Bono Alquiler Joven en Melilla
La convocatoria está cerrada ahora mismo. Te explicamos requisitos y cuantías, y si quieres te avisamos cuando se abra la siguiente para presentarla a tiempo. La concede: Ciudad Autónoma de Melilla – Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento, Dirección General de la Vivienda, Patrimonio y Urbanismo (entidad colaboradora: EMVISMESA).
Datos comprobados en fuentes oficiales el 19/10/2026.
Qué es el Bono Alquiler Joven en Melilla
Es una ayuda de 250 € al mes para que las personas de 18 a 35 años paguen el alquiler de su vivienda o habitación en Melilla. La regula el Estado (Real Decreto 42/2022), pero la convoca y la paga la Ciudad Autónoma, que en 2025 puso 200.000 € propios además de los 200.000 € del Estado, fija sus propias condiciones (por ejemplo, cédula de habitabilidad) y la concede por 12 meses prorrogables otros 12. La última convocatoria admitió solicitudes hasta el 30 de septiembre de 2025.
Requisitos principales
- Bono Alquiler Joven de Melilla: tenías que ser mayor de edad y tener 35 años o menos el día de la solicitud (solo se mira ese día).[1]
- Bono Alquiler Joven de Melilla: tenías que ser español, de la UE, del Espacio Económico Europeo o Suiza, o, si eres extranjero de fuera de la UE, tener estancia o residencia regular en España. Todos los que viven en la vivienda deben cumplirlo.[2]
- Bono Alquiler Joven de Melilla: tenías que ser inquilino de una vivienda o habitación en Melilla, o estar en condiciones de firmar el contrato. No se admiten subarriendos, alquileres de temporada ni pisos turísticos. Tiene que ser tu domicilio habitual, con empadronamiento.[1]
- Bono Alquiler Joven de Melilla: el alquiler no podía pasar de 600 € al mes por la vivienda (sin garaje ni trastero) o 300 € por una habitación. Con el visto bueno del Ministerio se podían admitir hasta 650 € (un dormitorio), 750 € (dos o más) y 350 € (habitación).[1]
- Bono Alquiler Joven de Melilla: tenías que tener una fuente regular de ingresos (al menos 3 meses de vida laboral en los 6 meses anteriores, o una duración prevista de 6 meses) y que los ingresos de todos los que viven en la vivienda no pasaran de 3 veces el IPREM. Si alquilas una habitación, solo cuentan los tuyos.[1]
- Bono Alquiler Joven de Melilla: si conviven varios jóvenes en una vivienda, el límite conjunto sube a 4 veces el IPREM (dos jóvenes) o 5 veces (tres o más), con un máximo de 3 veces el IPREM por persona.[1]
Cuánto se cobra
- Bono Alquiler Joven de Melilla: 250 € al mes. Si varios jóvenes de la misma vivienda lo cobran, la suma de las ayudas nunca puede pasar del alquiler; si lo pasa, se reduce a todos en proporción.[1]
- Bono Alquiler Joven de Melilla: se concede por 12 meses con efectos desde el 1 de enero de 2025 (o desde la firma del contrato, si es posterior) y puede prorrogarse otros 12 meses si hay crédito en el presupuesto de la Ciudad y sigues cumpliendo los requisitos, a petición tuya.[2]
- Bono Alquiler Joven de Melilla: la convocatoria tenía 400.000 € para 2025 (200.000 € del Ministerio de Vivienda y 200.000 € de la Ciudad Autónoma), ampliables.[1]
Es lo que fija la norma: tu importe concreto depende de tus ingresos y de tu hogar, y lo calcula el organismo.
Documentos que necesitas
- Solicitud en el formulario de la Ciudad Autónoma, con sus anexos (declaración de ingresos, autorización del arrendador, miembros empadronados y protección de datos).[3]
- Copia completa del contrato de alquiler firmado en todas sus páginas, con el importe y la forma de pago, y la referencia catastral de la vivienda. Si aún no lo tenías, un precontrato, y el contrato en 2 meses desde la concesión.[1]
- Certificado colectivo o volante único de empadronamiento con todas las personas de la vivienda a fecha de la solicitud (con precontrato, en 3 meses desde la concesión).[1]
- Vida laboral (o alta en Hacienda si eres autónomo), justificantes de pago del alquiler desde el 1 de enero de 2025, cédula de habitabilidad y DNI/NIE de todos los que viven en la vivienda.[1]
- Si alquilas una habitación, nota simple del Registro de la Propiedad con el número de habitaciones de la vivienda. Si eres nuevo perceptor de ayudas de la Ciudad o cambias de cuenta, impreso de domiciliación bancaria.[1]
- Si no tenías que hacer la renta, declaración responsable de ingresos con certificados del SEPE, de pensiones o nóminas, según tu caso.[1]
Plazos
- Bono Alquiler Joven de Melilla 2025/2026: las solicitudes se podían presentar desde el día siguiente a la publicación del extracto (BOME de 2/04/2025) hasta el 30 de septiembre de 2025, o antes si se agotaba el crédito. Fuera de plazo no se admiten.[2]
- Las solicitudes se atienden por orden de entrada, contando la fecha en que la documentación está completa. Si te piden subsanar, tienes 10 días; si no, se te tiene por desistido.[1]
- Quien fue denegado por falta de dinero al final del año tenía que volver a pedirla al año siguiente, con declaración responsable de que sigue cumpliendo los requisitos.[1]
Dónde y cómo se presenta
- Por la sede electrónica de la Ciudad Autónoma, con firma electrónica avanzada (certificado reconocido). La convocatoria recomienda pedirla preferentemente por internet.[1]
- Si no tienes certificado digital: rellenas el formulario electrónico en la web de la Ciudad, imprimes el justificante, lo firmas y lo presentas con la documentación en cualquier registro oficial dentro del plazo. Si no lo registras, la solicitud se considera no presentada.[1]
- Los impresos (solicitud, anexos, solicitud de pago y de modificación) están en la sección de impresos de la Consejería en melilla.es. La tramitación la lleva la Dirección General de la Vivienda, Patrimonio y Urbanismo (calle Duque de Ahumada 3, planta primera; teléfono 952 69 92 23), con EMVISMESA como entidad colaboradora.[3]
Cuánto tarda la respuesta
La Ciudad tiene 6 meses desde que tu solicitud entra completa en el registro para resolver y notificar. Si no contesta, se entiende denegada (silencio negativo).[1]
Con qué es compatible
- No es compatible con otras ayudas al alquiler de otras administraciones, salvo para personas especialmente vulnerables: víctimas de violencia de género o de trata, desahuciados, personas sin hogar, jóvenes extutelados o excarcelados, perceptores del Ingreso Melillense de Integración o con informe de Servicios Sociales.[1]
- Tampoco es incompatible para quienes cobran pensiones no contributivas o el Ingreso Mínimo Vital. En esos casos la suma de ayudas no puede pasar del alquiler.[1]
Si te la deniegan
- La resolución pone fin a la vía administrativa: puedes presentar recurso potestativo de reposición en 1 mes desde el día siguiente a la notificación, o recurso contencioso-administrativo en 2 meses.[1]
- Si te la denegaron por falta de dinero y después se libera o amplía crédito, se puede conceder a las solicitudes denegadas siguientes por orden de presentación.[1]
Lo que tienes que cumplir si te la conceden
- Comunicar a la Dirección General de la Vivienda, Patrimonio y Urbanismo cualquier cambio en tus condiciones en 15 días hábiles. Si no lo haces, te pueden reclamar lo cobrado.[1]
- Si te mudas dentro de Melilla, comunicarlo en 15 días desde el nuevo contrato; mantienes la ayuda si cumples y no hay interrupción. Si te vas a otra comunidad, la ayuda de Melilla se suspende desde el nuevo contrato.[1]
- Destinar la ayuda a pagar el alquiler, justificar cada pago en plazo y comunicar otras ayudas que recibas para lo mismo.[1]
Preguntas frecuentes
¿Está abierto el Bono Alquiler Joven en Melilla?
No. La última convocatoria (2025/2026) admitió solicitudes hasta el 30 de septiembre de 2025 y no hay otra publicada en la BDNS a 19/10/2026.[1]
¿Cuánto se cobra y cuánto dura?
250 € al mes, durante 12 meses desde enero de 2025 (o desde el contrato), prorrogables otros 12 si hay crédito y lo pides.[2]
¿Puedo pedirlo si el piso no tiene cédula de habitabilidad?
No. En Melilla la vivienda debe tener cédula de habitabilidad, y si tiene más de 25 años, emitida después del 1 de enero de 2015.[1]
¿Lo puedo cobrar si cobro el Ingreso Melillense de Integración?
Sí. Los perceptores del IMI, del IMV y de pensiones no contributivas pueden compatibilizarlo con otras ayudas al alquiler, sin pasar del importe del alquiler.[1]
¿Cada cuánto me pagan?
Un primer pago al concederla y luego por trimestres, tras presentar los recibos entre los días 1 y 20 del mes que toque.[1]