Requisitos de la Renta de Ciudadanía de La Rioja

Datos oficiales comprobados el 11/10/2026. Y si quieres, te la tramitamos nosotros.

Tramitar por WhatsAppPrecio cerrado · 48 €

Estos son los requisitos que exige la norma vigente. Antes de presentar tu solicitud comprobamos contigo cada uno.

Requisitos

  • Tienes que vivir de forma efectiva en algún municipio de La Rioja de forma ininterrumpida desde al menos un año antes de pedirla. También vale haber estado empadronado o residido en La Rioja 5 años, seguidos o no, de los 10 anteriores a la solicitud.[1]
  • Si eres extranjero, además tienes que tener residencia legal desde al menos un año antes de la solicitud.[1]
  • No se exige el año de residencia a riojanos retornados del extranjero, refugiados o beneficiarios de protección internacional, solicitantes de asilo, mujeres víctimas de violencia de género ni jóvenes que hayan estado bajo tutela o guarda del Gobierno de La Rioja (si no han pasado 5 años desde que terminó la medida).[1]
  • Tienes que tener más de 23 años. Puedes pedirla entre los 16 y los 23 si tienes cargas familiares (menores o personas con discapacidad a tu cargo), eres huérfano de padre y madre, eres víctima de violencia de género o has estado bajo tutela o guarda del Gobierno de La Rioja (hasta 5 años después).[1]
  • Tu unidad familiar o de convivencia tiene que existir desde al menos un año antes de la solicitud. No se exige en los casos de 16 a 23 años anteriores, ni si cambiaste de casa por fallecimiento, desahucio, divorcio, separación o violencia de género o intrafamiliar, ni en reagrupaciones familiares de menos de un año.[1]
  • Los ingresos mensuales de tu hogar no pueden superar el 80 % del IPREM si vives solo, más un 20 % por el 2º miembro, un 15 % por el 3º y un 10 % por cada uno más, con un tope del 125 % del IPREM. Con el IPREM de 2026 (600 €/mes) son 480 €, 600 €, 690 € y 750 €.[1]
  • No puedes tener un patrimonio de más de 4 veces el límite anual de ingresos de tu hogar, ni dinero o capital mobiliario de más del 230 % del IPREM anual (16.560 € con el IPREM de 2026). Tu vivienda habitual no cuenta.[2]
  • Tienes que haber pedido (o estar pidiendo) todas las prestaciones, pensiones o derechos económicos que te puedan corresponder, incluida la pensión de alimentos. A las víctimas de violencia de género no se les exige esto al pedirla.[1]
  • No puedes haber dejado voluntariamente un trabajo adecuado ni haber donado bienes por más de 4 veces la cuantía básica anual en los 6 meses anteriores a la solicitud.[1]
  • No puedes vivir en una residencia de mayores, de personas con discapacidad o con enfermedad mental, ni estar en prisión.[1]
  • Si estás embarazada y en situación de riesgo social, cuentas por ti misma como unidad de convivencia y solo tienes que acreditar residencia legal y falta de ingresos.[3]

Lo que tendrás que cumplir después

  • Firmar y cumplir el proyecto individualizado de inserción (formación, empleo o recuperación social) y colaborar con los profesionales que lo siguen.[4]
  • Comunicar en 15 días cualquier cambio personal, familiar o de patrimonio que pueda afectar a la prestación.[5]
  • No salir de La Rioja más de 30 días por año natural. Si te mudas fuera de La Rioja, se extingue.[5]
  • Estar inscrito como demandante de empleo sin interrupción y no rechazar un empleo adecuado (servicios sociales puede eximirte si no puedes trabajar).[5]
  • Usar el dinero para las necesidades básicas del hogar, cuidar adecuadamente a los menores a tu cargo, no ejercer la mendicidad y reclamar cualquier derecho económico que te corresponda.[5]
  • Devolver lo cobrado de más. La Consejería puede revisar en cualquier momento si sigues cumpliendo los requisitos.[6]
Somos una gestoría privada, no la Administración. Puedes pedir esta ayuda gratis por tu cuenta (abajo te explicamos cómo); nosotros cobramos por gestionarla. Quien concede o deniega la ayuda es siempre Gobierno de La Rioja · Consejería competente en Servicios Sociales (Dirección General de Servicios Sociales e Igualdad, Servicio de Prestaciones Sociales). Las cifras son las que fija la norma: no prometemos importes.

Te la tramitamos

1Nos escribesPor WhatsApp. Te decimos si podrías pedirla, qué documentos hacen falta y el precio cerrado.
2Revisamos tus papelesFirmas la autorización y una persona del equipo comprueba requisitos y documentos.
3La presentamosEn tu nombre y en plazo. Te enviamos el justificante de registro y seguimos el expediente.

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Preguntas frecuentes

¿Tengo que pedir antes el Ingreso Mínimo Vital?

Sí, si puedes tener derecho. La renta de ciudadanía es la última red y exige haber reclamado las demás prestaciones a las que tengas derecho. Si no has pedido el IMV, te pueden requerir que lo hagas en 10 días.[7]

¿Puedo cobrar el IMV y la renta de ciudadanía a la vez?

El IMV cuenta como ingreso de tu hogar, así que la renta de ciudadanía, como mucho, solo pagaría la diferencia hasta su cuantía. Además, la ley no la complementa cuando el titular cobra prestaciones de la Seguridad Social, salvo excepciones. En 2026 la cuantía máxima es de 750 €/mes.[8]

¿Cobrar la renta de ciudadanía me quita el IMV?

No. La ley del IMV no cuenta como ingreso las rentas mínimas autonómicas como esta.[9]

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