Bono Alquiler Joven en Baleares
La convocatoria está cerrada ahora mismo. Te explicamos requisitos y cuantías, y si quieres te avisamos cuando se abra la siguiente para presentarla a tiempo. La concede: Govern de les Illes Balears – Consejería de Vivienda, Territorio y Movilidad (tramita la Dirección General de Vivienda y Arquitectura).
Datos comprobados en fuentes oficiales el 19/10/2026.
Qué es el Bono Alquiler Joven en Baleares
Es una ayuda de 250 € al mes, durante un máximo de 24 meses, para que los jóvenes de hasta 35 años con ingresos bajos paguen el alquiler de su vivienda o habitación en Baleares. La regula el Estado, pero el Govern balear la convoca con sus propias fechas y condiciones: en Baleares el alquiler puede llegar a 900 € al mes (450 € si es una habitación). La convocatoria 2026-2027 cubre los meses de enero de 2026 a diciembre de 2027 y se concede por orden de llegada de las solicitudes completas, hasta agotar el dinero.
Requisitos principales
- Tienes que tener hasta 35 años (incluidos) el día que pides la ayuda y ser mayor de edad. Tienes que ser español, de la UE, del Espacio Económico Europeo o de Suiza; si eres extranjero no comunitario, tener estancia o residencia legal en España.[1]
- Tienes que ser titular de un contrato de alquiler de vivienda según la Ley de Arrendamientos Urbanos, o de cesión de uso, o de alquiler de habitación. No se admiten subarriendos ni alquileres turísticos o para usos distintos de vivienda.[1]
- El alquiler no puede pasar de 900 € al mes si es una vivienda, ni de 450 € al mes si es una habitación (sin contar garaje ni trastero). Si pasa de esos límites, no se concede.[1]
- Los ingresos de 2025 de todas las personas que viven en la vivienda no pueden pasar, juntos, de 3 veces el IPREM (25.200 €). Si alquilas una habitación, solo cuentan tus ingresos. Se miran las casillas 435 y 460 de la declaración de la renta de 2025.[2]
- Tienes que tener una fuente regular de ingresos (trabajo por cuenta propia o ajena, beca de investigación o prestación pública periódica) con al menos 3 meses de vida laboral en los 6 meses antes de pedirla, o que vaya a durar al menos 6 meses desde la solicitud.[1]
- Tienes que estar empadronado en la vivienda o habitación (es tu residencia habitual) y estar al día en el pago del alquiler cuando la pides.[1]
Cuánto se cobra
- 250 € al mes por persona beneficiaria, durante un máximo de 24 meses: hasta 6.000 € en total. Nunca puede ser más que el alquiler que pagas.[1]
- Si varios jóvenes de la misma vivienda cobran el Bono, entre todos no pueden pasar del alquiler del contrato; si lo pasan, se reduce a todos en proporción. En una misma habitación solo puede cobrarlo una persona.[1]
- La convocatoria 2026-2027 tiene 4.800.000 € (2.400.000 € para 2026 y 2.400.000 € para 2027). Se puede ampliar si sobran solicitudes que cumplen.[1]
Es lo que fija la norma: tu importe concreto depende de tus ingresos y de tu hogar, y lo calcula el organismo.
Documentos que necesitas
- Solicitud y anexo 2 (declaraciones responsables) firmado por ti y por los titulares del contrato; si es una vivienda, también el anexo 1 firmado por todos los convivientes mayores de 18 años (autorización para consultar sus datos).[3]
- Copia completa del contrato de alquiler en vigor, firmado por las dos partes y con la forma de pago. Si el alquiler incluye garaje o trastero, o pagas menos de lo que dice el contrato, el anexo 4 con el desglose.[1]
- Recibos del alquiler desde enero de 2026 (o desde el inicio del contrato) hasta el último mes vencido, solo por transferencia, domiciliación o ingreso en banco. Tienen que decir quién paga, quién cobra y su cuenta, el mes, el importe y la fecha. No valen recibos en efectivo firmados por el casero ni con tachaduras.[1]
- Contrato de trabajo y vida laboral de los 6 meses anteriores (o alta de actividad si eres autónomo, o la resolución de la prestación que cobras).[1]
- Certificado del banco de que eres titular de la cuenta donde se ingresará la ayuda y desde la que pagas el alquiler.[1]
- Certificado o volante colectivo de empadronamiento con la fecha de alta (y certificado de convivencia si es una vivienda), si tu ayuntamiento no permite consultarlo de oficio. Copia del DNI/NIE tuyo y, si es una vivienda, de los convivientes.[4]
Plazos
- Convocatoria 2026-2027: solicitudes del 1 al 30 de septiembre de 2026. Las presentadas fuera de plazo se inadmiten.[1]
- Si te falta algún documento, te lo piden en un listado publicado en la web y en el BOIB, y tienes 10 días para corregirlo; si no, se entiende que desistes.[1]
- Si cambias de piso dentro de Baleares, tienes que comunicarlo en 15 días desde que firmas el nuevo contrato (anexo 3, con el contrato y el nuevo empadronamiento). Sigues cobrando si el nuevo piso cumple y no hay meses sin contrato entre uno y otro.[1]
Dónde y cómo se presenta
- Por internet, en el trámite «Subvención Bono Alquiler Joven 2026-2027» de la sede electrónica del Govern, con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve permanente. Es la vía preferente; los recibos posteriores también se presentan preferentemente por internet.[3]
- En persona, en cualquier oficina de registro (del Govern, del Estado, de otra comunidad o de un ayuntamiento), o por correo administrativo con el sobre abierto.[3]
- Puedes pedir cita previa en la Dirección General de Vivienda y Arquitectura (Camí dels Reis, 308, Palma) por internet, en la app «Cita Previa GOIB» o llamando al 012. Teléfono de información: 971 177 300.[5]
- Con cita previa, en las oficinas de la Dirección General de Vivienda y Arquitectura y del IBAVI en Menorca, Eivissa y Formentera te ayudan a hacer el trámite por internet.[1]
Cuánto tarda la respuesta
El Govern tiene 6 meses desde que acaba el plazo de solicitudes (30/09/2026) para resolver y publicar la resolución en el BOIB. Si no lo hace, se entiende denegada (silencio negativo).[1]
Con qué es compatible
- No se puede sumar a otra ayuda pública para el alquiler (del Govern, de un ayuntamiento u otra administración). Tienes que declarar que no cobras la Renta Básica de Emancipación ni tienes reducción del alquiler del programa de renta adecuada del IBAVI.[1]
- Sí es compatible con pensiones no contributivas, con el Ingreso Mínimo Vital y con ayudas para personas especialmente vulnerables; en ese caso, la suma no puede pasar del alquiler.[1]
Si te la deniegan
- La resolución agota la vía administrativa: puedes presentar recurso potestativo de reposición ante el consejero de Vivienda, Territorio y Movilidad en 1 mes desde el día siguiente a su publicación en el BOIB, o ir directamente al contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en 2 meses.[1]
Lo que tienes que cumplir si te la conceden
- Tienes que dedicar toda la ayuda a pagar el alquiler y presentar los recibos en los plazos de justificación.[1]
- Tienes que comunicar cualquier cambio que afecte a los requisitos en 15 días desde que ocurra. Si no lo haces y dejas de tener derecho, te pueden pedir que devuelvas lo cobrado.[1]
- Si te piden documentación en un control, tienes 10 días hábiles para entregarla.[1]
Preguntas frecuentes
¿Puedo pedir ya el Bono Alquiler Joven en Baleares?
Ahora no: el plazo de la convocatoria 2026-2027 fue del 1 al 30 de septiembre de 2026 y está cerrado. Hay que esperar a una nueva convocatoria en el BOIB.[3]
¿Cuál es el alquiler máximo para cobrarlo en Baleares?
900 € al mes por una vivienda y 450 € al mes por una habitación, en todos los municipios de las islas.[1]
¿Qué ingresos máximos piden?
Que los ingresos de 2025 de todos los que viven en el piso no pasen de 3 veces el IPREM: 25.200 €. Si alquilas una habitación, solo cuentan los tuyos.[4]
Compartimos piso, ¿lo podemos pedir todos?
Sí, la solicitud es individual: cada joven que cumpla los requisitos la pide por su cuenta. Entre todos no podéis cobrar más que el alquiler.[4]
¿Valen los pagos en efectivo?
No. Solo valen transferencias, domiciliaciones o ingresos en banco, con el mes y el importe en el concepto.[1]
¿Es compatible con el Ingreso Mínimo Vital?
Sí, igual que con las pensiones no contributivas, siempre que entre todo no pases del alquiler.[1]