Ayuda a la dependencia en Asturias
Preparamos tu solicitud, la presentamos en tu nombre y te mandamos el justificante. La concede: Principado de Asturias – Consejería de Derechos Sociales y Bienestar (Servicio de Atención a la Dependencia); ayudas por ELA: Consejería de Salud.
Datos comprobados en fuentes oficiales el 19/10/2026.
Qué es el dependencia en Asturias: reconocimiento del grado, PIA, cuantías propias del Principado y ayudas por ELA
La dependencia es una ley estatal, pero en Asturias la tramita y resuelve la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar con su propio procedimiento (Decreto 4/2023): en una sola solicitud se pide el grado y, en la misma resolución, se aprueba el Programa Individual de Atención (PIA) con el servicio o la ayuda económica que te toca. El Principado fija cuantías propias: un mínimo para la ayuda por cuidados en casa (100 a 200 € al mes según grado), una ayuda para pagar residencia privada de hasta 786,58 € al mes en cualquier grado y una ayuda para asistente personal de hasta 1.072,60 € al mes en grado III. Además, la Consejería de Salud convoca ayudas propias para personas con ELA (convocatoria 2026 abierta hasta el 28/10/2026).
Requisitos principales
- Estar en situación de dependencia y vivir en un concejo de Asturias cuando presentas la solicitud.[1]
- Haber vivido en España 5 años, 2 de ellos inmediatamente anteriores a la solicitud. En menores de 5 años se exige a quien tenga su guarda y custodia. Los emigrantes retornados que no lo cumplan pueden pedir prestaciones asistenciales equivalentes.[1]
- Desde el 23/10/2026, la Ley 4/2026 exime de los 5 años de residencia a solicitantes y beneficiarios de asilo, protección subsidiaria o protección temporal.[2]
- Ayuda por cuidados en el entorno familiar (Asturias): en grados II y III tienes que convivir con la persona cuidadora, que debe ser mayor de edad, cónyuge o familiar hasta el tercer grado (en zonas rurales o aisladas puede ser alguien de tu entorno que ya te cuidaba 1 año antes), y no tener ella misma dependencia reconocida.[3]
- Desde la modificación de 2023, la persona cuidadora no profesional también puede no ser familiar si hay un contrato laboral para ello (la sede tiene un modelo de declaración responsable de «cuidador no profesional – empleado»).[4]
- Ayuda para asistente personal (Asturias): tener más de 3 años, capacidad para decidir los apoyos (por ti o por tu representante) y contratar a una empresa acreditada o a una persona que no sea familiar ni pareja, dada de alta como autónoma y con la formación exigida.[5]
Cuánto se cobra
- Ayuda por cuidados en el entorno familiar en Asturias (euros al mes): grado III, de 200,00 a 455,40 €; grado II, de 150,00 a 315,90 €; grado I, de 100,00 a 180,00 €. Lo que cobras depende de tu capacidad económica.[1]
- Ayuda vinculada a una residencia privada acreditada en Asturias: de 314,63 a 786,58 € al mes, igual en los tres grados.[1]
- Ayuda vinculada a centro de día privado: grado III, de 500,55 a 747,25 €; grado II, de 298,28 a 445,30 €; grado I, de 210,00 a 445,30 € al mes.[1]
- Ayuda para asistente personal en Asturias: grado III, de 858,08 a 1.072,60 € al mes; grado I, de 360,00 a 450,00 € al mes. El Principado fijó para esta ayuda una intensidad superior a la garantizada por el Estado.[1]
Es lo que fija la norma: tu importe concreto depende de tus ingresos y de tu hogar, y lo calcula el organismo.
Documentos que necesitas
- Solicitud en el modelo normalizado de la sede (PSPM0006T01), con las preferencias de atención si las tienes claras.[1]
- Informe de salud firmado como mucho 6 meses antes por un profesional de la sanidad pública, de tu mutualidad o del sistema público de servicios sociales.[6]
- Ficha de acreedores y documento de domiciliación bancaria en modelo normalizado (si no lo diste antes como usuario de un servicio público). Si es para un menor, la cuenta tiene que estar a su nombre.[1]
- Según la ayuda que pidas: preferencia de centro (servicio público), factura del servicio privado (ayuda vinculada), declaración responsable de la persona cuidadora (cuidados en casa) o contrato con el asistente personal.[1]
- Si estás separado o divorciado: sentencia y convenio regulador; si cobras pensiones de otros países: certificado de importes.[6]
- DNI, certificados de residencia y empadronamiento, renta y patrimonio solo si tú o tus convivientes os oponéis a que la Administración los consulte.[6]
Plazos
- Reconocimiento de la dependencia: puedes pedirlo todo el año.[1]
- Si falta documentación te dan 10 días para aportarla; si no lo haces, se te tiene por desistido y tendrías que empezar de nuevo.[1]
- Ayudas ELA 2026: 20 días hábiles desde el 30/09/2026 hasta el 28/10/2026 a las 23:59 h. Si ya la cobraste en la convocatoria anterior de 2026, solo puedes volver a pedirla si te ha cambiado el grado de dependencia, y recibirías la diferencia.[7]
Cómo te la tramitamos
Dónde y cómo se presenta
- Por internet, en el Registro Electrónico del Principado de Asturias desde la ficha del trámite PSPM0006T01, con Cl@ve. Es gratis.[1]
- En persona, en las oficinas del Servicio de Atención Ciudadana, en las oficinas de registro de las consejerías o en cualquier registro oficial (art. 16.4 de la Ley 39/2015).[1]
- Tu centro de servicios sociales municipal te informa, orienta y acompaña gratis para rellenar la solicitud.[6]
- Ayudas ELA: por el Registro Electrónico del Principado (ficha AYUD0504T01) o en cualquier oficina de registro.[7]
Cuánto tarda la respuesta
El Decreto 4/2023 y la sede dan 6 meses para resolver el grado y el PIA; si no contestan, el silencio es ESTIMATORIO (positivo). Desde el 23/10/2026 la Ley estatal 4/2026 fija un plazo máximo de 3 meses para este procedimiento. Las ayudas ELA se resuelven en 2 meses desde el extracto, con silencio negativo.[6]
Con qué es compatible
- En Asturias, la ayuda por cuidados en casa, la vinculada al servicio y la de asistente personal son incompatibles con los demás servicios y ayudas del sistema, salvo prevención, promoción de la autonomía, teleasistencia y estancia temporal en residencia por descanso del cuidador (hasta 30 días al año).[3]
- La Ley 4/2026 suprime el régimen estatal de incompatibilidades desde el 23/10/2026, pero mantiene el de cada comunidad; las comunidades deben hacer compatibles todas las ayudas para vivir en casa antes del 1/01/2030.[2]
- Una persona cuidadora no puede atender a dedicación completa a más de dos personas dependientes.[3]
Si te la deniegan
- La resolución de grado y prestaciones pone fin a la vía administrativa: puedes presentar recurso potestativo de reposición ante la Consejería (1 mes) o ir al contencioso-administrativo (2 meses).[6]
- Si empeoras, puedes pedir la revisión del grado con un informe de salud que lo acredite; la Consejería tiene 6 meses para resolver. La revisión de la capacidad económica o del PIA se resuelve en 3 meses.[6]
Lo que tienes que cumplir si te la conceden
- Comunicar a la Consejería en 1 mes cualquier cambio personal o económico que afecte a tus ayudas; si no, te reclamarán lo cobrado de más.[6]
- Si te mudas a otra comunidad, tienes que comunicarlo a la Consejería.[6]
- Cuidados en casa: la persona cuidadora asume los compromisos de cuidado, hace la formación que le propongan y facilita las visitas de comprobación de los servicios sociales.[3]
- Ayuda vinculada: el centro o empresa privada tiene que estar acreditado por el Principado para cobrarla y mantenerla.[1]
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tardan en resolver la dependencia en Asturias?
La norma asturiana da 6 meses y, si no contestan, se entiende concedida (silencio positivo). Desde el 23/10/2026 la ley estatal fija 3 meses.[6]
¿Cuánto se cobra por cuidar a un familiar en Asturias?
Entre 200 y 455,40 € al mes en grado III, entre 150 y 315,90 € en grado II y entre 100 y 180 € en grado I, según la capacidad económica.[1]
¿Desde cuándo se cobra?
Desde la resolución o, si tardan, desde los 6 meses de la solicitud. Con ELA o enfermedades irreversibles de alta complejidad y en menores de 3 años, desde la solicitud.[4]
¿Hay ayudas especiales para personas con ELA en Asturias?
Sí: la Consejería de Salud convoca ayudas de hasta 15.000, 17.500 o 20.000 € según grado; la convocatoria 2026 está abierta hasta el 28/10/2026.[8]
¿Puede cuidarme alguien que no sea de mi familia y cobrar la ayuda?
En zonas rurales o aisladas, alguien de tu entorno que te cuidaba desde 1 año antes; y desde 2023 también una persona no familiar con contrato laboral.[4]
¿Qué pasa si me deniegan el grado?
Puedes presentar recurso de reposición ante la Consejería o ir al contencioso-administrativo; si empeoras, pide la revisión con un informe de salud nuevo.[6]
- https://miprincipado.asturias.es/-/dboid-6269000269979835407573
- https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-20528
- https://socialasturias.asturias.es/prestaci%C3%B3n-econ%C3%B3mica-para-cuidados-en-el-entorno-familiar
- https://miprincipado.asturias.es/bopa/2025/08/08/2025-06527.pdf
- https://socialasturias.asturias.es/prestaci%C3%B3n-econ%C3%B3mica-para-asistente-personal
- https://sede.asturias.es/bopa/2023/02/07/2023-00779.pdf
- https://miprincipado.asturias.es/-/dboid-6269000171370040507573
- https://miprincipado.asturias.es/bopa/2026/09/29/2026-07785.pdf