Tramita la Salario Social Básico de Asturias
Preparamos tu solicitud, la presentamos en tu nombre y te mandamos el justificante. La concede: Principado de Asturias – Consejería de Derechos Sociales y Bienestar (Servicio de Gestión del Salario Social Básico y Otras Prestaciones Económicas). Somos una gestoría privada: pedirla por tu cuenta es gratis.
Datos comprobados en fuentes oficiales el 11/10/2026.
Qué es el Salario Social Básico
Es la renta mínima de Asturias: una prestación mensual que completa los ingresos de tu hogar hasta una cantidad garantizada que se fija cada año. Va unida a un programa personalizado de incorporación social y laboral con los servicios sociales de tu ayuntamiento. Es subsidiaria: antes tienes que pedir las demás prestaciones a las que tengas derecho, incluido el Ingreso Mínimo Vital (IMV).
Requisitos principales
- Tienes que tener más de 25 años. Entre 18 y 25 años también puedes pedirlo si estás, por ejemplo, en orfandad absoluta, tienes una discapacidad del 45% o más, tienes menores o personas dependientes a cargo, tienes pareja estable, eres víctima de violencia de género o doméstica o sales de un centro de tutela de menores.[1]
- Tienes que haber vivido de forma efectiva e ininterrumpida en Asturias al menos los 2 años anteriores a la solicitud (hay excepciones para asturianos retornados y sus descendientes, y para víctimas de malos tratos acogidas en casas de acogida de Asturias).[1]
- Si no eres de la UE, necesitas residencia regular en Asturias (o tener reconocida la condición de refugiado o apátrida). Si eres de la UE, estar empadronado en un concejo asturiano.[1]
- Tu unidad de convivencia tiene que existir al menos desde 6 meses antes de pedirlo, y sus recursos no pueden superar los módulos fijados para 2026.[2]
- Tienes que haber pedido antes todas las pensiones y prestaciones a las que tenga derecho cualquier miembro de tu hogar, incluido el Ingreso Mínimo Vital, y las acciones por impago de pensión de alimentos. Si no lo has hecho, te darán 10 días para acreditarlo o te tendrán por desistido.[1]
- Si por edad y salud puedes trabajar, tienes que estar inscrito como demandante de empleo (no se exige a mayores de 65 años) y comprometerte a acordar un programa personalizado de incorporación social y laboral.[1]
Todos los requisitos explicados →
Cuánto se cobra
- En 2026 la cuantía garantizada (módulo básico) para una persona sola es de 514,21 € al mes. Cobras la diferencia entre esa cantidad y los ingresos de tu hogar.[1]
- Para hogares de más personas, en 2026: 2 miembros 627,32 €; 3 miembros 709,59 €; 4 miembros 791,85 €; 5 miembros 827,86 €; 6 o más 848,44 € al mes.[1]
- Hay complementos vitales que se piden expresamente: +10% si en el hogar hay menores o jóvenes de menos de 25 años estudiando o formándose; +5% si hay personas con dependencia reconocida o discapacidad del 45% o más; y un complemento para el alquiler de vivienda (trámite PSPM0003T02).[1]
Es lo que fija la norma: tu importe concreto depende de tus ingresos y de tu hogar, y lo calcula el organismo.
Documentos que necesitas
- Solicitud en modelo normalizado con sus anexos, firmados por ti y por todos los miembros de la unidad de convivencia, y las autorizaciones de consulta de datos.[1]
- Ficha de acreedor en modelo oficial, firmada y sellada por el banco, sin tachaduras.[1]
- Certificado histórico colectivo de empadronamiento (si no se puede emitir, lo pide la Administración al ayuntamiento) y, en su caso, certificado de convivencia.[1]
- Libro de familia o certificados del Registro Civil o de parejas de hecho; si no eres de la UE, tarjeta de residencia o documento de refugiado o apátrida.[1]
- Si trabajas: contrato y 3 últimas nóminas (cuenta ajena) o última declaración fiscal y último pago trimestral (autónomos).[1]
- Justificante de haber pedido (o resolución que deniega) las pensiones y prestaciones a las que podías tener derecho, como el IMV.[1]
Plazos
- Puedes pedirlo todo el año.[1]
- Si te falta acreditar que pediste el IMV u otras prestaciones, tienes 10 días desde el requerimiento para hacerlo. Si alguna está pendiente de resolver, el salario social se reconoce una vez pasen 3 meses de plazo legal de esa otra prestación.[1]
- Si dejas de cumplir los requisitos, tienes que pedir la baja en el plazo de 1 mes.[3]
Cómo te la tramitamos
Si prefieres pedirla tú (gratis)
- Por internet: en el Registro Electrónico del Principado de Asturias (trámite PSPM0003T01) identificándote con Cl@ve, o en el Registro Electrónico General del Estado.[1]
- Presencial: en el centro municipal de servicios sociales, en las oficinas de atención ciudadana y de registro del Principado o en cualquier registro oficial (art. 16.4 Ley 39/2015).[1]
- Información gratuita en el teléfono 985 27 91 00 o en el 012.[1]
Cuánto tarda la respuesta
El plazo de resolución es de 3 meses desde la entrada de tu solicitud en el registro. Si no contestan, se entiende denegada (silencio desestimatorio), aunque la Administración sigue obligada a resolver.[1]
Con qué es compatible
- Relación con el IMV: tienes que pedir antes el IMV, y si lo cobras, el IMV cuenta como ingreso de tu hogar; el salario social solo cubre la diferencia hasta la cuantía garantizada de Asturias.[1]
- Es compatible con otras pensiones o ayudas mientras no superen el límite de tu hogar; es incompatible con prestaciones de importe igual o superior a los módulos.[2]
- No cuentan como ingresos, entre otros: ayudas de emergencia social, becas, la vivienda habitual (con límite de valor) y, desde 2023, los sueldos que no superen en el año 6 veces la cuantía mensual de tu hogar.[1]
Si te la deniegan
- Puedes presentar recurso potestativo de reposición (plazo general de 1 mes desde la notificación) o demanda ante la Jurisdicción Social, según indica la ficha oficial del trámite.[1]
Lo que tienes que cumplir si te la conceden
- Pedir la baja en 1 mes si dejas de cumplir los requisitos y dar información veraz sobre cualquier cambio personal, familiar o económico.[3]
- Si empiezas a cobrar el IMV, cambia su cuantía o deja de cobrarse, tienes que comunicarlo con una declaración responsable en modelo normalizado.[1]
- Participar en el programa personalizado de incorporación social, garantizar la escolarización de los menores y devolver lo cobrado indebidamente.[3]
Guías sobre Salario Social Básico
Preguntas frecuentes
¿Tengo que pedir antes el Ingreso Mínimo Vital?
Sí. Es un requisito haber solicitado antes el IMV y el resto de prestaciones a las que tengas derecho. Si te lo conceden, el IMV cuenta como ingreso y el salario social completa hasta la cuantía de Asturias.[1]
¿Cuánto es el salario social básico en 2026?
La cuantía garantizada es de 514,21 € al mes para una persona sola y hasta 848,44 € para hogares de 6 o más, menos los ingresos que tengáis, más los complementos vitales si os corresponden.[1]
¿Cuánto tardan en resolver?
El plazo es de 3 meses. Si no contestan, se entiende denegado.[1]
¿Si trabajo puedo cobrarlo?
Sí, si tus ingresos no superan el límite. Además, desde 2023 no se cuentan los sueldos que en un año no pasen de 6 veces la cuantía mensual de tu hogar.[1]
¿Hay ayuda para pagar el alquiler?
Sí, el complemento vital para el alquiler de vivienda para titulares del salario social básico, que se pide en un trámite aparte (PSPM0003T02).[1]