Cuánto se cobra con la Renta de Ciudadanía de La Rioja
Datos oficiales comprobados el 11/10/2026. Y si quieres, te la tramitamos nosotros.
Esto es lo que fija la norma. El importe concreto de cada persona depende de sus ingresos y de su hogar, y lo calcula el organismo al resolver.
Cuantías
- La cuantía básica es el 80 % del IPREM de cada año. En 2026, con un IPREM de 600 €/mes, son 480 € al mes para una persona sola.[1]
- Por cada miembro más del hogar se suma un complemento: 20 % del IPREM por el primero (120 € en 2026), 15 % por el segundo (90 €) y 10 % por el tercero y siguientes (60 €). El máximo es el 125 % del IPREM: 750 € al mes en 2026.[2]
- El IPREM mensual sigue en 600 € porque continúan prorrogados los Presupuestos Generales del Estado de 2023 (IPREM mensual 600 €, anual 7.200 €).[3]
- No cobras siempre el máximo: te pagan la diferencia entre la cuantía que corresponde a tu hogar y todos los ingresos que ya tenéis. Lo mínimo que se paga es el 25 % de la cuantía que corresponde a tu hogar.[4]
- Si encuentras un trabajo por cuenta ajena mientras la cobras, durante el primer año no se descuenta el 50 % de ese sueldo para calcular lo que cobras.[4]
- Los jóvenes que estuvieron tutelados por el Gobierno de La Rioja tienen además un complemento del 25 % de la cuantía básica (120 €/mes en 2026) durante un máximo de 12 meses desde que cumplen 18 años.[5]
Duración y pago
- Se cobra sin límite de tiempo mientras sigas cumpliendo los requisitos y las obligaciones del proyecto de inserción.[6]
- Se cobra desde el día 1 del mes siguiente a la resolución que la reconoce, y se paga por meses vencidos. Si te la conceden tarde (pasados los 2 meses), se cobra desde el día 1 del mes siguiente a esos 2 meses.[7]
- Se puede suspender hasta 6 meses si trabajas temporalmente o tus ingresos suben de forma pasajera; si la causa dura más de 6 meses, se extingue.[8]
- La prestación no se puede embargar ni ceder, salvo en los casos que marque la ley estatal.[6]
- Si el titular fallece o entra en prisión, otro miembro del hogar que cumpla los requisitos puede pedir que se mantenga mientras se resuelve el cambio de titular.[9]
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Preguntas frecuentes
¿Tengo que pedir antes el Ingreso Mínimo Vital?
Sí, si puedes tener derecho. La renta de ciudadanía es la última red y exige haber reclamado las demás prestaciones a las que tengas derecho. Si no has pedido el IMV, te pueden requerir que lo hagas en 10 días.[6]
¿Puedo cobrar el IMV y la renta de ciudadanía a la vez?
El IMV cuenta como ingreso de tu hogar, así que la renta de ciudadanía, como mucho, solo pagaría la diferencia hasta su cuantía. Además, la ley no la complementa cuando el titular cobra prestaciones de la Seguridad Social, salvo excepciones. En 2026 la cuantía máxima es de 750 €/mes.[4]
¿Cobrar la renta de ciudadanía me quita el IMV?
No. La ley del IMV no cuenta como ingreso las rentas mínimas autonómicas como esta.[10]
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2017-5627#a1-4
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2017-5627#a1-6
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2022-22128#da-90
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2017-5627#a1-5
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2017-5627#da-5
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2017-5627#a3
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2017-5627#a1-7
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2017-5627#a1-11
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2017-5627#a1-8
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-21007#a2-2