Ayudas a la compra de vivienda para jóvenes en Cataluña

Preparamos tu solicitud, la presentamos en tu nombre y te mandamos el justificante. La concede: Agència de l'Habitatge de Catalunya (convoca) e Institut Català de Finances – ICF (tramita el préstamo); Agència Tributària de Catalunya (tipo reducido del ITP).

Tramitar por WhatsAppPrecio cerrado · 59 €

Datos comprobados en fuentes oficiales el 19/10/2026.

Quién la concedeAgència de l'Habitatge de Catalunya (convoca) e Institut Català de Finances – ICF…
Cuándo se pidePréstamo Emancipación: convocatoria abierta desde el 30/06/2025 a las 9:00 hasta que se…
Nuestro precio59 € · cerrado

Qué es la ayudas a la compra de vivienda para jóvenes en Cataluña

En 2026 la Generalitat tiene dos ayudas propias para que los jóvenes compren su primera vivienda. 1) El Préstamo Emancipación (Fondo Público de Emancipación): un préstamo del ICF al 0 % y sin comisiones de hasta el 20 % del precio de la vivienda (máximo 50.000 €) para pagar la entrada, que no empiezas a devolver hasta acabar la hipoteca del banco; a cambio, la vivienda pasa a ser vivienda protegida de precio limitado para siempre. 2) El tipo reducido del 5 % del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) si compras de segunda mano tu vivienda habitual con 35 años o menos, en lugar del 10 % general.

Requisitos principales

  • Préstamo Emancipación: tener entre 18 y 40 años (incluidos) el día que presentas la solicitud. Hasta el 29/05/2026 el límite era de 35 años.[1]
  • Préstamo Emancipación: tener residencia legal en España y estar empadronado en un municipio de Cataluña.[1]
  • Préstamo Emancipación: tus ingresos tienen que ser inferiores a 6,5 veces el IRSC. Según el ICF, los ingresos brutos anuales de todos los que vais a vivir en la casa (también menores y quien no firma el préstamo) no pueden pasar de 83.392,53 € si vives solo ni de 85.971,60 € si sois dos.[2]
  • Préstamo Emancipación: tiene que ser tu primera vivienda, en Cataluña, y vivir en ella de forma habitual y permanente. No puedes tener ni haber tenido otra vivienda en propiedad en Cataluña (salvo que no la puedas usar por causas ajenas a ti, o partes indivisas que valgan menos del 30 % del precio de la nueva).[1]
  • Préstamo Emancipación: no puedes tener impagos registrados (RAI, ASNEF) ni incidencias judiciales, y tienes que estar al corriente con Hacienda, la Seguridad Social y el ICF. El ICF estudia la solvencia de cada caso y puede denegarlo aunque cumplas lo demás.[1]
  • Préstamo Emancipación: la vivienda puede ser nueva o de segunda mano, pero no puede ser ya vivienda protegida (HPO), no puede estar en proyecto ni en construcción y tiene que tener cédula de habitabilidad vigente al firmar la compra.[2]

Cuánto se cobra

  • Préstamo Emancipación: hasta el 20 % del menor valor entre el precio de compra y el de tasación, con un máximo de 50.000 €. Cubre lo que no financia el banco, que presta hasta el 80 %.[1]
  • Préstamo Emancipación: interés fijo del 0 %, sin comisiones (TAE 0 %). Plazo de hasta 35 años con hasta 30 de carencia: no pagas nada hasta que acabas la hipoteca del banco y luego lo devuelves en 5 años. Ejemplo oficial: 50.000 € = 60 cuotas de 833,33 €.[2]
  • Tipo reducido del ITP: pagas el 5 % del valor en lugar del 10 % general (el 10 % se aplica hasta 600.000 €; por encima, el tipo sube por tramos).[3]
  • Si compras en un municipio rural de Cataluña y tienes hijos de hasta 16 años escolarizados allí (o menores de 3 años), con base de 36.000 € o menos, el ITP es del 4 % (3 % en municipios rurales de atención especial), para compras del 20/08/2025 al 16/07/2029. Este tipo no tiene límite de edad.[3]

Es lo que fija la norma: tu importe concreto depende de tus ingresos y de tu hogar, y lo calcula el organismo.

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Documentos que necesitas

  • Préstamo Emancipación: DNI vigente (ciudadanos de la UE, certificado de registro; resto de extranjeros, NIE y TIE vigentes) de cada solicitante.[1]
  • Préstamo Emancipación: certificado de empadronamiento de menos de 3 meses, informe de vida laboral y certificado catastral negativo (de la sede del Catastro).[1]
  • Préstamo Emancipación: declaración de la renta del último año ya vencido y, si trabajas por cuenta ajena, las 3 últimas nóminas (y el contrato si llevas menos de 6 meses). Si eres autónomo, el resumen anual del IVA (modelo 390) y las declaraciones del año en curso.[1]
  • Préstamo Emancipación: informe CIRBE del Banco de España sin morosidad (vale para tramitar durante 2 meses desde que lo pides) y la declaración responsable firmada, que se descarga en la banca digital del ICF.[2]
  • Préstamo Emancipación: el ICF puede pedirte documentación adicional para estudiar la operación.[1]

Plazos

  • Préstamo Emancipación: se puede pedir desde el 30/06/2025 hasta que se agoten los fondos de la convocatoria (100 millones de euros). El cierre se publicaría en el DOGC.[4]
  • Préstamo Emancipación: cuando empiezas el formulario tienes 30 días naturales para completarlo; si no, se archiva y tienes que empezar otro. Solo puedes tener una solicitud activa.[1]
  • Préstamo Emancipación: aprobado el préstamo, tienes 6 meses para firmar la hipoteca con el banco (ampliable hasta 8 meses) y un máximo de 180 días desde la concesión para formalizar el préstamo.[1]

Cómo te la tramitamos

1Nos escribesPor WhatsApp. Te decimos si podrías pedirla, qué documentos hacen falta y el precio cerrado.
2Revisamos tus papelesFirmas la autorización y revisamos tus requisitos y tu documentación.
3La presentamosEn tu nombre y en plazo. Te enviamos el justificante de registro y seguimos el expediente.

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Dónde y cómo se presenta

  • Préstamo Emancipación: lo pides tú mismo por internet en la banca digital del ICF (espaiclient.icf.cat), dándote de alta como particular. El préstamo no tiene comisiones.[2]
  • Préstamo Emancipación: si el ICF lo aprueba, pides la hipoteca del resto a uno de los bancos adheridos: Abanca, Arquia Banca, Banco Sabadell, Banco Santander, BBVA, CaixaBank e imagin, Caixa d'Enginyers, Caixa Guissona, Kutxabank y UCI. Dudas: ICF, teléfono 933 428 410.[2]
  • Tipo reducido del ITP: no se pide aparte; lo aplicas tú al hacer la autoliquidación del impuesto de la compra (modelo 600) ante la Agència Tributària de Catalunya.[5]

Cuánto tarda la respuesta

Préstamo Emancipación: el ICF tiene un máximo de 6 meses desde la solicitud para resolver y notificar; si no contesta, se entiende denegado (silencio negativo). Según la guía del ICF, la primera respuesta suele llegar en unos 15 días hábiles.[1]

Con qué es compatible

  • Préstamo Emancipación: es compatible con otras ayudas de vivienda, como las de eficiencia energética. La compra sigue pagando sus impuestos (IVA si es nueva, ITP si es de segunda mano).[2]

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Si te la deniegan

  • Préstamo Emancipación: la resolución agota la vía administrativa. Puedes presentar recurso potestativo de reposición en 1 mes desde el día siguiente a la notificación, ante la Dirección de Inversiones y Riesgo del ICF, o recurso contencioso-administrativo en 2 meses.[1]
  • Si te falta algún papel, te lo piden y tienes 10 días hábiles para aportarlo; si no, se te tiene por desistido.[1]

Lo que tienes que cumplir si te la conceden

  • Préstamo Emancipación: la vivienda queda calificada para siempre como «Vivienda con Protección Oficial de Precio Limitado». Solo podrás venderla por el precio de compra más el IPC (y algunas obras), a una persona inscrita en el Registro de solicitantes de vivienda protegida.[1]
  • Préstamo Emancipación: no puedes alquilarla los 3 primeros años; después, solo con autorización de la Agència de l'Habitatge, por un máximo de 5 años y a un precio no superior al 80 % del índice de referencia del alquiler.[1]
  • Préstamo Emancipación: tiene que ser tu residencia habitual y permanente; no puede estar vacía ni ser segunda residencia. Antes de vender hay que avisar a la Agència de l'Habitatge, que tiene derecho de tanteo y retracto.[2]

Preguntas frecuentes

¿Hasta qué edad puedo pedir el Préstamo Emancipación?

Hasta los 40 años incluidos, el día de la solicitud. El límite subió de 35 a 40 años con la Resolución TER/1649/2026 (DOGC del 29/05/2026).[1]

¿El ICF me da la hipoteca entera?

No. El ICF solo presta la entrada: hasta el 20 % (máximo 50.000 €). El resto lo tienes que pedir a un banco adherido, y si entre los dos préstamos no llegas al 100 %, pones tú la diferencia.[2]

¿Cuándo tengo que devolver el préstamo del ICF?

No pagas nada mientras pagas la hipoteca del banco (hasta 30 años de carencia). Después lo devuelves en 5 años, en cuotas mensuales sin intereses.[2]

¿Puedo vender el piso cuando quiera?

Sí, pero como vivienda protegida de precio limitado: al precio de compra más el IPC (y ciertas obras), a alguien inscrito en el Registro de solicitantes de vivienda protegida, y devolviendo antes el préstamo del ICF.[1]

Tengo 34 años y compro un piso de segunda mano, ¿pago menos ITP?

Puedes pagar el 5 % en lugar del 10 % si va a ser tu vivienda habitual y tu base imposable de la última renta, menos el mínimo personal y familiar, no pasa de 36.000 €.[3]

Si ya tuve un piso heredado, ¿puedo pedirlo?

Si la vivienda heredada está fuera de Cataluña, sí. Si está en Cataluña, solo si justificas que no puedes vivir en ella por motivos ajenos a ti.[2]

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