Pensión no contributiva en Galicia

Preparamos tu solicitud, la presentamos en tu nombre y te mandamos el justificante. La concede: Xunta de Galicia – Consellería de Política Social e Igualdade (departamentos territoriales, Servizo de Prestacións, Inclusión e Inmigración).

Tramitar por WhatsAppPrecio cerrado · 59 €

Datos comprobados en fuentes oficiales el 19/10/2026.

Quién la concedeXunta de Galicia – Consellería de Política Social e Igualdade (departamentos…
Cuándo se pidePNC de jubilación (BS650G), de incapacidad (BS650A) y complemento de alquiler (BS650F)…
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Qué es la pensión no contributiva en Galicia y ayuda extraordinaria anual de la Xunta para pensionistas no contributivos

La pensión no contributiva (PNC) de jubilación o de incapacidad es una pensión estatal para quien no cotizó lo suficiente y no tiene ingresos bastantes, pero en Galicia la reconoce y la paga la Xunta, que la tramita en su sede electrónica. Además, la Xunta paga cada año con fondos propios una ayuda extraordinaria a quienes cobran la PNC o el subsidio de garantía de ingresos mínimos: en 2026 son 218 € en un solo pago, sin pedirla. Lo que cobra cada pensionista de PNC depende de sus ingresos y de con quién vive.

Requisitos principales

  • Ayuda extraordinaria 2026: tienes que cobrar una PNC de jubilación o de incapacidad o el subsidio de garantía de ingresos mínimos, y estar de alta en nómina el 1/01/2026 (o después, pero con efectos económicos desde el 1/01/2026) y seguir de alta el 10/03/2026.[1]
  • Ayuda extraordinaria 2026: tienes que haber tenido tu residencia habitual en Galicia entre el 1/01/2026 y el 10/03/2026.[1]
  • PNC de jubilación en Galicia: tener 65 años o más y tu residencia en Galicia.[2]
  • PNC de jubilación: haber vivido en España 10 años entre los 16 años y la fecha de la pensión, 2 de ellos seguidos y justo antes de pedirla.[2]
  • PNC de incapacidad: tener entre 18 y 64 años, una discapacidad del 65 % o más y 5 años de residencia en España, 2 de ellos seguidos y justo antes de pedirla.[3]
  • PNC (las dos): en 2026 tus ingresos propios tienen que ser menores de 7.905,80 € al año; si vives con familiares, la suma de ingresos de la unidad de convivencia no puede pasar el límite que corresponda (por ejemplo, 14.965,44 € al año si sois 2).[3]

Cuánto se cobra

  • Ayuda extraordinaria de la Xunta: 218 € por persona en 2026, en un único pago por transferencia a la cuenta donde cobras la pensión.[1]
  • La ley de presupuestos de Galicia para 2026 permitía una ayuda de hasta 220,50 €; el Consello da Xunta la fijó en 218 €.[4]
  • PNC 2026 (jubilación o incapacidad): 8.803,20 € al año como máximo (628,80 € al mes en 14 pagas) y 2.200,80 € al año como mínimo (157,20 € al mes).[3]
  • PNC de incapacidad con discapacidad del 75 % o más y necesidad de otra persona: complemento de 4.401,60 € al año en 2026 (en total 943,20 € al mes con la pensión íntegra).[3]

Es lo que fija la norma: tu importe concreto depende de tus ingresos y de tu hogar, y lo calcula el organismo.

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Documentos que necesitas

  • Para la ayuda extraordinaria no tienes que presentar nada: se paga de oficio a quien cumple los requisitos.[1]
  • PNC: solicitud (anexo I) y anexo II de comprobación de datos de las personas de tu unidad familiar y familiares hasta 2.º grado.[2]
  • PNC: certificado de convivencia y acreditación de los años de residencia legal en España que exige cada pensión.[2]
  • PNC: si la firma otra persona por ti, copia del documento que acredite la representación (o de la sentencia que la declare).[2]
  • PNC de incapacidad: copia del certificado de discapacidad solo si te lo dio otra comunidad autónoma.[3]
  • Complemento de alquiler: copia del contrato de alquiler en vigor (si no hay contrato escrito, otro medio de prueba que acredite vivienda, un año de duración mínima y los datos del casero y del inquilino).[5]

Plazos

  • Ayuda extraordinaria 2026: no hay plazo para pedirla porque se paga de oficio; la fecha clave es estar de alta en nómina el 1/01/2026.[1]
  • PNC de jubilación e incapacidad: se pueden pedir en cualquier momento del año.[2]
  • Complemento de alquiler: se puede pedir del 1 de enero al 31 de diciembre de cada año.[5]

Cómo te la tramitamos

1Nos escribesPor WhatsApp. Te decimos si podrías pedirla, qué documentos hacen falta y el precio cerrado.
2Revisamos tus papelesFirmas la autorización y revisamos tus requisitos y tu documentación.
3La presentamosEn tu nombre y en plazo. Te enviamos el justificante de registro y seguimos el expediente.

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Dónde y cómo se presenta

  • PNC de jubilación: por internet en la sede de la Xunta, procedimiento BS650G, con certificado digital o Chave365.[2]
  • PNC de incapacidad: procedimiento BS650A de la sede de la Xunta.[6]
  • En papel: rellenas el formulario de la sede y lo presentas en cualquier registro oficial o en una oficina de Correos; lo gestiona el departamento territorial de Política Social de tu provincia.[3]
  • La trabajadora o el trabajador social de tu ayuntamiento puede presentar la solicitud por ti por internet si firmas la autorización (anexo III).[2]

Cuánto tarda la respuesta

La Xunta tiene 3 meses para resolver la PNC de jubilación, la de incapacidad y el complemento de alquiler; si no contesta, el silencio es negativo.[2]

Con qué es compatible

  • La ayuda extraordinaria de la Xunta es distinta de las de la Seguridad Social y del Estado y es compatible con ellas.[1]
  • La PNC de incapacidad es incompatible con la de jubilación, con el FAS, con el subsidio de garantía de ingresos mínimos, con el subsidio de tercera persona de la LISMI y con otra pensión pública de igual o mayor cuantía; si cobras otra, te piden que elijas.[3]
  • Si empiezas a trabajar cobrando la PNC de incapacidad, puedes compatibilizar sueldo y pensión durante 4 años mientras la suma no pase de 16.003,20 € al año en 2026.[3]

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Si te la deniegan

  • Contra la resolución de la PNC, por ser una prestación de Seguridad Social, puedes presentar reclamación previa a la vía judicial social en 30 días desde la notificación.[7]

Lo que tienes que cumplir si te la conceden

  • Tienes que comunicar en un máximo de 30 días cualquier cambio de convivencia, estado civil, residencia o ingresos.[3]
  • Tienes que presentar cada año, en el primer trimestre, la declaración de ingresos de tu unidad de convivencia del año anterior; lo cobrado de más hay que devolverlo.[3]

Preguntas frecuentes

¿Tengo que pedir la ayuda de 218 € de la Xunta?

No. Se paga de oficio, sin solicitud, en la cuenta donde cobras la pensión, si estabas de alta en nómina el 1/01/2026 y vivías en Galicia.[1]

¿La cobran también quienes tienen el subsidio de garantía de ingresos mínimos (SGIM)?

Sí. El Decreto 14/2026 la da a pensionistas de PNC de jubilación e incapacidad y a beneficiarios del SGIM.[1]

¿Cuánto es la pensión no contributiva en 2026?

Como máximo 628,80 € al mes en 14 pagas (8.803,20 € al año) y como mínimo 157,20 € al mes; depende de tus ingresos y de con quién vives.[3]

¿Dónde se pide la PNC si vivo en Galicia?

A la Xunta, no a la Seguridad Social: por su sede electrónica (BS650G jubilación, BS650A incapacidad) o en cualquier registro u oficina de Correos.[3]

Vivo de alquiler y cobro la PNC, ¿hay algo más?

Sí, el complemento de alquiler: 525 € al año. Se pide a la Xunta (BS650F) con el contrato de alquiler.[3]

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