Ayudas para personas mayores en Galicia
La convocatoria está cerrada ahora mismo. Te explicamos requisitos y cuantías, y si quieres te avisamos cuando se abra la siguiente para presentarla a tiempo. La concede: Xunta de Galicia – Consellería de Política Social e Igualdade (Dirección Xeral de Maiores e Atención Sociosanitaria); tarifa +65: Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes (Dirección Xeral de Mobilidade).
Datos comprobados en fuentes oficiales el 19/10/2026.
Qué es la ayudas para personas mayores en Galicia: bonos de dependencia, Bienestar en Balnearios, tarifa +65 y teleasistencia
Además de las ayudas estatales (pensiones, dependencia), la Xunta de Galicia tiene programas propios para personas mayores. 1) Bono Cuidado en el Hogar: la Xunta completa la prestación de dependencia por cuidados en casa para que llegue al menos a 5.000 € al año (416,66 € al mes). 2) Bono Cuidado en Residencia: 100 € más al mes (1.200 € al año) sobre la prestación de dependencia para pagar una residencia privada. 3) Bienestar en Balnearios: estancias de 10 días en balnearios gallegos a precio reducido para mayores de 60 años (o de 55 si son pensionistas). 4) Tarifa +65: hasta 60 viajes gratis al mes en el transporte interurbano de la Xunta en 2026. 5) Teleasistencia para personas con dependencia, gratis si tus ingresos son bajos.
Requisitos principales
- Bono Cuidado en el Hogar: tener reconocida la dependencia y que tu Programa Individual de Atención (PIA) diga que lo adecuado son los cuidados en el entorno familiar. Ya tienes que estar recibiendo esos cuidados cuando se hace o revisa el PIA.[1]
- Bono Cuidado en el Hogar: la vivienda tiene que tener condiciones de habitabilidad, convivencia y accesibilidad para cuidarte. Con grado II o III, la persona cuidadora tiene que vivir contigo; con grado I puede no vivir contigo si te atiende de inmediato.[2]
- Bono Cuidado en el Hogar: la persona cuidadora tiene que ser mayor de edad, residir legalmente en España, estar empadronada en Galicia y ser tu cónyuge o pareja, un familiar hasta cuarto grado u otra persona de tu entorno de confianza propuesta por ti.[2]
- Bono Cuidado en Residencia: tener reconocida la dependencia y cobrar la libranza (prestación) vinculada a una plaza de residencia privada. Es igual para todos, sea cual sea tu renta y tu grado.[3]
- Bienestar en Balnearios 2026: tener 60 años o más (o 55 o más si eres pensionista de la Seguridad Social), estar empadronado y vivir en Galicia, valerte por ti mismo, no tener contraindicación médica para los tratamientos termales y sacar puntos suficientes en el baremo (edad e ingresos).[4]
- Bienestar en Balnearios 2026: puedes ir con tu cónyuge o pareja (aunque no tenga la edad), con un hijo o hija con discapacidad del 33 % que se valga solo, o con otra persona que cumpla todos los requisitos.[4]
Cuánto se cobra
- Bono Cuidado en el Hogar: la Xunta suma un 10 % a la prestación estatal por cuidados en el entorno familiar y, si con eso no llegas a 416,66 € al mes, la completa hasta esa cifra (5.000 € al año). Es igual sea cual sea tu renta y tu grado.[2]
- Bono Cuidado en Residencia: 100 € más al mes (1.200 € al año) sobre la prestación vinculada al servicio de residencia, desde 2024. Si ya lo cobrabas, se actualizó sin trámites.[3]
- Bienestar en Balnearios 2026: pagas por una estancia de 10 días y 9 noches 397 € (hotel de 4 estrellas o 3 superior), 368 € (hotel de 1 a 3 estrellas) o 285 € (otro alojamiento), con pensión completa, tratamientos termales, médico y seguro. La Xunta aporta al balneario hasta 262,13 €, 258,39 € o 247,39 € por plaza.[4]
- Tarifa +65 (2026): hasta 60 viajes al mes sin coste en los servicios públicos de transporte interurbano de la Xunta.[5]
Es lo que fija la norma: tu importe concreto depende de tus ingresos y de tu hogar, y lo calcula el organismo.
Documentos que necesitas
- Bonos de dependencia: no hay un formulario aparte. Se pide la valoración de la dependencia en los servicios sociales del concello o del centro de salud, y el equipo decide el recurso en tu PIA. Si ya cobras otra prestación, pides la revisión del PIA.[1]
- Bono Cuidado en el Hogar: un informe de los servicios sociales comunitarios, de salud o especializados tiene que dejar constancia de la habitabilidad, la convivencia y tu relación con la persona cuidadora.[2]
- Bienestar en Balnearios: solicitud (anexo I, procedimiento BS607A) y, según el caso, documento de representación, certificado de pensiones que no pague el INSS ni la Xunta, certificado de discapacidad del hijo o hija si no es de Galicia y libro de familia si vas con un hijo o hija con discapacidad.[4]
- Bienestar en Balnearios: si vas con tu pareja, acreditación de la relación (registro de parejas de hecho, libro de familia, Registro Civil o certificado de empadronamiento que muestre la convivencia).[4]
Plazos
- Bonos de dependencia y teleasistencia: se pueden pedir en cualquier momento, con la valoración de la dependencia.[6]
- Bienestar en Balnearios 2026: el plazo fue de un mes desde el día siguiente a la publicación de la orden (DOG de 26/05/2026); ya está cerrado. Los turnos son entre el 15 de julio y el 31 de diciembre de 2026 y hay lista de espera y lista de vacantes.[4]
- Tarifa +65: vigente del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026.[5]
Dónde y cómo se presenta
- Bonos de dependencia y teleasistencia: en los servicios sociales de tu concello o en tu centro de salud. Información gratuita en el Teléfono Social 900 333 666 (24H).[6]
- Bienestar en Balnearios: por internet en la sede electrónica de la Xunta (BS607A) con certificado digital o Chave365, o en papel en cualquier registro oficial.[4]
- Para dudas sobre los bonos de dependencia, la Xunta da el correo sxdependencia@xunta.gal.[3]
Cuánto tarda la respuesta
Bienestar en Balnearios: la Xunta tenía 2 meses desde la publicación de la orden para resolver y notificar; si no, la solicitud se entiende denegada (silencio negativo). Para la dependencia, ver el plazo de 3 meses de la Ley 4/2026 en «plazos».[4]
Con qué es compatible
- La teleasistencia es compatible con todos los servicios y libranzas de dependencia, salvo la residencia o la libranza vinculada a una residencia.[6]
- La Ley 4/2026 suprime las incompatibilidades estatales entre prestaciones de dependencia, pero mantiene las que ya fijan las comunidades autónomas. También elimina el plazo suspensivo de 2 años de la prestación por cuidados en el entorno familiar, y las que estuviesen suspendidas recuperan su vigencia.[7]
- La ayuda de Bienestar en Balnearios es compatible con otras para lo mismo, sin superar el coste de la estancia.[4]
- Con la Ley 4/2026, el derecho a las prestaciones de dependencia nace con la resolución de prestaciones o, si pasan 6 meses desde la solicitud sin resolverse, desde ese momento.[7]
Si te la deniegan
- Bienestar en Balnearios: la resolución pone fin a la vía administrativa. Cabe recurso potestativo de reposición en 1 mes, o contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia en 2 meses (6 si no te contestaron).[4]
Lo que tienes que cumplir si te la conceden
- Bienestar en Balnearios: si necesitas apoyos especiales (movilidad, alimentación, salud), tienes que avisar al balneario antes de incorporarte al turno.[4]
Preguntas frecuentes
Cuido a mi padre en casa, ¿cuánto paga la Xunta?
Si su PIA reconoce los cuidados en el entorno familiar, la Xunta añade un 10 % a la prestación estatal y garantiza como mínimo 416,66 € al mes (5.000 € al año), sea cual sea su renta y su grado.[2]
Mi madre está en una residencia privada, ¿hay alguna ayuda?
Sí, si tiene dependencia reconocida y le corresponde la prestación vinculada a residencia: la Xunta añade 100 € al mes (1.200 € al año). Si ya la cobraba, no hay que hacer nada.[3]
¿Los jubilados viajan gratis en autobús en Galicia?
Los mayores de 65 años tienen en 2026 hasta 60 viajes gratis al mes en el transporte público interurbano de competencia de la Xunta (tarifa +65).[5]
¿Cuánto cuesta el balneario de la Xunta?
En 2026, entre 285 € y 397 € por 10 días con pensión completa y tratamientos, según el alojamiento. El plazo de 2026 ya cerró; hay que esperar a la próxima convocatoria.[4]
¿Cambia algo en la dependencia con la nueva ley de 2026?
Sí: con la Ley 4/2026 hay un plazo máximo de 3 meses para resolver el grado, desaparecen las incompatibilidades estatales entre prestaciones (se mantienen las autonómicas) y se elimina el plazo suspensivo de 2 años de la prestación por cuidados familiares.[7]
- https://politicasocial.xunta.gal/es/areas/mayores-y-dependencia/bonos-para-personas-con-dependencia/bono-cuidado-en-el-hogar
- https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2023/20231201/AnuncioG0657-271123-0012_es.html
- https://politicasocial.xunta.gal/es/areas/mayores-y-dependencia/bonos-para-personas-con-dependencia/bono-cuidado-en-residencia
- https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2026/20260526/AnuncioG0762-120526-0001_es.html
- https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2025/20251126/AnuncioG0759-191125-0002_es.html
- https://politicasocial.xunta.gal/es/recursos/planes-y-programas/teleasistencia
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2026-20528