declaración de la renta o certificado de imputaciones de Hacienda, certificado de pensiones o prestaciones, certificado catastral y, si procede, certificado del registro de parejas de hecho.[6]
  • Justificantes de los ingresos y del patrimonio que declares: nóminas, rentas de alquiler o de bienes, pensión compensatoria o de alimentos.[6]
  • Si es tu caso, documentos que acrediten ser riojano retornado, refugiado, desahucio, víctima de violencia de género o intrafamiliar, o embarazo en riesgo social.[6]

Plazos

  • Puedes pedirla en cualquier momento del año: no hay plazo de solicitud.[7]
  • Si te falta un documento, te dan 10 días para entregarlo; si no lo haces, se da por desistida la solicitud.[6]
  • Si cambia tu situación (personas en casa, ingresos, patrimonio), tienes 15 días para comunicarlo.[8]

Cómo te la tramitamos

1Nos escribesPor WhatsApp. Te decimos si podrías pedirla, qué documentos hacen falta y el precio cerrado.
2Revisamos tus papelesFirmas la autorización y una persona del equipo comprueba requisitos y documentos.
3La presentamosEn tu nombre y en plazo. Te enviamos el justificante de registro y seguimos el expediente.

Si prefieres pedirla tú (gratis)

  • Por internet, en la Oficina electrónica del Gobierno de La Rioja (botón «Tramitar»), con DNI electrónico o certificado digital. No tiene tasa.[7]
  • En persona, entregando la solicitud en una oficina de registro del Gobierno de La Rioja o en cualquier otro registro público.[6]
  • Los servicios sociales de tu ayuntamiento (Primer Nivel de Atención) te informan, te asesoran y colaboran contigo para presentar bien la solicitud.[9]
  • Información y cita previa de la Sección de Renta de Ciudadanía: 941 29 43 80. Atención a la Ciudadanía del Gobierno de La Rioja: 900 700 333.[7]

Cuánto tarda la respuesta

La Administración tiene 2 meses desde que la solicitud entra en el registro para resolver y notificar (1 mes si eres víctima de violencia de género, con trámite prioritario). Si no contesta en ese plazo, se entiende denegada (silencio negativo).[10]

Con qué es compatible

  • Es subsidiaria: es la última red de protección y va después de cualquier otra prestación pública, contributiva o no contributiva. Por eso, antes tienes que pedir las prestaciones a las que puedas tener derecho, como el Ingreso Mínimo Vital.[11]
  • Al tramitarla, la Dirección General comprueba que has reclamado todas las prestaciones económicas a las que podrías tener derecho. Si no lo has hecho, te pedirá que las solicites en 10 días. Servicios sociales puede eximirte si hay un riesgo para tu seguridad.[6]
  • Relación con el IMV: el IMV es una prestación no contributiva de la Seguridad Social. Si lo cobras, cuenta como ingreso: la renta de ciudadanía solo paga la diferencia hasta su cuantía. La ley no la complementa cuando el titular cobra prestaciones de la Seguridad Social, salvo las excepciones previstas.[5]
  • El IMV es una prestación no contributiva de la Seguridad Social y no impide que las comunidades autónomas tengan sus propias ayudas.[12]
  • Al revés, la renta de ciudadanía no cuenta como ingreso para el IMV: la ley del IMV excluye del cómputo las rentas mínimas de inserción autonómicas (art. 20.1.f, que remite al art. 7.y de la Ley del IRPF).[13]

Si te la deniegan

  • Puedes presentar una reclamación administrativa previa ante el mismo órgano que dictó la resolución, en 30 días desde el día siguiente a la notificación. Es obligatoria para poder demandar después en el juzgado de lo social.[10]
  • Si no te contestan en 2 meses (1 mes si eres víctima de violencia de género), la solicitud se entiende denegada y puedes reclamar igualmente.[10]
  • Si te la retiran por incumplir obligaciones, no puedes volver a pedirla en 6 meses; si es por fraude o falsear ingresos, en 1 año.[14]

Qué hacer si te la deniegan →

Lo que tienes que cumplir si te la conceden

  • Firmar y cumplir el proyecto individualizado de inserción (formación, empleo o recuperación social) y colaborar con los profesionales que lo siguen.[15]
  • Comunicar en 15 días cualquier cambio personal, familiar o de patrimonio que pueda afectar a la prestación.[8]
  • No salir de La Rioja más de 30 días por año natural. Si te mudas fuera de La Rioja, se extingue.[8]
  • Estar inscrito como demandante de empleo sin interrupción y no rechazar un empleo adecuado (servicios sociales puede eximirte si no puedes trabajar).[8]

Guías sobre Renta de Ciudadanía de La Rioja

Preguntas frecuentes

¿Tengo que pedir antes el Ingreso Mínimo Vital?

Sí, si puedes tener derecho. La renta de ciudadanía es la última red y exige haber reclamado las demás prestaciones a las que tengas derecho. Si no has pedido el IMV, te pueden requerir que lo hagas en 10 días.[11]

¿Puedo cobrar el IMV y la renta de ciudadanía a la vez?

El IMV cuenta como ingreso de tu hogar, así que la renta de ciudadanía, como mucho, solo pagaría la diferencia hasta su cuantía. Además, la ley no la complementa cuando el titular cobra prestaciones de la Seguridad Social, salvo excepciones. En 2026 la cuantía máxima es de 750 €/mes.[5]

¿Cobrar la renta de ciudadanía me quita el IMV?

No. La ley del IMV no cuenta como ingreso las rentas mínimas autonómicas como esta.[13]

¿Cuánto se cobra en 2026?

Hasta 480 € al mes si vives solo, 600 € si sois dos, 690 € si sois tres y 750 € si sois cuatro o más, menos los ingresos que ya tenga tu hogar.[2]

¿Cuánto tardan en contestar?

Tienen 2 meses (1 mes si eres víctima de violencia de género). Si no contestan, se entiende denegada y puedes reclamar en 30 días.[10]

Tengo menos de 23 años, ¿puedo pedirla?

Sí, desde los 16 años, si tienes menores o personas con discapacidad a tu cargo, eres huérfano de padre y madre, eres víctima de violencia de género o estuviste tutelado por el Gobierno de La Rioja.[1]

¿Puedo trabajar y cobrarla?

Sí, por cuenta ajena, si el sueldo es menor que la cuantía básica y no superáis el límite de ingresos. Si empiezas a trabajar mientras la cobras, el primer año solo cuenta la mitad del sueldo. Ser autónomo es incompatible.[16]

¿Paga impuestos (IRPF)?

No paga IRPF: está exenta, junto con el IMV y otras ayudas sociales, hasta un máximo anual conjunto de 1,5 veces el IPREM.[17]

WhatsApp 620 001 166 · Te contesta una persona
Scroll al inicio