Tramita la ayuda al alquiler por la DANA en la Comunitat Valenciana
La convocatoria está cerrada ahora mismo. Te explicamos requisitos y cuantías, y si quieres te avisamos cuando se abra la siguiente para presentarla a tiempo. La concede: Generalitat Valenciana – Vicepresidencia Primera y Conselleria de Vivienda, Empleo, Juventud e Igualdad (tramita el Servicio Territorial de Vivienda de Valencia; resuelve la Dirección General de Planificación y Políticas de Vivienda).
Datos comprobados en fuentes oficiales el 11/10/2026.
Qué es la ayudas urgentes de alquiler para afectados por la DANA de octubre de 2024
Es una ayuda directa de la Generalitat para pagar el alquiler de otra vivienda a las personas cuya casa habitual, en uno de los municipios afectados por la DANA de octubre de 2024, quedó dañada y no se puede usar o no se puede entrar en ella. Es una nueva línea aprobada en mayo de 2026, que continúa la del Decreto 167/2024, para quienes siguen sin poder volver a casa. Paga hasta 800 € al mes durante un máximo de 12 meses.
Requisitos principales
- Tu vivienda habitual y permanente tiene que estar en uno de los municipios afectados por la DANA que lista el anexo del decreto (por ejemplo Paiporta, Catarroja, Alfafar, Torrent, Aldaia, Algemesí, Chiva o las pedanías sur de València).[1]
- La vivienda o el edificio tienen que haber sufrido daños por el temporal que impidan entrar en ella o usarla.[1]
- La vivienda que alquiles tiene que estar en la Comunitat Valenciana.[1]
- No puedes cobrarla si tú o alguien de tu unidad de convivencia tenéis otra vivienda disponible a menos de 30 km de la dañada que no haya quedado inhabitable por el temporal.[1]
- Solo se admite una solicitud por vivienda. Si fallece la persona propietaria o inquilina, pueden pedirla quienes convivían con ella.[1]
- Se puede reconocer la ayuda y pagarla aunque no estés al corriente con Hacienda o la Seguridad Social.[1]
Cuánto se cobra
- 800 € al mes, o lo que diga el contrato si es menos. Esa cantidad incluye, en su caso, el alquiler de garaje y trastero.[1]
- Máximo 12 mensualidades. Si ya cobraste la ayuda del Decreto 167/2024, cuentan desde el mes siguiente al último que te pagaron; si tenías contrato vigente, desde su inicio, pero nunca antes del 1 de julio de 2025; si firmas contrato después, desde su inicio.[1]
- La línea cuenta con 7.000.000 € en total: 6 millones en 2026 y 1 millón en 2027 (este último, si hay crédito).[1]
Es lo que fija la norma: tu importe concreto depende de tus ingresos y de tu hogar, y lo calcula el organismo.
Documentos que necesitas
- Si ya cobraste la ayuda del Decreto 167/2024: solicitud en el modelo de la sede (se rellena con tu expediente DANALQ/2024/…), justificantes de pago del alquiler, prueba actual de que tu vivienda sigue inhabitable y cualquier documento que cambie tus condiciones.[1]
- Resto de solicitantes: solicitud en el modelo de la sede, contrato de alquiler (si ya lo tenías), prueba por cualquier medio válido de que los daños del temporal afectaron a la habitabilidad de tu vivienda, y justificantes de pago del alquiler.[1]
- Si la pide un conviviente por fallecimiento del titular: documentos que acrediten el fallecimiento y la convivencia.[1]
- Si no tenías contrato al pedirla: tienes que entregar el contrato con la renta mensual en los 2 meses siguientes a la publicación de la concesión.[1]
Plazos
- Las solicitudes se podían presentar desde el día siguiente a la publicación del decreto (DOGV 14/05/2026) hasta el 30 de septiembre de 2026. El plazo ya ha terminado.[1]
- Si falta algún documento, te requieren y tienes 10 días hábiles para subsanarlo; si no, se te tiene por desistido.[1]
Si prefieres pedirla tú (gratis)
- Por internet, en el trámite «Ayudas DANA alquiler de vivienda» de la sede electrónica de la Generalitat (Guía PROP, procedimiento G110626). Los servicios territoriales de Vivienda tienen un punto de acceso a internet y funcionarios habilitados que ayudan con cita previa.[1]
- En papel: en el registro del Servicio Territorial de Vivienda de la provincia de Valencia o en cualquier registro oficial (art. 16.4 de la Ley 39/2015).[1]
Cuánto tarda la respuesta
La Generalitat tiene 3 meses desde la presentación de tu solicitud para resolver y publicar la resolución. Si no lo hace, puedes entenderla desestimada (silencio negativo). La resolución se notifica de forma individual por el medio que indicaste.[1]
Con qué es compatible
- Es compatible con otras ayudas para el mismo fin de entidades públicas o privadas y con indemnizaciones del seguro, siempre que entre todas no superen lo que pagas de alquiler. Tienes que comunicar las otras ayudas.[1]
- Las bases del Bono Alquiler Joven 2026 admiten cobrarlo a la vez que las ayudas DANA de alquiler del Decreto 167/2024 y las sucesivas, sin superar la renta del alquiler.[2]
Si te la deniegan
- Contra el decreto cabe recurso de reposición en 1 mes o contencioso-administrativo en 2 meses. Para la resolución que te deniegue la ayuda, el recurso y su plazo vendrán indicados en la propia resolución; con carácter general, el recurso de reposición se presenta en 1 mes desde la notificación (arts. 123-124 de la Ley 39/2015).[3]
- Si te la deniegan por falta de crédito y luego sobra dinero (por ejemplo, por renuncias), se puede conceder a las solicitudes completas denegadas, por orden de presentación.[1]
Lo que tienes que cumplir si te la conceden
- Justificar el pago de cada mensualidad en el enlace «Justificación ayudas DANA alquiler de vivienda»; los pagos se tramitan cada 2 meses.[1]
- Comunicar de forma fehaciente cualquier otra ayuda que recibas para el mismo fin y someterte a los controles de la Generalitat.[1]
- Si en un control no quedan acreditados los requisitos, tendrás que devolver la ayuda, total o parcialmente, con intereses de demora.[1]
Preguntas frecuentes
¿Todavía puedo pedir la ayuda al alquiler por la DANA?
No. La línea del Decreto 71/2026 admitía solicitudes hasta el 30 de septiembre de 2026. Si la pediste, la Generalitat tiene 3 meses desde tu solicitud para resolver.[1]
Ya cobré la ayuda DANA de alquiler en 2024-2025, ¿puedo cobrar esta?
Sí, si tu vivienda sigue inhabitable. Los 12 meses nuevos cuentan desde el mes siguiente al último que te pagaron con el Decreto 167/2024.[1]
¿Cuánto se cobra?
800 € al mes, o lo que pagues si es menos, con un máximo de 12 mensualidades.[1]
¿Y si tengo otra casa?
Si tú o alguien de tu casa tenéis otra vivienda disponible a menos de 30 km de la dañada y no quedó afectada por el temporal, no puedes cobrarla.[1]