Ayudas al alquiler en La Rioja

La convocatoria está cerrada ahora mismo. Te explicamos requisitos y cuantías, y si quieres te avisamos cuando se abra la siguiente para presentarla a tiempo. La concede: Gobierno de La Rioja – Consejería de Política Local, Infraestructuras y Lucha contra la Despoblación, Dirección General de Urbanismo y Vivienda (Servicio de Inspección, Ordenación y Planes).

Datos comprobados en fuentes oficiales el 19/10/2026.

Quién la concedeGobierno de La Rioja – Consejería de Política Local, Infraestructuras y Lucha contra la…
Cuándo se pideBono Alquiler Joven 2026-2027: ABIERTO del 2/06/2026 al 30/04/2027 (salvo que se suspenda…

Qué es la ayudas al alquiler de vivienda del Gobierno de La Rioja

El Gobierno de La Rioja tiene varias ayudas para pagar el alquiler de tu vivienda o habitación habitual, con dinero del Plan Estatal de Vivienda y bases propias. La ayuda general al alquiler paga el 40% del alquiler a hogares con ingresos de hasta 3 veces el IPREM (4 o 5 en algunos casos); la de jóvenes de hasta 35 años paga el 60%; y la de vulnerabilidad sobrevenida, para quien ha perdido ingresos, paga entre el 60% y el 100%. Estas tres admitieron solicitudes hasta el 1 de septiembre de 2025 y ahora solo siguen cobrando quienes ya las tienen concedidas. La que está abierta en octubre de 2026 es el Bono Alquiler Joven: 250 € al mes durante dos años para menores de 36 años.

Requisitos principales

  • Ayuda al alquiler general: tienes que ser mayor de edad y titular de un contrato de alquiler o cesión de uso de una vivienda o habitación en La Rioja, que sea tu residencia habitual (acreditada con el padrón) durante toda la ayuda. Si eres extranjero de fuera de la UE, necesitas autorización de estancia o residencia.[1]
  • Ayuda al alquiler general: los ingresos anuales de todos los que viven en la vivienda tienen que ser iguales o menores a 3 veces el IPREM; 4 veces si es familia numerosa general, hay discapacidad o víctimas de terrorismo; 5 veces si es familia numerosa especial o discapacidad del 33% o más. Si alquilas una habitación, solo cuentan tus ingresos.[2]
  • Ayuda al alquiler general y de jóvenes: el alquiler no puede pasar de 600 € al mes por la vivienda (sin gastos de comunidad, garaje ni trastero) o de 300 € al mes por una habitación, incluidas las subidas posteriores.[2]
  • Ayuda al alquiler general y de jóvenes: nadie que viva en la vivienda puede ser propietario o usufructuario de una vivienda en España (con excepciones por separación, divorcio, causa ajena o falta de accesibilidad), ni familiar hasta segundo grado del casero, ni socio de quien alquila.[1]
  • Ayuda al alquiler para jóvenes: tenías que tener 35 años o menos al pedirla. El límite de ingresos es de 3 veces el IPREM (4 si hay discapacidad o eres hijo de víctima de violencia de género; 5 con discapacidad del 33% o más).[1]
  • Ayuda por vulnerabilidad sobrevenida: los ingresos netos del hogar tenían que haber bajado al menos un 20% hasta no pasar de 3 veces el IPREM, el alquiler (con gastos repercutidos) tenía que superar el 30% de esos ingresos y el alquiler no podía pasar de 600 € al mes. Lo acreditan los servicios sociales municipales con un informe.[3]

Cuánto se cobra

  • Ayuda al alquiler general: el 40% del alquiler mensual, calculado sobre el último recibo pagado antes de la solicitud. No sube aunque suba el alquiler. Se concede por 2 años y, tras revisar tu situación, se puede ampliar otros 3 años.[1]
  • Ayuda al alquiler para jóvenes: el 60% del alquiler mensual, durante 5 años o hasta que cumplas 36. Si además cobras el Bono Alquiler Joven, esta ayuda es de hasta el 40% de la diferencia entre el alquiler y los 250 € del Bono, y entre las dos no pueden pasar del 75% del alquiler.[1]
  • Ayuda por vulnerabilidad sobrevenida: según los ingresos del hogar, el 100% del alquiler (hasta 1 vez el IPREM), 90% (hasta 1,5), 80% (hasta 2), 70% (hasta 2,5) o 60% (hasta 3 veces el IPREM), con un alquiler máximo de 600 €, mientras dure la vulnerabilidad y como mucho 2 años.[3]
  • Bono Alquiler Joven 2026-2027: 250 € al mes durante 2 años, sin pasar del alquiler (máximo 6.000 €).[4]

Es lo que fija la norma: tu importe concreto depende de tus ingresos y de tu hogar, y lo calcula el organismo.

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Documentos que necesitas

  • Solicitud en el modelo oficial (procedimiento 22627 para la ayuda general) y ficha de alta de terceros sellada por el banco, salvo que ya la hayas presentado.[2]
  • Contrato de alquiler o cesión de uso vigente en la fecha de la solicitud y recibo del último mes pagado, con el alquiler separado de comunidad, suministros, garaje o trastero.[1]
  • Nota simple del Índice Central del Registro de la Propiedad de los solicitantes y de todos los que viven en la vivienda (y nota simple de las viviendas que tengan, si sale alguna).[1]
  • Certificado o volante de empadronamiento con todas las personas que viven en la vivienda.[2]
  • Si no autorizas la consulta de tus datos: DNI/NIE, permiso de residencia, declaración de la renta de todos los convivientes y certificados de estar al corriente con Hacienda estatal, Hacienda de La Rioja y Seguridad Social. Si declaras la renta en el País Vasco o Navarra, copia de la declaración.[1]

Plazos

  • Ayuda al alquiler general y ayuda para jóvenes: se podían pedir desde el 24 de septiembre de 2022 hasta el 1 de septiembre de 2025. El trámite está «Fuera de plazo de solicitud».[2]
  • Ayuda por vulnerabilidad sobrevenida: plazo de solicitud del 22 de octubre de 2022 al 1 de septiembre de 2025, cerrado.[5]
  • Bono Alquiler Joven 2026-2027: puedes presentar la solicitud del 2 de junio de 2026 al 30 de abril de 2027; puede suspenderse antes si las solicitudes superan el dinero disponible.[4]

Dónde y cómo se presenta

  • Por internet, en la Oficina electrónica del Gobierno de La Rioja (www.larioja.org), desde la ficha de cada trámite, con DNI electrónico o certificado digital.[2]
  • En persona, en la Dirección General de Urbanismo y Vivienda (calle Marqués de Murrieta 76, Logroño) o en el Servicio de Atención al Ciudadano (calle Beti Jai 1, Logroño), o en cualquier registro oficial. No tiene tasa.[2]
  • Información: Servicio de Inspección, Ordenación y Planes, teléfono 941 29 41 80; Servicio de Atención a la Ciudadanía, 900 700 333 (lunes a viernes de 8:30 a 14:30); problemas técnicos con el trámite en línea, 941 29 88 85.[2]

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Cuánto tarda la respuesta

El Gobierno de La Rioja tiene 6 meses desde que recibe la solicitud para resolver y notificar. Si no contesta en ese plazo, se entiende denegada (silencio negativo).[1]

Con qué es compatible

  • La ayuda al alquiler general no se puede cobrar junto con otras ayudas al alquiler del Plan Estatal ni de La Rioja, ayuntamientos u otras administraciones, salvo las destinadas a víctimas de violencia de género, desahuciados, personas sin hogar y otras especialmente vulnerables. No afecta cobrar una pensión no contributiva o el Ingreso Mínimo Vital.[1]
  • La ayuda al alquiler para jóvenes sí es compatible con el Bono Alquiler Joven, con el límite del 75% del alquiler entre las dos.[1]

Si te la deniegan

  • Contra la resolución puedes presentar recurso potestativo de reposición o ir directamente al recurso contencioso-administrativo.[2]
  • El recurso de reposición se presenta en 1 mes desde el día siguiente a la notificación (art. 124 de la Ley 39/2015); el contencioso-administrativo, en 2 meses.[6]

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Lo que tienes que cumplir si te la conceden

  • Tienes que comunicar en 15 días cualquier cambio que pueda hacerte perder la ayuda, incluso mientras se tramita. Si no lo haces, te pueden reclamar lo cobrado y perder los meses no justificados.[1]
  • Si cambia el alquiler, comunícalo en los primeros 15 días hábiles de la nueva renta con el nuevo contrato o un anexo firmado. Si subes el alquiler, la ayuda no sube; si baja, se recalcula.[1]
  • Si te mudas a otra vivienda de La Rioja, comunícalo en 15 días hábiles desde el nuevo contrato, sin que haya interrupción entre contratos. La ayuda se ajusta a la nueva renta, pero nunca sube.[1]
  • Tienes que comunicar si recibes otras ayudas para el mismo fin.[1]

Preguntas frecuentes

¿Está abierta la ayuda al alquiler en La Rioja?

La ayuda general no: admitió solicitudes hasta el 1 de septiembre de 2025. Sí está abierto el Bono Alquiler Joven para menores de 36 años, hasta el 30 de abril de 2027.[2]

¿Cuánto pagaba la ayuda general al alquiler?

El 40% del alquiler mensual, con un alquiler máximo de 600 € por vivienda o 300 € por habitación, durante 2 años ampliables otros 3.[1]

Ya cobro la ayuda, ¿qué tengo que hacer cada mes?

Presentar entre el día 1 y el 15 de cada mes el justificante bancario del pago del alquiler. Los meses no justificados a 31 de diciembre se pierden.[1]

He perdido ingresos y no puedo pagar el alquiler, ¿hay ayuda?

Existía la ayuda por vulnerabilidad sobrevenida (hasta el 100% del alquiler), pero su plazo acabó el 1 de septiembre de 2025.[5]

¿Es compatible con el Ingreso Mínimo Vital?

Sí. Cobrar el IMV o una pensión no contributiva no impide recibir la ayuda general al alquiler.[1]

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