Qué hacer si te deniegan la Renta Extremeña Garantizada de Extremadura
Datos oficiales comprobados el 11/10/2026. Y si quieres, te la tramitamos nosotros.
Si te deniegan la ayuda, la resolución tiene que decir el motivo, el recurso que cabe y el plazo. Esto es lo que dice la norma.
Qué puedes hacer
- Contra la resolución que te la deniega, modifica, suspende o extingue puedes presentar recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería competente.[1]
- El plazo del recurso de alzada es de 1 mes desde la notificación si la resolución es expresa. La Administración tiene 3 meses para resolverlo; si no contesta, se entiende desestimado.[2]
- Antes de bajarte la cuantía, la Junta tiene que darte audiencia: tienes 10 días para alegar y presentar documentos.[3]
Plazo para resolver y silencio
La Junta tiene 3 meses desde que presentas la solicitud para resolver y notificar. Si no contesta en ese plazo por causas de la Administración, la solicitud se entiende concedida (silencio positivo).[4]
Más detalle en nuestras guías de reclamación previa, recurso de alzada y silencio administrativo, y en qué hacemos si te la deniegan.
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Más sobre Renta Extremeña Garantizada
Preguntas frecuentes
¿Tengo que pedir primero el Ingreso Mínimo Vital?
La ley extremeña exige haber pedido antes todas las prestaciones a las que puedas tener derecho, y el IMV es una prestación de la Seguridad Social. Si puedes tener derecho al IMV, tienes que solicitarlo; la Renta Extremeña Garantizada es subsidiaria.[5]
Si cobro el IMV, ¿puedo cobrar también la Renta Extremeña Garantizada?
Sí, son compatibles, pero el IMV cuenta como ingreso para la renta extremeña: cobrarías la diferencia hasta la cuantía que te corresponda. Al revés no: la renta extremeña no cuenta como ingreso para el IMV.[6]
¿Cuánto tarda en resolverse? ¿Y si no me contestan?
La Junta tiene 3 meses. Si pasan sin respuesta por causas de la Administración, se entiende concedida (silencio positivo).[4]
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2019-3491#ar-19
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-10565#a122
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2019-3491#ar-13
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2019-3491#ar-18
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2019-3491#ar-5
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2019-3491#ar-8