Requisitos de la beca general del Ministerio de Educación
Datos oficiales comprobados el 11/10/2026. Y si quieres, te la tramitamos nosotros.
Estos son los requisitos que exige la norma vigente. Antes de presentar tu solicitud comprobamos contigo cada uno.
Requisitos
- Tienes que ser español o de un país de la Unión Europea. Si eres ciudadano de la UE (o familiar), tienes que ser residente permanente o trabajar por cuenta propia o ajena. Si eres de fuera de la UE se aplica la ley de extranjería. Estos requisitos se miran a 31 de diciembre de 2025 y no se exigen para la beca de matrícula.[1]
- No puedes tener ya (ni estar en condiciones de obtener) un título oficial del mismo nivel o superior al de los estudios para los que pides la beca, a 30 de septiembre de 2026 (artículo 15.a de la convocatoria; hay excepciones para máster y para créditos complementarios de grado).[1]
- Tienes que estar matriculado en el curso 2026-2027 en estudios postobligatorios con validez en toda España. No entran el doctorado, los títulos propios ni los estudios de especialización.[2]
- La renta de tu familia en 2025 no puede superar el umbral 3 según el número de miembros (por ejemplo, 40.773 euros para 4 miembros en el curso 2026-2027). Cuanto más baja es la renta, más componentes de beca puedes cobrar.[1]
- El patrimonio familiar a 31 de diciembre de 2025 no puede pasar ciertos límites. Por ejemplo, 47.200 euros de valor catastral corregido en inmuebles urbanos sin contar la vivienda habitual, o 1.900 euros de rendimientos del capital y ganancias patrimoniales. Si se superan, la beca se deniega aunque la renta sea baja.[1]
- Tienes que cumplir los requisitos académicos de tus estudios: matrícula mínima, nota de acceso o porcentaje de asignaturas, módulos o créditos aprobados el curso anterior, y no repetir curso en enseñanzas no universitarias.[3]
- Si tu domicilio familiar está en Cataluña, desde el curso 2026-2027 no puedes pedir esta beca al Ministerio: tienes que pedir la beca de la convocatoria de la Generalitat de Cataluña.[4]
Lo que tendrás que cumplir después
- Tienes que usar la beca para estudiar: matricularte, ir a clase, presentarte a los exámenes y aprobar al menos el porcentaje mínimo de asignaturas o créditos.[5]
- Tienes que comunicar si anulas la matrícula, si cambia algo de lo que se tuvo en cuenta para darte la beca y si recibes otra beca o ayuda para lo mismo.[1]
- Si cambias de estudios, tienes que declarar que ya fuiste becario en años anteriores.[1]
- Tienes que aceptar las comprobaciones: se revisan al menos el 5 % de las becas concedidas y, si hubo datos falsos u ocultos, la beca se modifica y se devuelve.[1]
Más sobre beca de carácter general del Ministerio de Educación
Preguntas frecuentes
¿Puedo pedir la beca del Ministerio ahora, en octubre de 2026?
Para el curso 2026-2027, no: el plazo cerró el 19 de mayo de 2026. Solo se admiten solicitudes hasta el 31 de diciembre de 2026 si después de esa fecha falleció el sustentador principal o se jubiló forzosamente. Tendrás que esperar a la convocatoria 2027-2028.[1]
¿Qué año de ingresos miran para la beca 2026-2027?
Los de 2025: la renta y el patrimonio de tu familia en el ejercicio 2025 y la situación familiar a 31 de diciembre de 2025.[3]
Si suspendo, ¿tengo que devolver la beca?
En la universidad, si no apruebas al menos el 50 % de los créditos (40 % en Ciencias y en enseñanzas técnicas), devuelves todo menos la matrícula. En Bachillerato o FP, si no apruebas el 50 % o faltas a más del 20 % de las clases, devuelves toda la beca.[1]
- https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/894743/document/1422191
- https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-B-2026-9261
- https://www.becaseducacion.gob.es/becas-y-ayudas/fp-bachillerato-otros/que-necesitas.html
- https://www.becaseducacion.gob.es/novedades.html
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2008-821