Ayudas para personas con discapacidad en Navarra

La convocatoria está cerrada ahora mismo. Te explicamos requisitos y cuantías, y si quieres te avisamos cuando se abra la siguiente para presentarla a tiempo. La concede: Gobierno de Navarra – Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas (ANADP), Departamento de Derechos Sociales, Economía Social y Empleo; y Departamento de Salud (Servicio de Humanización, Aseguramiento y Coordinación Interdepartamental).

Datos comprobados en fuentes oficiales el 19/10/2026.

Quién la concedeGobierno de Navarra – Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas (ANADP)…
Cuándo se pideProductos de apoyo 2026: abierta desde el día siguiente al BON de 21/04/2026 hasta el…

Qué es la ayudas para personas con discapacidad en Navarra

Navarra tiene tres ayudas propias que pagan gastos por discapacidad: las ayudas para comprar productos de apoyo de la ANADP (sillas de ducha, asideros, colchones antiescaras, tablas de transferencia, gafas y lentillas para baja visión, laringófonos…), con un máximo de 1.500 € por persona y un porcentaje según los ingresos de la familia; y dos subvenciones del Departamento de Salud para menores de 23 años (o hasta 26 con un 65% de discapacidad) que pagan sesiones de terapia: una para daño cerebral adquirido y patologías neurológicas afines y otra para trastorno del espectro autista. Las tres son convocatorias anuales: la de productos de apoyo admite solicitudes hasta el 31 de octubre de 2026 y las de Salud ya han cerrado su plazo de 2026.

Requisitos principales

  • Productos de apoyo: vivir de forma efectiva y continuada en Navarra al menos el año anterior a la solicitud, estar al corriente con la Hacienda foral y no estar en las prohibiciones de la Ley Foral de Subvenciones.[1]
  • Productos de apoyo para el cuidado personal (aseo, baño, vestido, comida, colchones): tener algún grado de discapacidad o dependencia, o ser mayor de 65 años con una patología que te haga perder autonomía, acreditada con informe de un profesional sanitario.[1]
  • Productos de apoyo para la movilidad (transferencias, silla de tránsito): limitación del 75% o más en «transferir el propio cuerpo» en la valoración de discapacidad, dificultades concretas en la valoración de dependencia, o dependencia severa o gran dependencia.[1]
  • Gafas o lentillas: al menos un 25% de deficiencia visual por pérdida de agudeza visual central (si no la tienes reconocida, con informe oftalmológico). Solo una unidad de gafas por convocatoria, y gafas o lentillas, no las dos salvo prescripción médica de la red pública.[1]
  • Productos de apoyo: no haber cobrado en los dos últimos años una ayuda para lo mismo, salvo que el nuevo producto sea complementario o se deba a un empeoramiento de la dependencia.[1]
  • Tratamiento de daño cerebral adquirido (Salud): diagnóstico de DCA o patología neurológica afín por neuropediatría o neurología antes de los 18 años; tener menos de 23 años (o menos de 26 con un 65% de discapacidad reconocida antes de los 23) al recibir la terapia; residir en Navarra al menos un año antes del 30/06/2026; y que un profesional haya indicado la terapia.[2]

Cuánto se cobra

  • Productos de apoyo: máximo 1.500 € por persona (mínimo 5 €). Se paga un porcentaje del coste (o del máximo fijado para cada producto, si es menor) según los ingresos anuales de la unidad familiar y su tamaño: el 100% hasta 21.559 € para una persona sola o hasta 32.338 € para dos; luego el 75%, el 50% y el 25%, este último hasta 32.805 € (una persona) o 49.205 € (dos).[1]
  • Productos de apoyo, ejemplos de importe máximo subvencionable en 2026: gafas 580 € (montura hasta 100 €); lentillas 480 €; colchón antiescaras 500 €; silla de ducha 265,50 €; silla de baño basculante 550 €; plataforma de transferencia 500 €; laringófono 445 €.[1]
  • Tratamiento de DCA y de TEA: hasta 40 € por sesión individual y 16 € por sesión grupal, con un máximo de 8 sesiones al mes de cada terapia. Si el dinero no llega, se prorratea. La convocatoria de DCA tiene 70.000 € y la de TEA 173.307,17 €.[3]
  • Tratamiento de TEA: las solicitudes de hasta 549 € (cuantía mínima de referencia de 2026) se pagan al 100% si el presupuesto lo permite.[3]

Es lo que fija la norma: tu importe concreto depende de tus ingresos y de tu hogar, y lo calcula el organismo.

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Documentos que necesitas

  • Productos de apoyo: solicitud en el modelo oficial (Anexo III) firmada; certificado o volante de empadronamiento con antigüedad, de menos de 3 meses; y solicitud de abono por transferencia (SAT).[1]
  • Productos de apoyo: factura con fecha entre el 1/11/2025 y la solicitud (en gafas, con cristales y montura por separado) y justificante del pago (si pagas en efectivo, la factura debe llevar firma, sello y decir «pagado en efectivo»).[1]
  • Productos de apoyo: informe de un profesional de salud que justifique la necesidad si no tienes reconocido el grado de discapacidad o dependencia que pide el producto; declaración de ingresos (Anexo IV) si no haces la renta; DNI y declaración de la renta solo si no autorizas la consulta.[1]
  • Tratamiento de DCA: DNI/NIE, empadronamiento con antigüedad (menos de 3 meses), informe médico de neuropediatría o neurología con el diagnóstico, certificado de discapacidad si tienes entre 23 y 26 años, informe que indique la terapia, informe del terapeuta con resultados, facturas con número de sesiones y justificantes de pago.[2]
  • Tratamiento de DCA o TEA: si la familia cobra la Renta Garantizada o hay víctima de violencia de género, la resolución o acreditación correspondiente, para quedar fuera del prorrateo.[2]

Plazos

  • Productos de apoyo 2026: hasta el 31 de octubre de 2026 o hasta que se acaben los 50.000 €. Valen compras hechas entre el 1 de noviembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026. Se resuelve por orden de llegada de las solicitudes completas.[1]
  • Tratamiento de DCA 2026: solicitudes del 3 de junio al 3 de julio de 2026, por terapias recibidas del 1/07/2025 al 30/06/2026.[2]
  • Tratamiento de TEA 2026: 20 días naturales desde el día siguiente a la publicación en el BON (7/09/2026), por tratamientos del 1/10/2025 al 30/06/2026.[3]

Dónde y cómo se presenta

  • Productos de apoyo: preferentemente en la web de la convocatoria en navarra.es (con firma electrónica) o en cualquier registro oficial. No tiene tasa.[1]
  • Tratamiento de TEA: por el botón de tramitación de la ficha del Catálogo de Trámites del Gobierno de Navarra, por el Registro General Electrónico o en el Registro del Departamento de Salud (calle Tudela 20, Pamplona).[4]
  • Tratamiento de DCA: por el botón «tramitar» de la ficha del Catálogo de Servicios del Gobierno de Navarra, por el Registro General Electrónico o en el Registro del Departamento de Salud (calle Tudela 20, Pamplona). Si la presentas por Correos, en sobre abierto.[2]

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Cuánto tarda la respuesta

Productos de apoyo: la ANADP tiene 3 meses desde tu solicitud para resolver y notificar; si no contesta, puedes entenderla denegada. En las de Salud (DCA y TEA), 3 meses desde el fin del plazo de solicitudes, también con silencio negativo.[1]

Con qué es compatible

  • Productos de apoyo: incompatible con otras ayudas públicas para lo mismo; no se paga lo que deba financiar otro departamento, el Estado o la Seguridad Social. No se puede repetir el mismo concepto en 2 años salvo causa justificada.[1]
  • Tratamiento de DCA y de TEA: compatibles con otras ayudas, sin que el total pase del coste del tratamiento. Tienes que declarar las otras ayudas que hayas recibido.[2]

Si te la deniegan

  • Productos de apoyo: recurso de alzada ante la consejera de Derechos Sociales, Economía Social y Empleo contra la resolución expresa o presunta.[1]
  • Tratamiento de DCA o TEA: recurso de alzada ante el consejero de Salud en el plazo de 1 mes desde la publicación o notificación.[2]

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Lo que tienes que cumplir si te la conceden

  • Tratamiento de DCA: comunicar cualquier otra ayuda para el mismo fin en cuanto la conozcas y, en todo caso, antes del 3 de julio de 2026.[2]
  • Productos de apoyo: la solicitud autoriza a consultar tu grado de discapacidad o dependencia, tu historia social, tu identidad y la renta familiar en Hacienda Foral; si te opones, tienes que aportar esos documentos.[1]

Preguntas frecuentes

¿Navarra ayuda a pagar las gafas a personas con baja visión?

Sí, con las ayudas de productos de apoyo de 2026: hasta 580 € (montura máximo 100 €) si tienes al menos un 25% de deficiencia visual, aplicando un porcentaje según los ingresos familiares. Se pide hasta el 31/10/2026.[1]

¿Puedo pedirla si ya he comprado el producto?

Sí. Valen facturas desde el 1 de noviembre de 2025 hasta la fecha de la solicitud, con su justificante de pago.[1]

¿Cuánto me pagan por los productos de apoyo?

Un porcentaje del coste (o del máximo de cada producto): el 100% con ingresos familiares de hasta 21.559 € si vives solo, bajando al 75%, 50% o 25%. Como mucho 1.500 € por persona.[1]

¿Hay ayudas para la terapia de un niño con autismo en Navarra?

Sí, el Departamento de Salud subvenciona hasta 40 € por sesión individual y 16 € por grupal (8 sesiones al mes por terapia) a menores de 23 años con TEA. El plazo de 2026 fue de 20 días naturales desde el 8 de septiembre.[3]

¿Y para daño cerebral adquirido?

Sí: fisioterapia, terapia ocupacional, deglución, psicología, neuropsicología, terapia visual y productos de apoyo para menores de 23 años (o hasta 26 con un 65% de discapacidad). En 2026 se pidió del 3 de junio al 3 de julio.[2]

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