Ayudas para víctimas de violencia de género en Asturias

Preparamos tu solicitud, la presentamos en tu nombre y te mandamos el justificante. La concede: Principado de Asturias – Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo (Servicio de Violencia de Género) y Consejería de Derechos Sociales y Bienestar (Dirección General de Infancia y Familias).

Tramitar por WhatsAppPrecio cerrado · 59 €

Datos comprobados en fuentes oficiales el 19/10/2026.

Quién la concedePrincipado de Asturias – Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo…
Cuándo se pideAyuda asturiana a mujeres víctimas y a huérfanos: convocatoria 2026 (BDNS 914091…
Nuestro precio59 € · cerrado

Qué es la ayudas para víctimas de violencia de género en Asturias

En Asturias hay tres ayudas económicas para víctimas que se piden al Principado. La primera es la ayuda propia asturiana para mujeres víctimas de violencia de género o violencia vicaria y para hijas e hijos de mujeres asesinadas: 3.000 € al año para la mujer (hasta tres años) y 9.000 € al año para los huérfanos hasta los 26 años, con convocatoria anual. La segunda es la ayuda de pago único para mujeres víctimas sin recursos y con especiales dificultades para encontrar empleo (la del artículo 27 de la ley estatal, que Asturias tramita con su propio decreto y se pide todo el año). La tercera es la ayuda para víctimas de violencias sexuales sin recursos suficientes, con procedimiento asturiano desde febrero de 2026. Lo que te corresponda depende de tu caso y de lo que diga cada norma.

Requisitos principales

  • Ayuda asturiana a mujeres víctimas (línea segunda): tienes que ser mayor de edad o estar emancipada, ser víctima de violencia de género o de violencia vicaria (en supuestos de homicidio o asesinato), tener residencia legal en España y estar empadronada en Asturias.[1]
  • Ayuda asturiana a mujeres víctimas: tus ingresos mensuales no pueden pasar de 3 veces el IPREM (en doce mensualidades, con el IPREM vigente al publicarse la convocatoria), tienes que tener un informe positivo del Centro Asesor de la Mujer y no puedes convivir con el agresor.[1]
  • Ayuda asturiana a mujeres víctimas: la situación de violencia se acredita con el informe del Centro Asesor de la Mujer, con una sentencia de cualquier orden jurisdiccional (aunque no sea firme) o con una orden de protección vigente.[1]
  • Ayuda asturiana a huérfanos (línea primera): tienes que tener hasta 26 años inclusive y ser hija o hijo de una mujer asturiana o empadronada en Asturias cuando fue asesinada, tener residencia legal en España, estar empadronado en Asturias y tener ingresos mensuales de hasta 3 veces el IPREM. Las pensiones de orfandad de la Seguridad Social no cuentan como ingresos.[1]
  • Ayuda de pago único del artículo 27: tienes que ser víctima de violencia de género, no tener rentas que, al mes, pasen del 75 % del salario mínimo interprofesional (sin contar la parte de dos pagas extra) y tener especiales dificultades para encontrar empleo, que acredita el informe del Servicio Público de Empleo.[2]
  • Ayuda de pago único del artículo 27 en Asturias: además tienes que residir en el Principado de Asturias. La valoración de las dificultades de empleo la hace el SEPEPA (Servicio Público de Empleo del Principado).[3]

Cuánto se cobra

  • Ayuda asturiana a mujeres víctimas (convocatoria 2026): 3.000 € en un pago único al año, que puedes pedir durante tres años, seguidos o no. Si por la violencia sufrida tienes una discapacidad del 65 % o más, la ayuda sube un 100 %.[4]
  • Ayuda asturiana a huérfanos (convocatoria 2026): 9.000 € en un pago único al año, desde el año en que la pides hasta los 26 años inclusive. Si por la violencia o el asesinato de la madre tienes una discapacidad del 65 % o más, sube un 50 % más al año.[4]
  • Ayuda de pago único del artículo 27: con carácter general equivale a 6 meses de subsidio por desempleo; 12 meses si tienes un familiar o menor acogido a cargo; 18 meses si tienes dos o más; y hasta 24 meses según la discapacidad tuya o de los familiares a cargo (33 % o 65 %).[2]
  • Ayuda a víctimas de violencias sexuales: como mínimo equivale a 6 meses de subsidio por desempleo, con más importe si tienes personas a cargo, y se puede prorrogar.[5]

Es lo que fija la norma: tu importe concreto depende de tus ingresos y de tu hogar, y lo calcula el organismo.

Pregúntanos por WhatsApp

Documentos que necesitas

  • Ayuda asturiana a mujeres víctimas: solicitud en el modelo normalizado, informe positivo del Centro Asesor de la Mujer, fichero de acreedor y certificado de convivencia o de empadronamiento colectivo (no hace falta si vives en la Red de Casas de Acogida).[1]
  • Ayuda asturiana a mujeres víctimas: si cobras un sueldo, los justificantes; y, si te opones a que la Administración los consulte, DNI/NIE, declaración de la renta del último año, certificados de prestaciones y de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.[1]
  • Ayuda asturiana a huérfanos: fichero de acreedor, en su caso la resolución judicial de tutela, informes médicos si hay discapacidad por la violencia y, si no autorizas la consulta, certificado de nacimiento o libro de familia y certificado de defunción de la madre, entre otros.[1]
  • Ayuda de pago único del artículo 27: solicitud normalizada con declaración de ingresos firmada, justificantes de ingresos, fichero de acreedores, informe del Servicio Público de Empleo sobre tus dificultades para encontrar empleo, documento que acredite la violencia (orden de protección, sentencia, informe del Ministerio Fiscal o de servicios especializados) y certificado de empadronamiento.[6]
  • Ayuda de pago único del artículo 27: si tienes familiares a cargo, el anexo «Situación económica del familiar a cargo» por cada familiar mayor de edad y los documentos que lo acrediten.[6]
  • Ayuda a víctimas de violencias sexuales: ficha de acreedor, documento que acredite que eres víctima, declaración responsable de no haber cobrado antes esta ayuda y, si tienes personas a cargo, certificado de empadronamiento colectivo de hace menos de tres meses y declaración de la unidad familiar.[7]

Plazos

  • Ayuda asturiana a mujeres víctimas y huérfanos 2026: el plazo fue de 20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOPA (30/06/2026), es decir, del 1 al 28 de julio de 2026. Ya está cerrado.[8]
  • Ayuda de pago único del artículo 27: se puede pedir todo el año.[6]
  • Ayuda a víctimas de violencias sexuales: tienes cinco años para pedirla desde el último documento que te acredita como víctima (sentencia, orden de protección, informe…); si eras menor, desde que cumples 18 años.[5]

Cómo te la tramitamos

1Nos escribesPor WhatsApp. Te decimos si podrías pedirla, qué documentos hacen falta y el precio cerrado.
2Revisamos tus papelesFirmas la autorización y revisamos tus requisitos y tu documentación.
3La presentamosEn tu nombre y en plazo. Te enviamos el justificante de registro y seguimos el expediente.

Pregúntanos por WhatsApp

Dónde y cómo se presenta

  • Ayuda asturiana a mujeres víctimas y huérfanos: busca el código AYUD0325T01 en la sede electrónica miprincipado.asturias.es; allí están el formulario y la solicitud electrónica con Cl@ve. También puedes presentarla en las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano o en las oficinas de registro de las consejerías.[8]
  • Ayuda de pago único del artículo 27: código AYUD0314T01 en la sede del Principado, por internet con Cl@ve o en el Registro Electrónico General del Estado, o en persona en las oficinas de atención al ciudadano y de registro.[6]
  • Para la ayuda asturiana necesitas el informe del Centro Asesor de la Mujer, que es un servicio público de atención a las víctimas.[1]
  • Ayuda a víctimas de violencias sexuales: modelo normalizado en la sede electrónica del Principado (ficha del programa), por internet o en persona por cualquiera de los registros de la Ley 39/2015.[7]

Cuánto tarda la respuesta

Ayuda asturiana a mujeres y huérfanos: 3 meses desde el día siguiente a presentar la solicitud; si no te contestan, se entiende denegada. Ayuda del artículo 27: 3 meses (la ficha oficial indica silencio estimatorio). Ayuda a víctimas de violencias sexuales: 3 meses desde que entra la solicitud; si no te contestan, se entiende denegada.[1]

Con qué es compatible

  • La ayuda asturiana a mujeres víctimas y a huérfanos es compatible con otras ayudas de cualquier administración o entidad y con los servicios públicos.[1]
  • La ayuda del artículo 27 es compatible con las pensiones no contributivas de invalidez y jubilación y no cuenta como ingreso para ellas.[2]
  • La ayuda a víctimas de violencias sexuales es compatible con las ayudas del Real Decreto 664/2024 y con otras ayudas del Principado de Asturias para la misma finalidad.[7]

Pregúntanos por WhatsApp

Si te la deniegan

  • Ayuda asturiana a mujeres y huérfanos: la resolución pone fin a la vía administrativa; puedes presentar recurso potestativo de reposición ante la Consejería o ir directamente al contencioso-administrativo.[1]
  • Ayuda a víctimas de violencias sexuales: recurso potestativo de reposición ante la Consejería que la dictó o recurso contencioso-administrativo.[7]
  • Ayuda del artículo 27: cabe recurso potestativo de reposición.[6]

Lo que tienes que cumplir si te la conceden

  • Ayuda asturiana: tienes que comunicar en un máximo de 15 días cualquier cambio en los datos que se tuvieron en cuenta para concederla. La ayuda nunca la puede administrar el agresor.[1]
  • Ayuda asturiana: te la pueden retirar o pedir que la devuelvas si vuelves a convivir con el agresor o pides que se dejen sin efecto las medidas de protección.[1]
  • Ayuda del artículo 27: tendrás que devolverla entera si la cobraste sin cumplir los requisitos o falseando u ocultando datos.[2]

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir ahora la ayuda de 3.000 € del Principado?

No. La convocatoria de 2026 tuvo plazo del 1 al 28 de julio de 2026 y está cerrada. Tendrás que esperar a la de 2027.[8]

¿Necesito una denuncia o una orden de protección para la ayuda asturiana?

No necesariamente: la situación de violencia se puede acreditar con el informe del Centro Asesor de la Mujer, una sentencia o una orden de protección vigente. El informe positivo del Centro Asesor es obligatorio en todo caso.[1]

¿Cuántas veces puedo cobrar la ayuda asturiana de 3.000 €?

Puedes pedirla durante tres años, seguidos o no, acreditando cada vez que cumples los requisitos.[4]

¿Hay plazo para pedir la ayuda de pago único del artículo 27?

No: en Asturias se puede pedir todo el año, con el código AYUD0314T01.[6]

¿La ayuda asturiana es compatible con otras ayudas?

Sí. Las bases dicen que es compatible con otras ayudas de cualquier administración o entidad.[1]

WhatsApp 24h – 620 001 166
Scroll al inicio