Ayudas al alquiler en Baleares

La convocatoria está cerrada ahora mismo. Te explicamos requisitos y cuantías, y si quieres te avisamos cuando se abra la siguiente para presentarla a tiempo. La concede: Govern de les Illes Balears – Consejería de Vivienda, Territorio y Movilidad (Dirección General de Vivienda y Arquitectura); Lloguer Segur: IBAVI.

Datos comprobados en fuentes oficiales el 19/10/2026.

Quién la concedeGovern de les Illes Balears – Consejería de Vivienda, Territorio y Movilidad (Dirección…
Cuándo se pideAyudas al alquiler 2025: plazo de solicitudes cerrado (14/11/2025 a 15/12/2025); recibos…

Qué es la ayudas al alquiler de vivienda en Baleares

El Govern balear convoca cada año sus «ayudas al alquiler de viviendas» para personas con pocos ingresos: pagan el 50 % del alquiler, hasta 3.000 € al año, si la renta no pasa de 900 € al mes. La última convocatoria es la de 2025 (cubre los alquileres de enero a diciembre de 2025), con dinero del Plan Estatal y 2,2 millones de fondos propios del Govern; las solicitudes se cerraron el 15/12/2025 y en 2026 se están resolviendo por bloques. Además, el programa Lloguer Segur del Govern ofrece viviendas vacías de particulares con un alquiler un 30 % más barato que el precio tasado.

Requisitos principales

  • Ayudas al alquiler 2025: ser mayor de edad y titular de un contrato de alquiler de vivienda (Ley de Arrendamientos Urbanos) o de cesión de uso en las Illes Balears, que sea tu residencia habitual y permanente y en la que estés empadronado.[1]
  • Ayudas al alquiler 2025: la renta tiene que ser de 900 € al mes o menos (sin contar garaje o trastero), y estar al corriente del pago del alquiler al pedir la ayuda.[1]
  • Ayudas al alquiler 2025: los ingresos de 2024 de todos los que viven en la casa, sumados, no pueden pasar de 3 veces el IPREM de 14 pagas; 4 veces si sois familia numerosa general, hay personas con discapacidad o víctimas de terrorismo; 5 veces si es familia numerosa especial, discapacidad del 33 % o más o víctimas de violencia de género.[1]
  • Ayudas al alquiler 2025: nadie de la casa puede ser propietario o usufructuario de una vivienda en España (con excepciones como separación, divorcio o violencia de género), ni familiar hasta segundo grado ni socio del casero.[1]
  • Ayudas al alquiler 2025: todos los que viven en la casa tienen que tener nacionalidad española, de la UE, del EEE o Suiza, o autorización de estancia o residencia en España.[1]
  • Lloguer Segur: tener 5 años o más de residencia en las Illes Balears, ingresos de hasta 6,5 veces el IPREM ponderado (60.667 € para un inquilino y 68.250 € para dos), no tener vivienda en la isla donde quieres alquilar, no ser familiar hasta tercer grado del propietario y contar con un avalista.[2]

Cuánto se cobra

  • Ayudas al alquiler 2025: el 50 % de la renta mensual de tu vivienda, con un máximo de 3.000 € al año por vivienda. Se calcula con el recibo de enero de 2025 (o el primero del contrato) y no sube aunque suba el alquiler.[1]
  • Si en el contrato hay varios inquilinos y no se dice cuánto paga cada uno, se entiende que pagan a partes iguales; podéis pedir que toda la ayuda la cobre uno.[1]
  • Presupuesto de la convocatoria 2025: 7.123.200 € de fondos estatales y 2.200.000 € de fondos propios del Govern; se concede por orden de presentación de solicitudes completas hasta agotar el dinero.[1]
  • Lloguer Segur: pagas un 30 % menos que el precio tasado. El precio tasado máximo es de 1.500 € en Mallorca y Menorca y 2.100 € en Ibiza y Formentera, así que pagarías menos de 1.050 € o de 1.470 € al mes.[2]

Es lo que fija la norma: tu importe concreto depende de tus ingresos y de tu hogar, y lo calcula el organismo.

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Documentos que necesitas

  • Ayudas al alquiler 2025: solicitud y anexos 1 (autorización de los convivientes) y 2 (declaración responsable), y los anexos 3 y 4 si hacen falta.[3]
  • Contrato de alquiler completo, en vigor y firmado, con la forma de pago al casero; si la renta incluye garaje, anexos o impuestos, hay que desglosarla (anexo 4).[1]
  • Certificado del Registro de la Propiedad de que los inquilinos no tienen vivienda en España, y volante colectivo de empadronamiento con la fecha de alta de todos los que viven en la casa.[1]
  • Justificantes bancarios del pago de los alquileres vencidos hasta la solicitud.[4]
  • Si te corresponde: título de familia numerosa, reconocimiento de discapacidad, acreditación de víctima de terrorismo o de violencia de género y documento de residencia legal.[4]

Plazos

  • Ayudas al alquiler 2025: las solicitudes se presentaron del 14/11/2025 al 15/12/2025; los recibos de noviembre y diciembre, del 2/01/2026 al 31/01/2026.[4]
  • Ayudas al alquiler 2025: plazo de subsanación de deficiencias del 16/10/2026 al 29/10/2026 a las 23:59 h, para quienes tienen la solicitud incompleta.[4]
  • Si cambias de casa dentro de Baleares, tienes 15 días desde que firmas el nuevo contrato para comunicarlo (anexo 3); no pierdes la ayuda si el nuevo alquiler cumple los requisitos y no hay interrupción entre contratos.[1]

Dónde y cómo se presenta

  • Ayudas al alquiler: por internet en la web de la Dirección General de Vivienda y Arquitectura o en la sede del Govern, o en papel en cualquier oficina de registro (art. 16.4 de la Ley 39/2015). Es gratis.[1]
  • Si te cuesta hacerlo por internet, pide cita previa en las oficinas de la Dirección General de Vivienda y Arquitectura (o del IBAVI en Menorca, Ibiza y Formentera) y te ayudan a presentarla. Teléfono de la Dirección General: 971 177 300.[4]
  • Lloguer Segur: si te interesa como inquilino, dirígete a los colegios profesionales que gestionan el programa (agentes inmobiliarios y administradores de fincas). Teléfono gratuito del IBAVI: 900 700 003.[2]

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Cuánto tarda la respuesta

Ayudas al alquiler 2025: el Govern tiene 6 meses desde el fin del plazo de solicitudes para resolver; si no publica la resolución, se entiende denegada (silencio negativo). Las resoluciones se publican en el BOIB y en la web de la Dirección General.[1]

Con qué es compatible

  • La ayuda al alquiler es incompatible con otras ayudas para pagar el alquiler del Plan Estatal 2022-2025, del Govern, de los ayuntamientos u otras administraciones.[1]
  • Sí es compatible con ayudas para el alquiler a víctimas de violencia de género o de violencia sexual, personas desahuciadas, sin hogar u otras especialmente vulnerables, y con cobrar una pensión no contributiva o el Ingreso Mínimo Vital.[1]
  • Tienes que declarar que no cobras la renta básica de emancipación ni reducciones del alquiler del programa de renta adecuada del IBAVI ni otras ayudas al alquiler.[1]

Si te la deniegan

  • La resolución agota la vía administrativa: puedes presentar recurso potestativo de reposición ante el consejero de Vivienda en 1 mes desde su publicación, o recurso contencioso-administrativo ante el TSJ de las Illes Balears en 2 meses.[1]

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Lo que tienes que cumplir si te la conceden

  • Destinar la ayuda a pagar el alquiler de tu vivienda habitual y seguir viviendo en ella durante el periodo de la ayuda.[1]
  • Comunicar en 15 días cualquier cambio en los requisitos; si no lo haces y deja de corresponderte, te reclamarán lo cobrado.[1]
  • Estar al corriente con Hacienda estatal y autonómica y con la Seguridad Social, y aceptar las comprobaciones del Govern.[1]
  • Lloguer Segur: ocupar la vivienda en 1 mes, empadronarte, pagar puntualmente, los suministros y pequeñas reparaciones, permitir las visitas del IBAVI y no subarrendar.[2]

Preguntas frecuentes

¿Cuánto pagan las ayudas al alquiler de Baleares?

El 50 % del alquiler, con un máximo de 3.000 € al año, si la renta no pasa de 900 € al mes (convocatoria 2025).[1]

¿Está abierta la ayuda al alquiler en Baleares?

A 19/10/2026 no hay convocatoria 2026. La de 2025 cerró el 15/12/2025; solo está abierto, del 16 al 29/10/2026, el plazo para corregir solicitudes incompletas.[4]

¿Vale un alquiler de temporada o un piso turístico?

No: tiene que ser un contrato de vivienda habitual y permanente; quedan fuera los arrendamientos para usos distintos de vivienda (art. 3 de la LAU) y los de la normativa turística.[1]

¿Es compatible con el Bono Alquiler Joven?

No: es incompatible con otras ayudas para pagar el alquiler del Plan Estatal o del Govern.[1]

¿Puedo pagar el alquiler en efectivo?

No para esta ayuda: solo valen pagos por banco (transferencia, domiciliación o ingreso) con todos los datos.[1]

¿Qué es Lloguer Segur?

Un programa del Govern que alquila viviendas vacías de particulares a un precio un 30 % menor que el tasado, con contrato de 7 años, para residentes de al menos 5 años.[2]

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