Cheque guardería: los 1.000 € por gastos de guardería
Datos oficiales comprobados el 11/10/2026. Y si quieres, te la tramitamos nosotros.
Es una deducción del IRPF para madres con hijos menores de 3 años: hasta 1.200 € al año por cada hijo (100 € por mes). Puedes pedir a Hacienda que te la pague cada mes por adelantado con el modelo 140, o aplicarla en tu declaración de la renta. Si pagas guardería o centro de educación infantil autorizado, la deducción puede subir hasta 1.000 € más al año, pero esa parte solo se pide en la renta.
Lo que tienes que saber
- La deducción por maternidad sube hasta 1.000 € más al año por hijo menor de 3 años si pagas gastos de custodia en una guardería o centro de educación infantil autorizado. El año en que cumple 3, cuentan los gastos hasta el mes anterior a que pueda empezar el segundo ciclo de infantil.[1]
- Cuentan la preinscripción y matrícula, la asistencia en horario general y ampliado y la comida, siempre por meses completos (se incluyen los meses contratados enteros aunque tengan días no lectivos). No cuenta lo que pague tu empresa como retribución en especie exenta.[2]
- El máximo son 1.000 € al año por hijo y nunca más de lo pagado sin subvención. Cuenta lo que pagas tú y lo que paga el otro progenitor, pero el incremento es para la madre.[3]
- Este incremento no se cobra por adelantado con el modelo 140: se pide en la declaración de la renta.[4]
- Guardería «autorizada»: según el Tribunal Supremo, a una guardería le basta la autorización de apertura y funcionamiento para custodiar menores. A un centro de educación infantil se le exige la autorización educativa.[5]
- Es la guardería, no tú, quien presenta el modelo 233 cada enero con los meses y gastos del año anterior. En principio no tienes que aportar ningún justificante al hacer la renta.[5]
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Preguntas frecuentes
Estoy en paro, ¿puedo cobrar los 100 € al mes?
Sí, si en el momento del nacimiento cobrabas una prestación o un subsidio por desempleo. Si no lo cobrabas, también si después te das de alta y llegas a 30 días cotizados.[1]
¿Puede pedirla el padre?
Solo si la madre ha fallecido o si él tiene la guarda y custodia en exclusiva, y cumple los requisitos. Fuera de esos casos es solo de la madre y no se reparte con el padre.[6]
¿Tengo que presentar el modelo 140 todos los años?
No. Una vez presentado, Hacienda sigue pagando mientras tengas derecho. Solo tienes que avisar de los cambios en 15 días naturales.[7]
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-20764#a81
- https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-practicos/irpf-2025/c18-cuota-liquida-resultante-autoliquidacion/resultado-declaracion/deduccion-maternidad-incremento-adicional-gastos-custodia/incremento-adicional-gastos-custodia-guarderias/requisitos-condiciones-aplicar-incremento-adicional.html
- https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-practicos/irpf-2025/c18-cuota-liquida-resultante-autoliquidacion/resultado-declaracion/deduccion-maternidad-incremento-adicional-gastos-custodia/incremento-adicional-gastos-custodia-guarderias/limites-deduccion.html
- https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-practicos/irpf-2025/c18-cuota-liquida-resultante-autoliquidacion/resultado-declaracion/deduccion-maternidad-incremento-adicional-gastos-custodia/incremento-adicional-gastos-custodia-guarderias.html
- https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/todas-gestiones/impuestos-tasas/declaraciones-informativas/modelo-233-decla_____erias-centros-educacion-autorizados_/preguntas-frecuentes-ejemplos.html
- https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-practicos/irpf-2025/c18-cuota-liquida-resultante-autoliquidacion/resultado-declaracion/deduccion-maternidad-incremento-adicional-gastos-custodia/deduccion-maternidad/beneficiarios-hijos-que-derecho-aplicacion-deduccion.html
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2020-2901#a3