Ayudas en Comunidad de Madrid: todas las que puedes pedir

Las ayudas propias de Comunidad de Madrid y las estatales que gestiona la comunidad, con sus requisitos y el organismo que las da. Te las tramitamos por WhatsApp.

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Renta Mínima de Inserción de la Comunidad de Madrid

Es una ayuda económica mensual de la Comunidad de Madrid para hogares que no tienen ingresos suficientes para cubrir lo básico (comida, vivienda, ropa, salud, educación). Se compone de una cantidad básica más un complemento según cuántas personas viven en casa, y a eso se le restan los ingresos que ya tenga el hogar. Quien la cobra firma además un programa individual de inserción con su trabajador social para mejorar su situación social o laboral.

  • En 2026 (desde el 1 de enero), la prestación mensual básica es de 469,93 €; se suman 117,48 € por el primer miembro adicional del hogar y 75,11 € por cada uno de los siguientes.[1]
  • Ejemplos que da la Comunidad sin otros ingresos: una persona sola 469,93 € al mes, dos personas 587,41 € y tres personas 662,52 €. El máximo es de 1.221 € al mes.[2]

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Ayudas al alquiler de vivienda de la Comunidad de Madrid

La Comunidad de Madrid tiene dos líneas de ayuda para pagar el alquiler. La primera es la convocatoria anual de «Ayudas al alquiler de vivienda para jóvenes y sectores de escasos recursos»: paga una parte del alquiler a jóvenes de hasta 35 años y a hogares con pocos ingresos (familias numerosas, monoparentales, personas con discapacidad, víctimas, parados sin prestación o mayores de 65). Se reparte por concurso entre quienes lo piden en plazo. La segunda son las «Ayudas urgentes al alquiler por los incendios de la Sierra Oeste» de 2026, para quien ha tenido que alquilar otra casa porque la suya quedó dañada por el fuego. El Bono Alquiler Joven es otra ayuda distinta y tiene su propia ficha.

  • Ayudas al alquiler (jóvenes y sectores de escasos recursos): el 50 % del alquiler mensual de tu vivienda o habitación. No cuentan garaje, trastero, comunidad ni suministros.[3]
  • Ayudas al alquiler, programa de jóvenes: si además cobras el Bono Alquiler Joven, esta ayuda es como máximo el 40 % de la diferencia entre tu alquiler y el Bono (250 €), y entre las dos no pueden pasar del 75 % del alquiler.[3]

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Bono Alquiler Joven en la Comunidad de Madrid

Es la ayuda del Bono Alquiler Joven tal como la gestiona la Comunidad de Madrid, con su propio acuerdo, sus plazos y su lista de municipios. Da hasta 250 € al mes, durante un máximo de 24 meses, a jóvenes de 18 a 35 años con ingresos regulares pero bajos que alquilan una vivienda o una habitación. La convocatoria actual es la de 2024: cubre meses desde enero de 2024 y se concede por orden de llegada de las solicitudes completas mientras quede dinero.

  • Hasta 250 € al mes, sin pasar de lo que pagas de alquiler, durante un máximo de 24 mensualidades.[4]
  • Los 24 meses se cuentan desde el 1 de enero de 2024 si ya tenías contrato al pedirlo, o desde la fecha del contrato si es posterior. Si te empadronaste más tarde o el contrato empezó a mitad de mes, se prorratea por días.[5]

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Ayudas a la natalidad en la Comunidad de Madrid

La principal ayuda propia de la Comunidad de Madrid por tener un hijo es la ayuda económica a la natalidad: 500 € al mes desde la semana 21 de embarazo (o desde que la pides tras el nacimiento o la adopción) hasta que el niño cumple 2 años, para personas de 30 años o menos con ingresos de hasta 30.000 € (36.200 € en conjunta) y 5 años de empadronamiento en la Comunidad. En parto o adopción múltiple se suman 500 € al mes por cada hijo adicional. La Comunidad también tiene en cuenta al bebé por nacer como miembro de la familia en otras ayudas que miran la renta por persona.

  • Ayuda económica a la natalidad: 500 € al mes por hijo, desde el mes de la solicitud hasta el mes en que el niño cumple 24 meses (en adopción, hasta 24 meses desde la inscripción en el Registro Civil).[6]
  • Ayuda económica a la natalidad: en embarazo, parto o adopción múltiple, 500 € más al mes por cada hijo adicional.[6]

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Título de familia numerosa de la Comunidad de Madrid

El título de familia numerosa es el documento oficial que reconoce que tu familia es numerosa y su categoría (general o especial). Lo expide gratis la Comunidad de Madrid si vivís aquí, vale en toda España y es la llave para descuentos y ventajas (transporte, educación, tasas, impuestos…). No es una ayuda en dinero: es un reconocimiento que hay que pedir y mantener al día.

  • El título no da dinero directamente: es gratuito (no requiere el pago de tasas) y da acceso a beneficios y bonificaciones para familias numerosas, que dependen de la categoría (general o especial).[7]
  • Para la categoría especial por ingresos, el límite es que los ingresos anuales de la familia divididos entre sus miembros no superen el 75 % del IPREM vigente, incluidas las pagas extraordinarias.[8]

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Dependencia en la Comunidad de Madrid: reconocimiento del grado y prestaciones

La dependencia es la situación de quien, por edad, enfermedad o discapacidad, necesita ayuda de otra persona para las actividades básicas del día a día. En Madrid, la Comunidad valora tu grado (I, II, III o III+) en tu domicilio y, en la misma resolución, te asigna el servicio o la prestación más adecuada: teleasistencia, ayuda a domicilio, centro de día, residencia, o una prestación económica (vinculada a un servicio, por cuidados en el entorno familiar o de asistencia personal). La ley es estatal, pero Madrid tiene su propio procedimiento y sus propias cuantías mínimas y fórmulas de cálculo.

  • Prestación vinculada al servicio (ayuda a domicilio o promoción de la autonomía), por mes: grado III de 448,35 a 747,25 €; grado II de 313,50 a 445,30 €; grado I 313,50 €; grado III+ de 3.200 a 9.859 €. Para residencia, el grado II cobra como el III (de 448,35 a 747,25 €).[9]
  • Prestación para cuidados en el entorno familiar, por mes: grado III de 341,55 a 455,40 €; grado II de 236,93 a 315,90 €; grado I 180 €. Si tu capacidad económica supera el IPREM se aplica una fórmula, pero cobras al menos el 75 % del máximo de tu grado.[9]

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Becas de comedor escolar y préstamo gratuito de libros

La Comunidad de Madrid tiene dos ayudas propias para el colegio. La beca de comedor escolar paga al centro una cantidad por alumno durante el curso (979, 445 o 295 €, o el coste completo en algunos casos) para familias con renta baja y otras situaciones; se pide una vez al año. El Programa Accede presta gratis los libros de texto y el material curricular en Primaria, ESO, FP Básica y Educación Especial en centros públicos y concertados adheridos, a cambio de devolverlos al acabar el curso.

  • Beca de comedor 2026-2027: 979 € por alumno y curso para familias con RMI (o que la perdieron por pasar al IMV) y para familias con IMV y renta por persona inferior a 3.000 €.[10]
  • Beca de comedor 2026-2027: 445 € por alumno y curso para renta por persona inferior a 8.400 € (con o sin IMV), víctimas de violencia de género o terrorismo, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o Fuerzas Armadas y acogimiento familiar.[10]

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Mi Primera Vivienda

Mi Primera Vivienda es un programa de la Comunidad de Madrid para comprar tu primera casa cuando puedes pagar la hipoteca pero no tienes ahorrada la entrada. La Comunidad deposita dinero en los bancos adheridos y, a cambio, estos pueden prestar más del 80 % habitual: hasta el 100 % del valor de la vivienda. No es una subvención: no te dan dinero, te facilitan una hipoteca mayor. Desde la orden de 2026 pueden acceder personas de hasta 50 años y, sin límite de edad, familias numerosas, monoparentales y familias con hijos menores.

  • Hasta el 100 % del valor de la vivienda si tienes 40 años o menos, o sois familia numerosa, monoparental o con hijos menores; hasta el 95 % si tienes 45 años o menos; y hasta el 90 % si tienes 50 años o menos.[11]
  • El «valor de la vivienda» es el menor entre el valor de tasación y el precio de compra. El depósito de la Comunidad cubre como máximo 20 puntos por encima del 80 % que suele financiar el banco.[11]

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Becas para el primer ciclo de Educación Infantil

Es la principal ayuda propia de la Comunidad de Madrid para pagar el cuidado y la escolarización de niños menores de 3 años: una beca mensual para familias que llevan a su hijo a una escuela infantil privada autorizada (en plaza no pagada con fondos públicos). Se convoca cada año y se reparte por puntos según ingresos, situación familiar y laboral, con un límite de renta por persona.

  • Beca 0-3, curso 2026-2027: con carácter general, 177 € al mes de septiembre de 2026 a julio de 2027 (11 meses).[12]
  • Beca 0-3, curso 2026-2027: 283 € al mes si la familia obtiene la puntuación máxima (5 puntos) por ingresos, es decir, renta por persona de hasta 1.811 € al año.[13]

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Plazas públicas para mayores autónomos en la Comunidad de Madrid: residencias, pisos tutelados y estancias temporales

Además de la dependencia, la Comunidad de Madrid tiene plazas públicas para mayores de 65 años que se valen por sí mismos: residencias para mayores autónomos (vivienda permanente y atención integral cuando no puedes seguir en tu casa), pisos tutelados (alojamiento con supervisión, teleasistencia y apoyo para quien no tiene una vivienda adecuada o está en riesgo por vivir solo) y estancias temporales en residencias de hasta 2 meses cuando tu familia no puede cuidarte durante un tiempo. Se piden en los servicios sociales municipales o en la sede electrónica.

  • Pisos tutelados: pagas directamente los suministros y consumos de tu estancia y los gastos que no cubre la Comunidad; la Comunidad paga el mantenimiento de las zonas comunes, los servicios de apoyo personal y social y las actividades comunes.[14]
  • Estancias temporales: duran como máximo 2 meses, prorrogables un mes más de forma excepcional y justificada.[15]

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Ayuda de 500 € al mes a la maternidad para menores de 30 años

Es una ayuda de la Comunidad de Madrid de 500 € al mes para madres y personas adoptantes de 30 años o menos, con ingresos de hasta 30.000 € al año (36.200 € en declaración conjunta) y al menos 5 años empadronadas en la Comunidad. Se puede pedir desde la semana 21 de embarazo, tras el nacimiento o tras una adopción, y se cobra hasta que el bebé cumple 2 años (o 24 meses desde la adopción).

  • 500 € al mes por hijo. Si la pides en el embarazo, desde el mes en que presentas la solicitud (puede ser desde la semana 21) hasta el mes en que el bebé cumple 24 meses.[6]
  • Si la pides tras el nacimiento, 500 € al mes desde el mes de la solicitud hasta el mes en que el niño cumple 24 meses: cuanto antes la pidas, más meses cobras.[16]

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Ayuda por parto o adopción múltiple en la Comunidad de Madrid

La Comunidad de Madrid no tiene una ayuda aparte por parto múltiple: dentro de su ayuda de 500 € al mes por gestación, nacimiento o adopción (para personas de 30 años o menos con ingresos de hasta 30.000 €), cada bebé o hijo adoptado adicional en un embarazo, parto o adopción múltiple suma otros 500 € al mes. Se presenta una sola solicitud para todos los hijos y se cobra hasta que cumplen 2 años (o 24 meses desde la adopción).

  • En embarazo, parto o adopción múltiple, cada feto o hijo adicional da derecho a 500 € más al mes, durante el mismo periodo que el primero. Por ejemplo, con gemelos son 1.000 € al mes.[6]
  • En embarazo y nacimiento se cobra desde el mes de la solicitud hasta el mes en que los niños cumplen 24 meses; en adopción, hasta 24 meses después de inscribirse la adopción en el Registro Civil, sea cual sea la edad de los menores.[6]

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Ayudas estatales que en Comunidad de Madrid gestiona la comunidad

Son ayudas con norma estatal, pero la solicitud se presenta y se resuelve en los servicios de la comunidad.

Ayudas estatales que también puedes pedir

Somos una gestoría privada, no la Administración. Cada ayuda la concede su organismo y puedes pedirla gratis por tu cuenta. Nosotros cobramos por gestionarla.
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