Ayudas al alquiler en Región de Murcia
La convocatoria está cerrada ahora mismo. Te explicamos requisitos y cuantías, y si quieres te avisamos cuando se abra la siguiente para presentarla a tiempo. La concede: Comunidad Autónoma de la Región de Murcia – Consejería de Infraestructuras y Desarrollo Territorial (ayudas del Plan de Vivienda); la deducción autonómica del IRPF se aplica en la declaración de la renta ante la Agencia Tributaria.
Datos comprobados en fuentes oficiales el 19/10/2026.
Qué es la ayudas al alquiler en la Región de Murcia
A 19 de octubre de 2026, en la Región de Murcia no hay abierta ninguna convocatoria de ayudas para pagar el alquiler: la última del programa de alquiler (2024) cerró el 1 de marzo de 2025 y la del Bono Alquiler Joven (2025) cerró el 30 de junio de 2025; ahora solo se están pagando las ya concedidas. Lo que sí está vigente es una ayuda propia de la Comunidad en la declaración de la renta: si tienes 40 años o menos, eres familia numerosa o tienes una discapacidad del 65% o más, puedes deducirte el 10% de lo que pagas de alquiler, hasta 300 € al año por contrato, si tus ingresos no pasan de los límites.
Requisitos principales
- Deducción por alquiler: tienes que cumplir al menos una de estas tres condiciones a 31 de diciembre: tener 40 años o menos, formar parte de una familia numerosa o tener una discapacidad reconocida del 65% o más. En declaración conjunta basta con que uno de los cónyuges cumpla la edad.[1]
- Deducción por alquiler: tiene que ser el alquiler de tu vivienda habitual, en la que vives de verdad, situada en la Región de Murcia. No se exige una duración mínima del contrato.[2]
- Deducción por alquiler: tu base imponible general menos el mínimo personal y familiar tiene que ser inferior a 40.000 €, y tu base imponible del ahorro no puede pasar de 1.800 €.[1]
- Deducción por alquiler: tienes que ser titular del contrato y haber presentado por él el modelo del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP y AJD) a 31 de diciembre, o antes de que acabe su plazo si aún no ha terminado. Aunque el alquiler de vivienda está exento, hay que presentar la autoliquidación.[2]
- Deducción por alquiler: ni tú ni nadie de tu unidad familiar puede tener más del 50% de otra vivienda (en propiedad o en usufructo), y no puedes tener derecho ese año a ninguna deducción por inversión en vivienda habitual.[1]
Cuánto se cobra
- Deducción por alquiler: el 10% de lo que hayas pagado de alquiler en el año (sin contar la parte que te haya pagado una subvención), con un máximo de 300 € al año por contrato, tanto en declaración individual como conjunta.[1]
- Deducción por alquiler: si dos personas del mismo contrato tienen derecho, los 300 € como máximo se reparten a partes iguales entre las dos declaraciones. Si uno no puede aplicarla por superar el límite de ingresos, no se reparte. En gananciales, corresponde a los dos cónyuges a partes iguales aunque el contrato esté a nombre de uno.[2]
Es lo que fija la norma: tu importe concreto depende de tus ingresos y de tu hogar, y lo calcula el organismo.
Documentos que necesitas
- El contrato de alquiler de tu vivienda habitual a tu nombre.[1]
- Facturas o recibos del alquiler y el justificante de que pagaste con tarjeta, transferencia, cheque nominativo o ingreso en la cuenta del casero. Lo pagado en efectivo no cuenta nunca.[1]
- El justificante de haber presentado el modelo del ITP y AJD por el contrato de alquiler.[2]
- En la declaración tendrás que poner el NIF del casero (o su número de identificación del país donde viva si no tiene NIF), lo pagado no subvencionado y cuántas personas tienen derecho; si eres familia numerosa, márcalo. Ten a mano el título de familia numerosa o el certificado de discapacidad si es tu caso.[3]
Plazos
- Deducción por alquiler: se aplica en la declaración de la renta del año en que pagaste el alquiler (por ejemplo, lo pagado en 2026 va en la renta de 2026, que se presenta en 2027).[1]
- Programa de ayudas al alquiler de la Comunidad (convocatoria de 2024): el plazo terminó el 1 de marzo de 2025. Bono Alquiler Joven de Murcia (2.ª convocatoria): el plazo terminó el 30 de junio de 2025. Hoy no se pueden pedir.[4]
Dónde y cómo se presenta
- Deducción por alquiler: la aplicas tú mismo en tu declaración de la renta, gratis, en Renta Web de la Agencia Tributaria, en el apartado de deducciones autonómicas de la Región de Murcia (los datos pasan al anexo B.11).[3]
- Las convocatorias de ayudas al alquiler de la Comunidad se piden en la sede electrónica de la CARM (sede.carm.es) cuando están abiertas; se publican en el BORM y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.[5]
Cuánto tarda la respuesta
La deducción no necesita resolución: se aplica en tu declaración. Si Hacienda la revisa, te enviará una propuesta de liquidación a la que puedes presentar alegaciones antes de que te liquide.[6]
Con qué es compatible
- La deducción solo se calcula sobre lo que pagas tú y no te paga una subvención: si cobras una ayuda al alquiler, esa parte no cuenta.[1]
- Es incompatible con tener derecho ese mismo año a una deducción por inversión en vivienda habitual.[1]
Si te la deniegan
- Si Hacienda te quita la deducción con una liquidación, puedes presentar recurso de reposición en 1 mes desde el día siguiente a la notificación, o directamente reclamación económico-administrativa en el mismo plazo de 1 mes.[6]
- La reclamación económico-administrativa se presenta en el plazo de 1 mes desde el día siguiente a la notificación del acto que recurres.[7]
Lo que tienes que cumplir si te la conceden
- Guarda los recibos y justificantes bancarios del alquiler y el justificante del ITP: Hacienda te los puede pedir para comprobar la deducción.[1]
- Paga siempre el alquiler por banco o tarjeta: lo pagado en efectivo no da derecho a la deducción.[2]
Preguntas frecuentes
¿Hay ayudas al alquiler abiertas ahora en la Región de Murcia?
No, a 19 de octubre de 2026 no hay convocatoria abierta de la Comunidad. La última del programa de alquiler cerró el 1/03/2025 y la del Bono Alquiler Joven el 30/06/2025. Sí puedes aplicar la deducción por alquiler en la renta.[5]
¿Cuánto me puedo deducir por el alquiler en la renta en Murcia?
El 10% de lo que pagas de alquiler, con un máximo de 300 € al año por contrato, si tienes 40 años o menos, eres familia numerosa o tienes una discapacidad del 65% o más.[1]
Tengo 45 años, ¿me puedo deducir el alquiler en Murcia?
Solo si eres familia numerosa o tienes una discapacidad reconocida del 65% o más. Si no, a partir de los 41 años no puedes aplicar esta deducción.[1]
Pago el alquiler en efectivo, ¿puedo deducirlo?
No. Solo cuenta lo pagado con tarjeta, transferencia, cheque nominativo o ingreso en la cuenta del casero, y justificado con factura o recibo.[1]
Mi casero no ha presentado nada en Hacienda, ¿puedo deducirme el alquiler?
Lo que se exige es que tú, como inquilino, hayas presentado el modelo del ITP y AJD por el contrato. Si no está presentado a 31 de diciembre (o dentro de su plazo), no puedes aplicar la deducción.[2]
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-10542
- https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-practicos/irpf-2025-deducciones-autonomicas/comunidad-autonoma-region-murcia/arrendamiento-vivienda-habitual.html
- https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-ayuda-presentacion/irpf-2025/10-cumplimentacion-irpf-deducciones-autonomicas/10_13-region-murcia/10_13_14-arrendamiento-vivienda-habitual.html
- https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/819030
- https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/771935
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-23186#a223
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-23186#a235