Qué hacer si te deniegan la Renta Extremeña Garantizada de Extremadura

Datos oficiales comprobados el 11/10/2026. Y si quieres, te la tramitamos nosotros.

Tramitar por WhatsAppPrecio cerrado · 48 €

Si te deniegan la ayuda, la resolución tiene que decir el motivo, el recurso que cabe y el plazo. Esto es lo que dice la norma.

Qué puedes hacer

  • Contra la resolución que te la deniega, modifica, suspende o extingue puedes presentar recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería competente.[1]
  • El plazo del recurso de alzada es de 1 mes desde la notificación si la resolución es expresa. La Administración tiene 3 meses para resolverlo; si no contesta, se entiende desestimado.[2]
  • Antes de bajarte la cuantía, la Junta tiene que darte audiencia: tienes 10 días para alegar y presentar documentos.[3]

Plazo para resolver y silencio

La Junta tiene 3 meses desde que presentas la solicitud para resolver y notificar. Si no contesta en ese plazo por causas de la Administración, la solicitud se entiende concedida (silencio positivo).[4]

Más detalle en nuestras guías de reclamación previa, recurso de alzada y silencio administrativo, y en qué hacemos si te la deniegan.

Somos una gestoría privada, no la Administración. Puedes pedir esta ayuda gratis por tu cuenta (abajo te explicamos cómo); nosotros cobramos por gestionarla. Quien concede o deniega la ayuda es siempre Junta de Extremadura – Vicepresidencia y Consejería de Desregulación, Servicios Sociales y Familia (Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familia, Servicio de Renta Extremeña Garantizada). Las cifras son las que fija la norma: no prometemos importes.

Te la tramitamos

1Nos escribesPor WhatsApp. Te decimos si podrías pedirla, qué documentos hacen falta y el precio cerrado.
2Revisamos tus papelesFirmas la autorización y una persona del equipo comprueba requisitos y documentos.
3La presentamosEn tu nombre y en plazo. Te enviamos el justificante de registro y seguimos el expediente.

Más sobre Renta Extremeña Garantizada

Preguntas frecuentes

¿Tengo que pedir primero el Ingreso Mínimo Vital?

La ley extremeña exige haber pedido antes todas las prestaciones a las que puedas tener derecho, y el IMV es una prestación de la Seguridad Social. Si puedes tener derecho al IMV, tienes que solicitarlo; la Renta Extremeña Garantizada es subsidiaria.[5]

Si cobro el IMV, ¿puedo cobrar también la Renta Extremeña Garantizada?

Sí, son compatibles, pero el IMV cuenta como ingreso para la renta extremeña: cobrarías la diferencia hasta la cuantía que te corresponda. Al revés no: la renta extremeña no cuenta como ingreso para el IMV.[6]

¿Cuánto tarda en resolverse? ¿Y si no me contestan?

La Junta tiene 3 meses. Si pasan sin respuesta por causas de la Administración, se entiende concedida (silencio positivo).[4]

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