Ayudas para personas con discapacidad en Cantabria
Preparamos tu solicitud, la presentamos en tu nombre y te mandamos el justificante. La concede: Gobierno de Cantabria – Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad – Instituto Cántabro de Servicios Sociales (ICASS).
Datos comprobados en fuentes oficiales el 19/10/2026.
Qué es la ayudas para personas con discapacidad en Cantabria
La ayuda económica propia de Cantabria para personas con discapacidad son las «subvenciones para la promoción de la vida autónoma» del ICASS: pagan, total o parcialmente y con un tope por concepto, cosas como productos de apoyo, audífonos, gafas o prótesis dentales, la compra o adaptación del coche, obras para adaptar la vivienda o quitar barreras, el transporte a centros de día, tratamientos de rehabilitación o el carné de conducir. Son para personas menores de 65 años con una discapacidad reconocida del 33 % o más (y para mayores de 65), con ingresos bajos. Además, el ICASS reconoce el grado de discapacidad, los ayuntamientos dan la tarjeta de estacionamiento y en la renta hay deducciones autonómicas. Lo que te concedan depende de lo que pidas y de los topes de cada concepto.
Requisitos principales
- Vida autónoma: tienes que ser menor de 65 años con una discapacidad del 33 % o más reconocida antes de pedirla (o tener 65 años o más y no estar trabajando).[1]
- Vida autónoma: tienes que estar empadronado en un municipio de Cantabria cuando la pides.[1]
- Vida autónoma: lo que ganaste en enero del año en que la pides no puede pasar de dos veces el IPREM mensual (1.200 € con el IPREM de 2026, de 600 € al mes); si vives con familia, el límite sube un 50 % del IPREM (300 € en 2026) por cada miembro que cuenta. No cuentan las prestaciones de dependencia ni la prestación por hijo a cargo (salvo que la cobres por ti).[1]
- Vida autónoma: no puedes tener reconocida una prestación parecida por la Ley de Dependencia o por otro servicio público, ni pedir algo que deba pagarte otro sistema (sanidad, educación, mutuas, seguros).[2]
- Vida autónoma: si la compra, la obra o el servicio ya está hecho, tiene que ser de los 15 meses anteriores a la solicitud; y no puedes haber recibido otra ayuda por lo mismo en ese tiempo (5 años para productos de apoyo y electrodomésticos).[2]
- Tratamientos y carné de conducir (Anexo B): solo para personas de 18 a 64 años con discapacidad reconocida; para tratamientos, el Equipo de Valoración y Orientación del ICASS tiene que informar que son adecuados a tu discapacidad.[3]
Cuánto se cobra
- Vida autónoma: se puede pagar hasta el 100 % de lo que pides, sin pasar del coste real ni del tope de cada concepto.[1]
- Vida autónoma, topes del Anexo A: atención domiciliaria hasta 200 € al mes; compra de coche hasta 3.000 € y adaptación del coche hasta 1.600 € (no se subvencionan coches de más de 30.000 €); un audífono hasta 750 € y dos hasta 1.500 €; prótesis dental hasta 700 €; gafas graduadas hasta 150 € o dos cristales hasta 70 €.[4]
- Vida autónoma, productos de apoyo (solo los de la lista del Anexo A): por ejemplo, cama articulada con colchón hasta 600 € (con carro elevador hasta 1.000 €), salvaescaleras portátil hasta 2.500 €, scooter eléctrico hasta 2.000 € o motor auxiliar para silla de ruedas hasta 500 €. No se pagan los productos que da el Servicio Cántabro de Salud (material ortoprotésico) ni los del servicio de préstamo.[4]
- Vida autónoma, vivienda: adaptación funcional de la vivienda hasta 3.500 € en total (puertas hasta 300 € cada una, máximo 5); eliminación de barreras hasta 3.000 € (silla salvaescaleras de tramo recto hasta 2.000 €, plataforma elevadora vertical hasta 3.500 €).[4]
Es lo que fija la norma: tu importe concreto depende de tus ingresos y de tu hogar, y lo calcula el organismo.
Documentos que necesitas
- Vida autónoma: solicitud en el Anexo I (y Anexo II si actúa un guardador de hecho), más los anexos específicos que pida cada concepto (por ejemplo, Anexo VIII para adaptar el baño).[5]
- Vida autónoma: certificado de convivencia y justificantes de todos los ingresos de la familia del 1 al 31 de enero del año de la solicitud (nóminas, pensiones, paro, pensión de alimentos…); si eres autónomo, la declaración de la renta del año anterior.[2]
- Vida autónoma: si ya hiciste el gasto, facturas originales y prueba del pago; si no, presupuesto detallado (concepto, periodo y cuantía). Certificado bancario o ficha de tercero con la cuenta a tu nombre.[2]
- Vida autónoma: si no eres español, certificado de registro de ciudadano de la UE o tarjeta de residencia; si tu discapacidad no la reconoció Cantabria, la resolución o tarjeta y la petición de traslado del expediente.[2]
- Vida autónoma: el ICASS consulta tu identidad, padrón, situación tributaria y de Seguridad Social salvo que te opongas; si te opones, aportas DNI, certificado de empadronamiento y certificados de estar al corriente.[2]
- Productos de apoyo y audífonos: informe médico del Servicio Cántabro de Salud (para productos de apoyo no hace falta si tienes reconocida la dependencia en grado II o III); para obras en la vivienda, licencia de obra o comunicación previa del ayuntamiento.[4]
Plazos
- Vida autónoma: se puede pedir en cualquier momento desde la publicación del Decreto 44/2024 (BOC del 21/06/2024).[5]
- Vida autónoma: si el gasto ya está hecho, solo cuenta el de los 15 meses anteriores a la solicitud; para servicios continuados aún no prestados, el presupuesto puede cubrir como máximo 12 meses. Hay que pedir por separado lo ya hecho y lo que falta.[2]
- Si falta documentación, tienes 10 días para completarla; si no, se te tiene por desistido.[2]
Cómo te la tramitamos
Dónde y cómo se presenta
- Vida autónoma: por internet en la sede electrónica del Gobierno de Cantabria (trámite 2164) o en el Registro Electrónico Común (rec.cantabria.es), con certificado o Cl@ve.[5]
- Vida autónoma: en papel, en la oficina de registro del ICASS (Paseo de Altamira 87, Santander) o en cualquier registro del art. 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018 (ayuntamientos, Delegación del Gobierno, Correos…). Te informan gratis los servicios sociales de tu ayuntamiento, la trabajadora social de tu centro de salud y el 012.[5]
- Reconocimiento de la discapacidad: solicitud en el Centro de Evaluación, Valoración y Orientación del ICASS o en cualquier registro público. Tarjeta de estacionamiento: en tu ayuntamiento.[6]
Cuánto tarda la respuesta
Vida autónoma: el ICASS tiene 3 meses desde que tu solicitud entra en el registro para resolver y notificar; si no contesta, se entiende denegada (silencio negativo). Reconocimiento de la discapacidad: 6 meses.[2]
Con qué es compatible
- Vida autónoma: no se puede pagar lo que ya cubre una prestación de dependencia u otro servicio público de servicios sociales.[2]
- Vida autónoma: la subvención de transporte adaptado y la de traslado a centros son incompatibles entre sí.[4]
- Tratamientos: no los cubre si tienes derecho a plaza concertada por el ICASS o al servicio de promoción de la autonomía personal del catálogo de dependencia, ni si estás escolarizado o te los presta la sanidad pública o una mutua.[3]
Si te la deniegan
- Vida autónoma: la resolución del director del ICASS no agota la vía administrativa; puedes poner recurso de alzada ante la Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en 1 mes desde el día siguiente a la notificación. Si no te contestan, puedes recurrir el silencio en cualquier momento.[2]
- Grado de discapacidad: si no estás de acuerdo, el procedimiento de Cantabria está en la Orden PRE/142/2023 y el Real Decreto 888/2022.[6]
Lo que tienes que cumplir si te la conceden
- Vida autónoma: tienes que hacer lo que pediste en el plazo fijado y justificarlo con facturas a tu nombre y prueba de pago; si no, te la retiran y tienes que devolverla.[2]
- Obras en la vivienda: en la justificación pueden visitar tu casa para comprobar que la obra se ha hecho como se concedió.[4]
Preguntas frecuentes
¿Qué ayudas hay en Cantabria para comprar una cama articulada, un audífono o adaptar el baño?
Las subvenciones para la promoción de la vida autónoma del ICASS: por ejemplo, hasta 1.000 € por una cama articulada con carro elevador, hasta 750 € por un audífono o hasta 3.500 € por adaptar la vivienda, si tienes discapacidad del 33 % o más (o más de 65 años) e ingresos bajos.[4]
¿Hay plazo para pedirlas?
No hay convocatoria anual: desde junio de 2024 se pueden pedir en cualquier momento, siempre que el gasto ya hecho sea de los últimos 15 meses.[5]
¿Cuál es el límite de ingresos?
Lo ganado en enero no puede pasar de dos veces el IPREM mensual (1.200 € en 2026) para una persona, más 300 € por cada familiar con el que convivas que cuente.[1]
¿Dónde pido el certificado de discapacidad en Cantabria?
En el Centro de Evaluación, Valoración y Orientación del ICASS; es gratis y tienen 6 meses para resolver.[6]
¿Quién da la tarjeta de aparcamiento para personas con discapacidad?
Tu ayuntamiento, si tienes discapacidad del 33 % o más y dictamen de movilidad reducida del ICASS; es gratis y vale en toda España.[7]
- https://sede.cantabria.es/sede/catalogo-de-tramites/tramite/subvenciones-para-la-promocion-de-la-vida-autonoma/2164
- https://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do?idAnuBlob=406461
- https://www.serviciossocialescantabria.org/uploads/documentos/ANEXO%20B%20PVA%202024.pdf
- https://www.serviciossocialescantabria.org/uploads/documentos/ANEXO%20A%20PVA%202024.pdf
- https://www.serviciossocialescantabria.org/index.php?page=prestacion-economica-individual-para-la-promocion-de-la-vida-autonoma
- https://www.serviciossocialescantabria.org/index.php?page=servicio-de-valoracion-de-la-discapacidad
- https://www.serviciossocialescantabria.org/index.php?page=tarjeta-de-estacionamiento-de-vehiculos-para-personas-con-movilidad-reducida