Ayudas para pagar la luz y el gas en Cataluña

Preparamos tu solicitud, la presentamos en tu nombre y te mandamos el justificante. La concede: Generalitat de Catalunya – Departament de Territori, Habitatge i Transició Ecològica (Direcció General d'Energia).

Tramitar por WhatsAppPrecio cerrado · 59 €

Datos comprobados en fuentes oficiales el 19/10/2026.

Quién la concedeGeneralitat de Catalunya – Departament de Territori, Habitatge i Transició Ecològica…
Cuándo se pideBono social térmico 2025: concesión automática; el plazo para comunicar o corregir datos…
Nuestro precio59 € · cerrado

Qué es la ayudas para pagar la luz y el gas en Cataluña

En Cataluña, la Generalitat gestiona y paga el bono social térmico: una ayuda anual para calefacción, agua caliente y cocina para las personas que tenían el bono social eléctrico el año anterior. No hay que pedirla: se cobra automáticamente en la cuenta donde tienes domiciliada la luz, y la de la campaña 2025 se empieza a pagar en octubre de 2026. Además, la Ley catalana 24/2015 obliga a garantizar los suministros básicos a las familias en riesgo de exclusión residencial, aunque el Tribunal Constitucional anuló en 2026 la regla que impedía cortar la luz y el gas sin un informe previo de servicios sociales.

Requisitos principales

  • Bono social térmico: es beneficiaria cualquier persona que tuviera el bono social eléctrico el año anterior, con descuento en alguna factura de luz hasta el 31 de diciembre. Para la campaña 2025, tienes derecho si tienes una factura de 2024 con «descuento bono social».[1]
  • Bono social térmico: el titular de la cuenta bancaria tiene que ser la persona beneficiaria (salvo su heredero o heredera).[2]
  • Ley 24/2015: estás en riesgo de exclusión residencial si tus ingresos son inferiores a 2 veces el IRSC si vives solo, 2,5 veces si es una unidad de convivencia o 3 veces con discapacidad o gran dependencia. Si superan 1,5 veces el IRSC, hace falta un informe de servicios sociales.[3]
  • Ley 24/2015: las administraciones tienen que garantizar el acceso al agua, el gas y la electricidad a las familias en riesgo de exclusión residencial mientras dure esa situación, con un protocolo de comunicación a servicios sociales antes de los cortes por impago.[3]

Cuánto se cobra

  • Bono social térmico: el importe depende de la zona climática de la vivienda y del grado de vulnerabilidad. Se publica cada año con la lista de beneficiarios, que puedes consultar con tu DNI o NIE en el buscador de la Generalitat.[1]
  • Campaña 2025 (pago en 2026): según el Govern, entre 90,86 € y 400,69 € por hogar, para unos 179.908 hogares.[4]

Es lo que fija la norma: tu importe concreto depende de tus ingresos y de tu hogar, y lo calcula el organismo.

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Documentos que necesitas

  • No tienes que presentar nada si tus datos son correctos: el reconocimiento es automático.[1]
  • Para cambiar la cuenta (o si no tienes la luz domiciliada): certificado del banco con el IBAN, tu nombre, apellidos y DNI/NIE que acredite que eres titular, o el impreso de transferencia bancaria de la Tesorería de la Generalitat (área SEPA) sellado por el banco.[2]
  • Para cambiar tus datos de identificación: copia del DNI/NIE/pasaporte o autorización para que se compruebe.[2]
  • Si la persona beneficiaria ha fallecido y eres su heredero: tu DNI/NIE, la escritura de aceptación de herencia o declaración de herederos y el certificado bancario o impreso SEPA.[2]
  • Si vas a una oficina: la carta que has recibido como beneficiario, tu documento de identidad y el certificado bancario o impreso SEPA.[1]

Plazos

  • Campaña 2025: el plazo para comunicar o corregir datos, o pedir el pago de campañas anteriores, fue del 10 de junio al 10 de agosto de 2026, ambos incluidos.[2]
  • Tras los 60 días para corregir datos bancarios se validan los expedientes y después se hace el pago.[1]

Cómo te la tramitamos

1Nos escribesPor WhatsApp. Te decimos si podrías pedirla, qué documentos hacen falta y el precio cerrado.
2Revisamos tus papelesFirmas la autorización y revisamos tus requisitos y tu documentación.
3La presentamosEn tu nombre y en plazo. Te enviamos el justificante de registro y seguimos el expediente.

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Dónde y cómo se presenta

  • No hay que pedirlo. Para comunicar datos, por internet con la tramitación guiada del bono social térmico en tràmits gencat; sin tasas.[2]
  • Presencialmente, con cita previa en la red de oficinas de apoyo al bono social térmico, o por videollamada con cita. Información gratuita en el 012.[2]

Cuánto tarda la respuesta

No hay solicitud ni plazo de resolución: la ayuda se concede de oficio. La Administración verifica la documentación que hayas aportado y luego ingresa la ayuda.[2]

Con qué es compatible

  • El bono social térmico es compatible con cualquier otra ayuda con la misma finalidad.[2]
  • Renunciar al bono social térmico de un año no supone renunciar al de años posteriores ni al bono social eléctrico.[1]

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Si te la deniegan

  • Si no apareces en la lista o tus datos están mal, puedes comprobarlo en el buscador de beneficiarios y corregirlos con el formulario «Comunicar datos de identidad o cuenta bancaria de pago». Las vías de recurso contra la resolución las indica la Resolución TER/1785/2026.[1]

Lo que tienes que cumplir si te la conceden

  • Tienes que mantener operativa una cuenta a tu nombre y comunicar los cambios de NIE, de cuenta bancaria o el fallecimiento de la persona beneficiaria.[1]

Preguntas frecuentes

¿Tengo que solicitar el bono social térmico?

No. Es automático si tenías el bono social eléctrico el año anterior. Solo tienes que hacer un trámite si han cambiado tu NIE o tu cuenta, o si la persona beneficiaria ha fallecido.[1]

¿Cuándo cobro el bono térmico de 2025?

El pago empieza en octubre de 2026 y se hace por tandas; cada mes se publican las referencias enviadas a pago.[1]

¿Cómo sé si soy beneficiario?

En el buscador de beneficiarios de la Generalitat, por las cuatro cifras centrales de tu DNI o NIE y tus iniciales.[1]

¿Me pueden cortar la luz si no puedo pagar?

Desde la sentencia del Tribunal Constitucional 42/2026 ya no se aplica en Cataluña la regla que obligaba a la eléctrica o la gasista a pedir antes un informe a servicios sociales. Rigen las normas estatales sobre cortes por impago.[5]

¿El bono social eléctrico lo da la Generalitat?

No, el bono social eléctrico es estatal y se pide a la comercializadora de referencia. La Generalitat gestiona y paga el bono social térmico a quienes ya lo tenían.[2]

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