Bono Alquiler Joven en Aragón

La convocatoria está cerrada ahora mismo. Te explicamos requisitos y cuantías, y si quieres te avisamos cuando se abra la siguiente para presentarla a tiempo. La concede: Gobierno de Aragón – Departamento de Vivienda, Fomento, Logística y Cohesión Territorial (convocó el antiguo Departamento de Fomento, Vivienda, Logística y Cohesión Territorial); Dirección General de Vivienda y Subdirecciones Provinciales de Vivienda de Huesca, Teruel y Zaragoza.

Datos comprobados en fuentes oficiales el 19/10/2026.

Quién la concedeGobierno de Aragón – Departamento de Vivienda, Fomento, Logística y Cohesión Territorial…
Cuándo se pideConvocatoria 2025 (Orden FOM/668/2025) cerrada: solicitudes del 8/07/2025 (9:00) al…

Qué es el Bono Alquiler Joven en Aragón

El Bono Alquiler Joven es una ayuda estatal de 250 € al mes para jóvenes de hasta 35 años que viven de alquiler, pero en Aragón la convoca, resuelve y paga el Gobierno de Aragón con su propia convocatoria. La última (Orden FOM/668/2025) da la ayuda durante 24 meses contados desde enero de 2024 (o desde el inicio del contrato) para alquileres de hasta 600 €/mes (300 € si es una habitación). Su plazo de solicitud fue del 8 de julio al 20 de agosto de 2025 y está cerrado; en julio de 2026 el Gobierno de Aragón duplicó el dinero de esa convocatoria (de 7,6 a 15,2 millones) para atender más solicitudes ya presentadas, sin abrir plazo nuevo.

Requisitos principales

  • Convocatoria 2025: tienes que ser mayor de edad y tener como máximo 35 años (incluidos) el día que lo pides. Tienes que ser español, de la UE/EEE o Suiza, o, si eres extranjero no comunitario, tener estancia o residencia regular en España.[1]
  • Convocatoria 2025: tienes que ser inquilino (o estar en condiciones de firmar) de un contrato de alquiler de vivienda según la Ley de Arrendamientos Urbanos, de cesión de uso o de alquiler de habitación en Aragón, y que sea tu residencia habitual, con empadronamiento colectivo (individual si es habitación). No valen alquileres con opción de compra ni subarriendos.[1]
  • Convocatoria 2025: el alquiler no puede pasar de 600 €/mes por vivienda (sin contar garaje o trastero) o de 300 €/mes por habitación.[1]
  • Convocatoria 2025: tienes que tener una fuente regular de ingresos (trabajo por cuenta propia o ajena, beca de investigador o prestación pública periódica) con al menos 3 meses cotizados en los 6 meses anteriores, o una duración prevista de 6 meses desde la solicitud.[1]
  • Convocatoria 2025: los ingresos de 2024 de todos los que viven en la vivienda no pueden pasar de 3 veces el IPREM en 14 pagas, que la orden fija en 25.200 €. Si alquilas una habitación, solo cuentan tus ingresos.[1]
  • Convocatoria 2025: ni tú ni quien vive contigo podéis ser propietarios o usufructuarios de una vivienda en España (salvo parte heredada o no disponible por separación, divorcio, causa ajena o accesibilidad), ni parientes hasta segundo grado del casero, ni socios de quien alquila. No hace falta estar al corriente con Hacienda ni con la Seguridad Social.[1]

Cuánto se cobra

  • Convocatoria 2025: 250 € al mes, sin pasar del alquiler mensual. Si en la misma vivienda hay varios jóvenes con el bono, entre todos no pueden cobrar más que el alquiler; si se pasa, se reduce a cada uno en proporción.[1]
  • Convocatoria 2025: se da por 24 meses desde la primera mensualidad subvencionable, que es enero de 2024 si tu contrato ya estaba en vigor entonces. A quien cobró el bono de la convocatoria de 2022 (Orden VMV/1168/2022) no se le pagan otra vez los meses ya cobrados.[1]
  • Dinero de la convocatoria: 7,6 millones de euros al inicio, ampliados en julio de 2026 hasta 15,2 millones (14,82 millones en 2026 y 0,38 millones en 2027), porque las solicitudes superaron mucho lo previsto.[2]

Es lo que fija la norma: tu importe concreto depende de tus ingresos y de tu hogar, y lo calcula el organismo.

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Documentos que necesitas

  • Convocatoria 2025: volante o certificado colectivo de empadronamiento de la vivienda (en Huesca, Teruel y Zaragoza lo consulta la Administración).[1]
  • Convocatoria 2025: copia completa del contrato de alquiler en vigor (con anexos de actualización de renta y todos los contratos si hubo varios). Si aún no lo tenías firmado, tenías que aportarlo en 2 meses desde la concesión.[1]
  • Convocatoria 2025: referencia catastral de la vivienda y justificantes del pago del alquiler desde enero de 2024 (o el inicio del contrato) hasta la solicitud, preferentemente por transferencia, domiciliación, Bizum o ingreso en la cuenta del casero.[1]
  • Convocatoria 2025: declaración responsable de incompatibilidades y autorización de consulta de datos de cada persona de 14 años o más. Si alguien no hizo la renta de 2024: declaración de ingresos, vida laboral y certificados de empresa o pagos trimestrales.[1]

Plazos

  • Convocatoria 2025: el plazo fue del 8 de julio de 2025 (9:00) al 20 de agosto de 2025 (14:00). Está cerrado.[1]
  • La ampliación del dinero aprobada en julio de 2026 no abre plazo para presentar nuevas solicitudes: sirve para atender las que se presentaron y se quedaron sin dinero.[2]
  • Si a tu solicitud le faltaba algo, tenías 10 días para completarla; como se concede por orden de llegada, tu solicitud pasa al puesto del día en que la completas.[1]

Dónde y cómo se presenta

  • Convocatoria 2025: por internet en el tramitador del Gobierno de Aragón (trámite 10783, «Solicitud Bono Alquiler Joven», en https://aplicaciones.aragon.es/saav) con certificado digital o Cl@ve con firma, adjuntando los documentos en PDF.[1]
  • Sin firma electrónica: rellenas el formulario en la misma web, lo imprimes, lo firmas y lo presentas en un registro (preferentemente del Gobierno de Aragón). Solo rellenar el formulario no cuenta como solicitud.[1]
  • Información general del Gobierno de Aragón (Servicio de información y registro): 976 714 000.[3]

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Cuánto tarda la respuesta

Convocatoria 2025: la Dirección del Servicio Provincial tiene 3 meses desde el fin del plazo de solicitudes para resolver cada solicitud. Si no te notifica, puedes entenderla denegada (silencio negativo).[1]

Con qué es compatible

  • No es compatible con otras ayudas al alquiler de la comunidad, ayuntamientos u otras administraciones. Sí lo es con las pensiones no contributivas, el Ingreso Mínimo Vital, las ayudas de emergencia de servicios sociales y las ayudas para personas especialmente vulnerables con informe social.[1]
  • Es compatible con la ayuda del Plan Estatal para jóvenes y reto demográfico (art. 55.1 del RD 42/2022), pero entre las dos no pueden pasar del 75% del alquiler.[1]

Si te la deniegan

  • Contra la resolución puedes presentar recurso de alzada ante el Consejero del departamento de vivienda en 1 mes; él tiene 3 meses para resolverlo.[1]

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Lo que tienes que cumplir si te la conceden

  • Tienes que comunicar en 10 días cualquier cambio que pueda hacerte perder la ayuda (en la tramitación, en 15 días desde el cambio). Si no lo haces, te pueden pedir que devuelvas lo cobrado.[1]
  • Si te mudas con un contrato nuevo, avisa en 15 días desde la firma. Dentro de Aragón (a otra provincia) mantienes la ayuda si cumples los requisitos, con topes de 900 €/mes de alquiler y 4 veces el IPREM; si te vas a otra comunidad, se suspende en Aragón desde el nuevo contrato.[1]

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir ya el Bono Alquiler Joven en Aragón?

A 19/10/2026 no. El último plazo fue del 8 de julio al 20 de agosto de 2025 y no se ha abierto otro; la ampliación de dinero de julio de 2026 no abre plazo nuevo.[2]

Lo pedí en 2025 y no me han contestado, ¿lo he perdido?

No necesariamente. En julio de 2026 se añadieron 7,6 millones a la convocatoria porque había muchas más solicitudes que dinero, para atender al mayor número posible. Pasados 3 meses sin respuesta, legalmente puedes entenderla denegada y recurrir.[2]

¿Cuánto se cobra y durante cuánto tiempo?

250 € al mes (nunca más que el alquiler) durante 24 meses, contados desde enero de 2024 si tu contrato ya estaba en vigor.[1]

Tengo 35 años, ¿puedo pedirlo?

Sí, si los tienes el día que presentas la solicitud: la convocatoria admite hasta 35 años incluidos.[1]

Alquilo una habitación, ¿me sirve?

Sí, si la habitación cuesta 300 € al mes o menos. Solo cuentan tus ingresos, no los de los compañeros de piso.[1]

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