Pensión no contributiva en Asturias
Preparamos tu solicitud, la presentamos en tu nombre y te mandamos el justificante. La concede: Principado de Asturias – Consejería de Derechos Sociales y Bienestar (Servicio de Gestión del Salario Social Básico y otras Prestaciones Económicas, Sección de Pensiones No Contributivas).
Datos comprobados en fuentes oficiales el 19/10/2026.
Qué es la pensión no contributiva en Asturias
La pensión no contributiva (PNC) de jubilación o de incapacidad es una pensión estatal para quien no cotizó lo suficiente y no tiene ingresos bastantes; en Asturias la reconoce y la paga la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar. Además, la Ley asturiana 3/2021 crea el «complemento a las pensiones no contributivas»: un derecho para quien cobra la PNC y vive solo, que completa sus ingresos hasta lo que le correspondería con el salario social básico. Lo que cobra cada persona depende de sus ingresos y de con quién vive.
Requisitos principales
- Complemento asturiano: tienes que ser titular de una pensión no contributiva de la Seguridad Social.[1]
- Complemento asturiano: tienes que vivir solo, es decir, formar una unidad económica de convivencia independiente de una persona.[2]
- Complemento asturiano: tus recursos tienen que ser inferiores a la cuantía del módulo básico del salario social básico (514,21 € al mes en 2026).[1]
- PNC de jubilación: tener 65 años o más y haber vivido legalmente en España 10 años entre los 16 años y la solicitud, 2 de ellos seguidos e inmediatamente anteriores a pedirla.[3]
- PNC de incapacidad: tener entre 18 y 64 años, una discapacidad reconocida del 65 % o más y haber vivido legalmente en España 5 años, 2 de ellos inmediatamente anteriores a la solicitud.[3]
- PNC: no tener ingresos suficientes. En 2026 tus rentas propias tienen que ser inferiores a 8.803,20 € al año; si vives con tu cónyuge o familiares hasta el segundo grado, cuentan los ingresos de todos (por ejemplo, con 2 convivientes el total debe ser inferior a 14.965,44 € al año).[4]
Cuánto se cobra
- Complemento asturiano: cubre lo que te falte para llegar a la cuantía mensual garantizada del salario social básico en su módulo básico (514,21 € al mes en 2026), más el complemento vital por dependencia o discapacidad si te corresponde.[2]
- El complemento vital por dependencia o discapacidad sube el importe un 5 % en 2026 si tienes reconocida la dependencia o una discapacidad del 45 % o más.[5]
- Complemento asturiano: nunca puede superar el límite que fija la normativa estatal para estos complementos.[2]
- PNC 2026: la pensión completa es de 8.803,20 € al año, en 14 pagas de 628,80 €. Nunca es menos del 25 %: 2.200,80 € al año (157,20 € al mes).[4]
Es lo que fija la norma: tu importe concreto depende de tus ingresos y de tu hogar, y lo calcula el organismo.
Documentos que necesitas
- PNC: solicitud normalizada (PSPM0002T02 jubilación o PSPM0002T01 incapacidad) y los anexos de autorización de consulta de datos tuyos y de las personas que viven contigo.[6]
- DNI, NIE o TIE solo si te opones a que el Principado consulte tus datos o no los has dado antes a ninguna Administración.[6]
- Declaración de la renta (IRPF) del último año de todos los mayores de edad de la casa, o sus datos fiscales si no estaban obligados, y una declaración firmada de los ingresos del año pasado y de los previstos para este.[6]
- Certificado de empadronamiento que acredite los años de residencia y certificado de convivencia con las personas que viven en tu domicilio.[6]
- Justificantes de ingresos de la casa (nóminas, pensiones, intereses bancarios) y la cuenta bancaria de la que seas titular o cotitular para cobrar.[6]
- PNC de incapacidad: copia del certificado de discapacidad o, si no lo tienes, informes médico-psicológicos.[7]
Plazos
- PNC de jubilación y de incapacidad: puedes presentar la solicitud todo el año.[6]
- Complemento asturiano: se concede siempre a petición tuya, una vez que el órgano de pensiones no contributivas comprueba que cumples los requisitos.[2]
- Las cuantías 2026 de la PNC están en el Real Decreto 241/2026; el módulo básico asturiano de 2026 está en la Ley 5/2025 de Presupuestos, vigente desde el 1/01/2026.[5]
Cómo te la tramitamos
Dónde y cómo se presenta
- Por internet, en el Registro Electrónico del Principado de Asturias (desde la ficha del trámite, con Cl@ve) o en el Registro Electrónico General del Estado. Es gratis.[6]
- En persona, en las oficinas del Servicio de Atención Ciudadana, en las oficinas de registro de las consejerías o en cualquier registro oficial (art. 16.4 de la Ley 39/2015).[6]
- Información gratuita en el 012, o en el 985 279 100 si llamas desde fuera de Asturias.[8]
Cuánto tarda la respuesta
PNC: la ficha del trámite indica 90 días hábiles para resolver; si no contestan, la solicitud se entiende denegada (silencio desestimatorio). Para el complemento asturiano, la web de la Consejería indica 3 meses desde que tu solicitud entra en el registro.[6]
Con qué es compatible
- El complemento asturiano a las PNC es incompatible con el salario social básico: o cobras uno o el otro.[2]
- La PNC de jubilación y la de incapacidad no se pueden cobrar a la vez, ni con las antiguas pensiones asistenciales, los subsidios de garantía de ingresos mínimos y de ayuda de tercera persona, ni siendo causante de la asignación por hijo a cargo mayor de 18 años con discapacidad del 65 %.[3]
- La PNC de incapacidad es compatible con trabajar hasta un límite de 16.003,20 € al año entre pensión y sueldo (2026).[4]
Si te la deniegan
- PNC: la ficha del trámite indica reclamación administrativa previa en materia de Seguridad Social. Tienes 30 días desde la notificación; si no te contestan en 45 días, se entiende denegada y tienes 30 días para demandar en el juzgado de lo social.[9]
- Pide siempre que la resolución te indique el recurso que procede y su plazo: es obligatorio que lo diga (art. 40 de la Ley 39/2015).[10]
Lo que tienes que cumplir si te la conceden
- PNC: presentar cada año la declaración de tus rentas o ingresos y los de tu unidad familiar de convivencia.[3]
- Complemento asturiano (obligación general de la Ley 3/2021): comunicar en el plazo de 1 mes cualquier cambio personal, familiar o económico que afecte a los requisitos, y pedir la baja en 1 mes si dejas de cumplirlos.[2]
- Devolver lo cobrado de más; desde el 29/09/2026 la Ley 6/2026 limita ese reintegro cuando el error es de la Administración (art. 18 bis de la Ley 3/2021).[11]
Preguntas frecuentes
¿Asturias da un complemento a la pensión no contributiva?
Sí: la Ley asturiana 3/2021 reconoce un complemento a las PNC para quien vive solo y tiene recursos por debajo del módulo básico del salario social (514,21 €/mes en 2026).[1]
¿Puedo cobrar a la vez la PNC, el complemento asturiano y el salario social básico?
No: el complemento asturiano a las PNC es incompatible con el salario social básico.[2]
¿Cuánto es la pensión no contributiva en 2026?
La completa, 8.803,20 € al año en 14 pagas de 628,80 €; la mínima, 157,20 € al mes. Depende de tus ingresos y de con quién vives.[4]
¿Dónde se pide la PNC si vivo en Asturias?
En la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar: por el Registro Electrónico del Principado con Cl@ve o en cualquier oficina de registro, todo el año.[6]
¿Desde cuándo se cobra la PNC?
Desde el día 1 del mes siguiente a la solicitud, si te la conceden.[6]
¿Y si no me contestan?
En la PNC, pasados 90 días hábiles sin respuesta se entiende denegada y puedes presentar la reclamación previa.[6]
- https://socialasturias.asturias.es/complemento-a-las-pensiones-no-contributivas-de-la-seguridad-social1
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-13685
- https://socialasturias.asturias.es/pensiones-no-contributivas-pnc-
- https://imserso.es/documents/20123/0/fpnc_2026/d76f3d01-3c8b-9fc5-9ea8-4d7f6dfdcec4
- https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-2888
- https://miprincipado.asturias.es/-/dboid-6269000005505462307573
- https://miprincipado.asturias.es/-/dboid-6269000005506104807573
- https://miprincipado.asturias.es/o/sede/serviciosytramites/download/16336727421416162635
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-15936#a71
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-10565#a40
- https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-20746