Ayudas al alquiler en Navarra
Preparamos tu solicitud, la presentamos en tu nombre y te mandamos el justificante. La concede: Gobierno de Navarra – Departamento competente en vivienda (Dirección General de Vivienda), gestión a través de Nasuvinsa.
Datos comprobados en fuentes oficiales el 19/10/2026.
Qué es la ayudas al alquiler en Navarra
Navarra no tiene el Bono Alquiler Joven estatal: tiene sus propias ayudas mensuales al alquiler, que son deducciones del IRPF navarro que se cobran por adelantado cada mes. Emanzipa es para jóvenes de 23 a 35 años y paga el 50% del alquiler (hasta 280 €/mes). DAVID es para personas y familias con bajos ingresos inscritas en el censo de vivienda protegida y paga el 50% del alquiler (hasta 220, 280 o 340 €/mes según ingresos). Si vives en una vivienda protegida o de la bolsa de alquiler, hay además una subvención del 25% al 75% del alquiler que la promotora te descuenta del recibo.
Requisitos principales
- Emanzipa: tienes que tener entre 23 y 35 años (a 31 de diciembre del año de la ayuda: si cumples 36 ese año, no puedes), estar empadronado en Navarra y ser titular de un contrato de alquiler de tu vivienda habitual.[1]
- Emanzipa: tus ingresos (casillas 507 + 529 de la renta) tienen que estar entre 5.000 € y 22.000 € al año, o hasta 33.000 € si la unidad familiar tiene más de una persona. El alquiler no puede pasar de 700 €/mes.[1]
- DAVID: tienes que estar inscrito en el censo de solicitantes de vivienda protegida antes del final del año anterior al que pides la ayuda (o ser inquilino de vivienda protegida con contrato visado), con ingresos de al menos 5.000 € y unos ingresos familiares ponderados de hasta 1,7 veces el indicador SARA. La vivienda tiene que estar en Navarra y el alquiler no puede pasar de 700 €/mes.[2]
- Emanzipa y DAVID: no puedes tener una vivienda ni haber transmitido una en los últimos 5 años, ni tener parentesco hasta 2º grado con el casero, ni más de 5.000 € en la parte especial del ahorro de la renta, ni bienes y derechos por más de 90.000 €. No puedes ser subarrendador ni subarrendatario.[3]
- DAVID: no puedes cobrarla si convives con otra persona que ya la recibe, si cobras una subvención por alquiler de vivienda de protección oficial o una ayuda de emergencia para la renta, ni si pagas el alquiler en metálico.[2]
- Subvención al alquiler de vivienda protegida: tienes que vivir de alquiler en una vivienda de protección oficial o de la bolsa de alquiler, con ingresos familiares ponderados de hasta 1,7 veces SARA (sin límite los dos primeros años si eres víctima de violencia de género) y sin bienes de más de 100.000 €.[4]
Cuánto se cobra
- Emanzipa: el 50% de la renta mensual de alquiler, con un máximo de 280 € al mes. Si hay varios titulares del contrato, la ayuda se reparte entre todos a partes iguales.[3]
- DAVID: el 50% del alquiler, con un máximo de 340 €/mes si tus ingresos son menores de 1 vez SARA; 280 €/mes entre 1 y 1,4 veces SARA; y 220 €/mes entre 1,4 y 1,7 veces SARA.[2]
- DAVID para personas del programa de Vivienda de Integración Social (VAIS): el 60% del alquiler, con un máximo de 360 €/mes, concedida para 2 años seguidos.[2]
- Subvención al alquiler de vivienda protegida: el 75% del alquiler con ingresos menores de 1 vez SARA, el 50% entre 1 y 1,4 veces SARA y el 25% entre 1,4 y 1,7 veces SARA. Si eres víctima de violencia de género, el 90% el primer año y el 75% el segundo, sean cuales sean tus ingresos.[4]
Es lo que fija la norma: tu importe concreto depende de tus ingresos y de tu hogar, y lo calcula el organismo.
Documentos que necesitas
- DAVID: para pedirla no hace falta aportar documentos, pero ten a mano el contrato: dirección y número de dormitorios de la vivienda, nombre y NIF del casero, fecha de inicio, renta mensual y las cuentas bancarias tuya y del casero.[2]
- Cada mes, el recibo o la transferencia bancaria del alquiler digitalizado, en el que conste quién es el casero, la dirección de la vivienda y el mes que pagas. Tiene que ser pago por banco.[3]
- Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve para hacer la solicitud y subir los justificantes por internet.[1]
- DAVID: estar inscrito en el censo de solicitantes de vivienda protegida (se hace en otro trámite antes de fin del año anterior). Los ingresos se comprueban con tu última declaración de la renta con plazo terminado (casillas 507 y 529).[2]
Plazos
- Emanzipa y DAVID se pueden pedir en cualquier momento del año (a 19/10/2026 la ficha oficial dice «En plazo»).[1]
- Para DAVID tienes que haberte inscrito en el censo de vivienda protegida antes del 1 de enero del año en que pides la ayuda.[3]
- El justificante de cada mes tiene que estar subido antes del día 1 del mes siguiente.[3]
Cómo te la tramitamos
Dónde y cómo se presenta
- Emanzipa: solo por internet, en la ficha del trámite de navarra.es, con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve. Por ahí mismo subes cada mes los justificantes. Dudas: Nasuvinsa, 848 420 042.[1]
- DAVID: por internet en la ficha del trámite con certificado digital o Cl@ve, o de forma presencial en las oficinas de Nasuvinsa con cita previa (la agenda se abre los miércoles a las 8:00). Cita por teléfono: Pamplona 848 850 055, Tudela 848 420 340, Sangüesa 848 420 145, Aoiz 848 420 243, Doneztebe 848 420 140.[2]
- Subvención al alquiler de vivienda protegida: no la pides tú; la solicita la promotora de la vivienda y te la descuenta del precio del alquiler.[4]
Cuánto tarda la respuesta
La Dirección General de Vivienda tiene 3 meses desde la solicitud para resolver y notificar Emanzipa o DAVID. Si no contesta, la solicitud se entiende desestimada (silencio negativo). La aprobación o denegación se notifica por correo electrónico.[3]
Con qué es compatible
- Emanzipa y DAVID son incompatibles entre sí y con la deducción por alquiler de la declaración de la renta (art. 62.2). Si obtienes una, no puedes renunciar a ella para ese mismo año.[3]
- Sobre una misma vivienda solo se puede conceder una Emanzipa o una DAVID, no las dos a la vez; DAVID solo para una unidad familiar por vivienda.[3]
- DAVID no se puede cobrar a la vez que la subvención por alquiler de vivienda de protección oficial ni que una ayuda extraordinaria o de emergencia para el pago de la renta.[2]
- En Navarra no se aplica el Bono Alquiler Joven estatal (Real Decreto 42/2022, art. 2).[5]
Si te la deniegan
- Contra la resolución de la Dirección General de Vivienda cabe, por regla general, recurso de alzada ante la persona titular del Departamento del que depende (art. 126 de la Ley Foral 11/2019). Mira al pie de tu resolución qué recurso cabe y el plazo.[6]
- El recurso de alzada contra una resolución expresa se presenta en el plazo de 1 mes desde el día siguiente a la notificación; si te deniegan por silencio, puedes recurrir en cualquier momento a partir del día siguiente.[7]
Lo que tienes que cumplir si te la conceden
- Si dejas de cumplir algún requisito o cambian tus condiciones, se extingue el derecho; si has cobrado de más, tendrás que regularizarlo en tu declaración de la renta con intereses de demora.[3]
- Tienes que pagar el alquiler por banco y justificarlo cada mes; si pagas en metálico, no tienes derecho a DAVID.[2]
- En enero de cada año Vivienda envía a Hacienda Foral la lista de beneficiarios y lo cobrado, porque la ayuda es una deducción del IRPF: tenlo en cuenta en tu declaración.[3]
Preguntas frecuentes
¿Existe el Bono Alquiler Joven en Navarra?
No. El Bono estatal no se aplica en Navarra. Su equivalente navarro es Emanzipa: el 50% del alquiler, hasta 280 € al mes, para jóvenes de 23 a 35 años.[5]
¿Hasta qué edad se puede pedir Emanzipa en 2026?
Hasta los 35 años, siempre que no cumplas 36 durante el año de la ayuda.[1]
¿Cuánto paga la ayuda DAVID?
La mitad del alquiler, con un tope de 340, 280 o 220 € al mes según tus ingresos en relación con el indicador SARA (60% y hasta 360 € en el programa VAIS).[2]
¿Puedo cobrar Emanzipa si mi alquiler es de 750 €?
No. Tanto en Emanzipa como en DAVID el alquiler no puede pasar de 700 € al mes.[3]
¿Puedo pedir Emanzipa y además desgravar el alquiler en la renta?
No. Emanzipa y DAVID son incompatibles con la deducción por alquiler de vivienda del IRPF navarro.[3]
¿Qué pasa si un mes se me olvida subir el recibo?
Pierdes la ayuda de ese mes si no lo justificas antes del día 1 del mes siguiente.[3]
- https://www.navarra.es/es/tramites/on/-/line/ayudas-al-alquiler-joven-emanzipa
- https://www.navarra.es/es/tramites/on/-/line/ayudas-david-al-alquiler-de-vivienda
- https://www.lexnavarra.navarra.es/detalle.asp?r=29657
- https://www.navarra.es/es/vivienda/subvencion-por-el-alquiler-de-vivienda-protegida
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2022-802#a2
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2019-4299#ar-126
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-10565#a122