Requisitos de el Complemento de Ayuda para la Infancia
Datos oficiales comprobados el 11/10/2026. Y si quieres, te la tramitamos nosotros.
Tramitar por WhatsAppPrecio cerrado · 48 €
Estos son los requisitos que exige la norma vigente. Antes de presentar tu solicitud comprobamos contigo cada uno.
Requisitos
- En tu unidad de convivencia tiene que vivir al menos un menor de edad.[1]
- Tienes que cumplir los demás requisitos del IMV (residencia legal de al menos un año, unidad de convivencia formada al menos 6 meses antes, edad del titular…), salvo los límites de ingresos, patrimonio y activos, que para el CAPI son distintos.[2]
- Los ingresos de tu hogar del año anterior tienen que ser inferiores al 300 % de la renta garantizada del IMV. En 2026, por ejemplo: un adulto y un menor, hasta 2.861,04 € al mes; dos adultos y dos menores, hasta 4.181,52 € al mes; el máximo para hogares grandes es 4.841,76 € al mes.[2]
- El patrimonio neto de tu hogar, sin contar la vivienda habitual, tiene que ser inferior al 150 % del límite del IMV. En 2026: 55.460 € para un adulto y un menor; 71.306 € para dos adultos y un menor; hasta 102.997 € en hogares grandes. Además, los activos (sin vivienda habitual) no pueden pasar del doble del límite de patrimonio.[2]
- Residencia legal y efectiva en España durante al menos el año anterior. No se exige a los menores que entran en el hogar por nacimiento, adopción, reagrupación familiar o acogimiento.[3]
- No puedes cobrarlo a la vez que la antigua asignación por hijo a cargo sin discapacidad (o con discapacidad inferior al 33 %) por los mismos hijos.[4]
Lo que tendrás que cumplir después
- Presentar cada año la declaración de la renta (IRPF), también si solo cobras el CAPI.[5]
- Comunicar al INSS cualquier cambio en 30 días naturales, incluido el domicilio o el padrón.[6]
- Avisar antes de salir al extranjero si vas a estar fuera más de 90 días naturales al año.[6]
Somos una gestoría privada, no la Administración. Puedes pedir esta ayuda gratis por tu cuenta (abajo te explicamos cómo); nosotros cobramos por gestionarla. Quien concede o deniega la ayuda es siempre Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Las cifras son las que fija la norma: no prometemos importes.
Te la tramitamos
1Nos escribesPor WhatsApp. Te decimos si podrías pedirla, qué documentos hacen falta y el precio cerrado.
2Revisamos tus papelesFirmas la autorización y una persona del equipo comprueba requisitos y documentos.
3La presentamosEn tu nombre y en plazo. Te enviamos el justificante de registro y seguimos el expediente.
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Preguntas frecuentes
¿Puedo cobrar el CAPI si no cobro el IMV?
Sí. Sus límites de ingresos y patrimonio son más altos, así que puedes tener derecho al CAPI aunque no tengas derecho al IMV.[2]
¿Tengo que pedirlo aparte si ya cobro el IMV?
No. Si cobras el IMV o lo tienes en trámite, el CAPI se reconoce junto con la prestación.[5]
¿Cuánto cobro por un bebé en 2026?
115 € al mes por cada menor de 3 años. De 3 a 6 años son 80,50 € y de 6 a 18 años, 57,50 €.[2]
Fuentes oficiales (consultadas el 11/10/2026). Datos con fines informativos: la norma o la convocatoria pueden cambiar.
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-21007#a1-3
- https://www.inclusion.gob.es/web/inclusion/que-es-el-capi
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-21007#a1-2
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-21007#dt-6
- https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/FAQ/044f87eb-644b-41e1-a888-9c2cfafa78b8/42b9f3e8-8eea-4106-864e-2b5bdad27269
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-21007#a3-8