Ayudas para personas con discapacidad en Región de Murcia

Preparamos tu solicitud, la presentamos en tu nombre y te mandamos el justificante. La concede: Instituto Murciano de Acción Social (IMAS), Dirección General de Pensiones, Valoración y Programas de Inclusión.

Tramitar por WhatsAppPrecio cerrado · 59 €

Datos comprobados en fuentes oficiales el 19/10/2026.

Quién la concedeInstituto Murciano de Acción Social (IMAS), Dirección General de Pensiones, Valoración y…
Cuándo se pideConvocatoria 2027 abierta: 30 días hábiles desde el 15/10/2026 (publicada en el BORM el…
Nuestro precio59 € · cerrado

Qué es la ayudas individualizadas a personas con discapacidad de la Región de Murcia

Son ayudas de pago único que da el IMAS una vez al año a personas con una discapacidad reconocida del 33 % o más y pocos ingresos, para comprar productos o hacer adaptaciones relacionadas con su discapacidad: quitar barreras en una vivienda unifamiliar (puertas, rampa, salvaescaleras, grúa de piscina), cambiar la bañera por plato de ducha, adaptar el coche, audífonos, gafas, implante coclear, comunicadores, tratamiento dental, silla de ducha, grúa o cama articulada, entre otros. Cada persona solo puede recibir ayuda para un concepto. La convocatoria de 2027 se ha publicado por adelantado y el plazo está abierto ahora.

Requisitos principales

  • Tienes que tener reconocida y en vigor una discapacidad igual o superior al 33 % en la fecha de la solicitud.[1]
  • Tienes que residir y estar empadronado en un municipio de la Región de Murcia cuando presentas la solicitud. Si eres extranjero no comunitario, con permiso de residencia en vigor; si eres comunitario, con certificado de registro de ciudadano de la UE.[1]
  • Lo que pides tiene que estar directamente relacionado con tu discapacidad; lo comprueba de oficio el Equipo de Valoración y Orientación del IMAS.[1]
  • Límite de renta per cápita de tu unidad de convivencia: 2,5 veces el IPREM mensual si vives solo, 1,75 veces si sois dos y 1,25 veces si sois tres o más. Con el IPREM mensual de 600 €, son 1.500 €, 1.050 € y 750 € por persona y mes (cálculo sobre la norma; el baremo de 2027 corta en 1.500 € para una persona).[1]
  • No puedes tener inmuebles (sin contar tu vivienda habitual, el local o las fincas de tu actividad principal) con un valor superior a 6 veces el IPREM anual; el baremo de 2027 deja sin derecho por encima de 43.200 € de valor catastral. Tampoco rendimientos de capital mobiliario superiores al 30 % del IPREM mensual.[2]
  • Tienes que llegar a la puntuación mínima del baremo (nunca menos de 11 puntos), que valora ingresos, patrimonio, grado de discapacidad, salud de la familia y otras circunstancias (residencia, Renta Básica de Inserción, gastos de vivienda, enfermedad rara, problemática social).[2]

Cuánto se cobra

  • Importes máximos 2027 para eliminar barreras en vivienda unifamiliar: ampliación de puertas 1.500 €; rampa 1.000 €; grúa de piscina 1.000 €; plataforma elevadora o salvaescaleras 5.000 €. Cambio de bañera por plato de ducha: 2.000 €.[2]
  • Importes máximos 2027 para vehículos: adaptación de vehículo a motor 3.000 €; motocicleta o ciclomotor especial de 3 o 4 ruedas 3.000 €; dispositivo de tracción para silla de ruedas manual (mayores de 15 años) 1.600 €.[2]
  • Importes máximos 2027 de productos y tratamientos: audífonos (hasta 2) 3.000 €; accesorios o repuestos de implante coclear 1.000 €; comunicador visual 4.000 €; comunicador digital 400 €; tratamiento bucodental (sin extracciones) 3.000 €; silla de baño o ducha con reposacabezas 1.300 €; grúa eléctrica con arnés 1.300 €; cama eléctrica o articulada completa 1.200 €; gafas o 2 lentes graduadas 500 €.[2]
  • Solo se concede ayuda para un concepto por persona: si pides varios, tienes que ordenarlos por prioridad en la solicitud.[2]

Es lo que fija la norma: tu importe concreto depende de tus ingresos y de tu hogar, y lo calcula el organismo.

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Documentos que necesitas

  • Solicitud en el modelo oficial (anexo II de la convocatoria, código 0582 de la Guía de Servicios).[2]
  • Volante o certificado de empadronamiento colectivo, de no más de 6 meses, con todas las personas de tu unidad de convivencia.[2]
  • Documento bancario con el IBAN en el que la persona o entidad perceptora figure como titular.[2]
  • Presupuesto detallado con IVA (más de 100 €), a tu nombre y con fecha posterior al 01/01/2026, o la factura si ya lo has comprado. Para obras, presupuesto en el modelo del anexo III y certificación catastral de la vivienda (y documentos de cesión o alquiler, si no es tuya). Para adaptar un coche, presupuesto con la matrícula.[2]
  • Si tu discapacidad está reconocida en otra comunidad, el certificado. Si cobras pensiones extranjeras o pagas pensión de alimentos, su acreditación. Para puntuar en el baremo: informes médicos (problema grave de salud o enfermedad rara) e informe de servicios sociales si alegas problemática social.[2]
  • El IMAS consulta por internet tu identidad, discapacidad, catastro, vida laboral, prestaciones, residencia y renta, salvo que te opongas; si te opones, tienes que aportar tú esos documentos.[2]

Plazos

  • Convocatoria 2027: 30 días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación en el BORM del 14/10/2026, es decir, desde el 15/10/2026.[2]
  • Si falta algún documento, te darán 10 días para completarlo; si no, se te tiene por desistido.[1]
  • Si no llega el dinero para todas las solicitudes que cumplen, se atienden por orden de entrada de la solicitud completa en el registro: conviene presentarla pronto y con todos los papeles.[1]

Cómo te la tramitamos

1Nos escribesPor WhatsApp. Te decimos si podrías pedirla, qué documentos hacen falta y el precio cerrado.
2Revisamos tus papelesFirmas la autorización y revisamos tus requisitos y tu documentación.
3La presentamosEn tu nombre y en plazo. Te enviamos el justificante de registro y seguimos el expediente.

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Dónde y cómo se presenta

  • La presentas tú o tu representante, directamente o a través de los servicios sociales de atención primaria de tu ayuntamiento, preferentemente en el Registro General de la Comunidad Autónoma, o por cualquier otro medio de la Ley 39/2015 (sede electrónica, registros de otras administraciones, Correos).[1]
  • Las notificaciones pueden ser en papel o electrónicas en la sede de la CARM (sede.carm.es/vernotificaciones), según marques en la solicitud.[2]

Cuánto tarda la respuesta

El IMAS tiene 6 meses desde la entrada de tu solicitud en el registro para resolver y notificar; si no contesta, se entiende denegada (silencio negativo).[2]

Con qué es compatible

  • Es incompatible con otras ayudas para el mismo concepto de cualquier administración pública, y no puedes pedirla si tienes acceso a otra ayuda de la misma finalidad por servicios públicos o subvencionados.[1]
  • Si pides para lo mismo esta ayuda y la ayuda económica para personas mayores del IMAS, solo se valora la que presentaste primero y la otra se deniega.[1]
  • Haber recibido una ayuda de inserción y protección social no periódica en 2024 o 2025 resta 15 puntos en el baremo de 2027.[2]

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Si te la deniegan

  • Puedes presentar recurso de alzada ante la Presidencia del IMAS en el plazo de 1 mes desde el día siguiente a la notificación.[1]

Lo que tienes que cumplir si te la conceden

  • Comunicar al IMAS en 15 días cualquier cambio en tu familia, ingresos, domicilio u otras ayudas para lo mismo, y cualquier problema que impida hacer la obra o la compra.[1]
  • Destinar el dinero a lo concedido, justificarlo con facturas en 3 meses y devolverlo con intereses si no lo justificas, no lo usas para eso o lo obtuviste sin cumplir los requisitos.[1]

Preguntas frecuentes

¿Está abierta ahora la ayuda del IMAS para personas con discapacidad?

Sí: la convocatoria de 2027 se publicó en el BORM el 14/10/2026 y tiene 30 días hábiles de plazo desde el 15/10/2026.[2]

¿Me pagan los audífonos o las gafas?

Puede pagar hasta 3.000 € por audífonos (máximo 2) o hasta 500 € por gafas o 2 lentes graduadas, si cumples renta, puntuación y los demás requisitos. Solo un concepto por persona.[2]

¿Puedo pedirla si ya he comprado el producto?

Sí, aportando la factura, siempre que tenga fecha posterior al 01/01/2026.[2]

¿Sirve para obras en un piso?

Las ayudas de barreras de la convocatoria 2027 son para vivienda unifamiliar (puertas, rampa, salvaescaleras, grúa de piscina); el cambio de bañera por plato de ducha va como adaptación funcional del hogar.[2]

¿Qué pasa si no hay dinero para todos?

Se atienden por orden de entrada de las solicitudes completas hasta agotar el presupuesto.[1]

Fuentes oficiales (consultadas el 19/10/2026). Datos con fines informativos: la norma o la convocatoria pueden cambiar.
  1. https://www.borm.es/services/boletin/ano/2018/numero/124/pdf
  2. https://www.borm.es/services/anuncio/ano/2026/numero/4953/pdf
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