Ayudas para víctimas de violencia de género en Castilla y León
Preparamos tu solicitud, la presentamos en tu nombre y te mandamos el justificante. La concede: Junta de Castilla y León – Vicepresidencia Segunda, Dirección General de Mujer e Igualdad de Oportunidades y Gerencia de Servicios Sociales (Secciones de Mujer de las Gerencias Territoriales).
Datos comprobados en fuentes oficiales el 19/10/2026.
Qué es la ayudas para víctimas de violencia de género en Castilla y León
En Castilla y León hay dos ayudas económicas que se piden a la Junta: la ayuda de pago único para mujeres víctimas de violencia de género sin recursos y con especiales dificultades para encontrar empleo (la del artículo 27 de la ley estatal, con procedimiento propio de Castilla y León), y la ayuda de 5.000 € al año para hijos e hijas menores de mujeres asesinadas por violencia de género, que además da matrícula universitaria gratis. Además, la renta garantizada de ciudadanía tiene reglas más favorables para las víctimas.
Requisitos principales
- Ayuda de pago único: tienes que ser víctima de violencia de género y no convivir con el agresor.[1]
- Ayuda de pago único: tus rentas no pueden superar al mes el 75% del salario mínimo interprofesional vigente (sin contar la parte de las dos pagas extra). Solo cuentan tus ingresos; si tienes familiares a cargo, se divide la renta de toda la unidad familiar entre sus miembros.[1]
- Ayuda de pago único: tienes que estar inscrita como demandante de empleo y tener especiales dificultades para encontrar trabajo (por edad, formación o circunstancias sociales), lo que acredita un informe del Servicio Público de Empleo de Castilla y León.[1]
- Ayuda de pago único: tienes que residir en Castilla y León, y cumplir los requisitos al pedirla y hasta que se resuelva. Solo se concede una vez a cada víctima.[1]
- Ayuda a huérfanos: la pueden pedir los hijos e hijas menores de edad (o menores que estuvieran bajo su tutela) de una mujer víctima mortal de violencia de género que vivía, residía o trabajaba en Castilla y León, si residen en la comunidad al pedirla. No pueden ser beneficiarios los menores tutelados por la Administración.[2]
- Renta garantizada de ciudadanía: si eres víctima de violencia de género no se te exige el año de empadronamiento previo cuando te has trasladado desde otra comunidad por ese motivo, y puedes pedirla con menos de 25 años (también si eres menor emancipada).[3]
Cuánto se cobra
- Ayuda de pago único: con carácter general, el equivalente a 6 meses de subsidio por desempleo, en un único pago.[1]
- Ayuda de pago único: sube a 12 meses de subsidio con un familiar o menor acogido a cargo, y a 18 meses con dos o más. Si tienes una discapacidad del 33% o más: 12, 18 o 24 meses según las cargas familiares. Llega a 24 meses si tú o el familiar a cargo tenéis un 65% o más, o si ambos tenéis al menos un 33%.[4]
- Ayuda a huérfanos: 5.000 € al año por cada menor, hasta el año en que cumpla la mayoría de edad. Si estudia en la universidad, no paga los precios públicos de los servicios académicos y complementarios en las universidades públicas de Castilla y León.[2]
Es lo que fija la norma: tu importe concreto depende de tus ingresos y de tu hogar, y lo calcula el organismo.
Documentos que necesitas
- Ayuda de pago único: solicitud en modelo oficial dirigida a la Sección de Mujer de la Gerencia Territorial de Servicios Sociales de tu provincia, con declaración responsable de no convivir con el agresor.[5]
- Ayuda de pago único: documento que acredite que eres víctima: orden de protección u otra resolución judicial con medida cautelar a tu favor, sentencia condenatoria o informe del Ministerio Fiscal con indicios de violencia de género.[6]
- Ayuda de pago único: solo si te opones a que la Junta los consulte: DNI o NIE, certificado de rentas de la Agencia Tributaria, certificado de prestaciones por desempleo y certificado o volante de empadronamiento.[6]
- Ayuda de pago único, si tienes familiares a cargo: documento sanitario en el que figuren como beneficiarios, o convenio o sentencia con obligación de alimentos, o documento de acogimiento; y certificados de discapacidad si la alegas.[6]
- Ayuda a huérfanos: certificado literal de defunción, libro de familia y, en su caso, resolución judicial de nombramiento del tutor o de la víctima como tutora; DNI/NIE y empadronamiento solo si no autorizas que la Junta los consulte.[7]
Plazos
- Ayuda de pago único: puedes pedirla mientras esté vigente la orden de protección, el informe del Ministerio Fiscal o las medidas de protección de la sentencia.[5]
- Ayuda a huérfanos: plazo abierto y permanente.[2]
Cómo te la tramitamos
Dónde y cómo se presenta
- Ayuda de pago único: por internet en la sede electrónica de la Junta (tramitacastillayleon.jcyl.es, procedimiento IAPA 989) con certificado digital, DNIe o Cl@ve; o en persona en el registro de la Gerencia Territorial de Servicios Sociales de tu provincia, en las oficinas de registro de la Junta o en cualquier registro oficial.[5]
- Ayuda a huérfanos: en la sede electrónica (procedimiento IAPA 2788) o en persona, preferentemente en la Consejería competente en igualdad, en las oficinas de registro de la Junta o en cualquier registro oficial.[2]
- La Gerencia Territorial hace seguimiento y atención integral a la mujer que pide la ayuda de pago único, con todos los recursos que necesite, sea cual sea la resolución.[1]
Cuánto tarda la respuesta
Ayuda de pago único: la Gerencia de Servicios Sociales tiene 3 meses desde la entrada de la solicitud (o de la última subsanación); si no contesta, se entiende desestimada. Ayuda a huérfanos: 3 meses; si no contestan, se entiende ESTIMADA.[1]
Con qué es compatible
- Ayuda de pago único: es compatible con las ayudas a víctimas de delitos violentos y contra la libertad sexual (Ley 35/1995), con las pensiones no contributivas de invalidez y jubilación y con cualquier ayuda autonómica o local por violencia de género.[1]
- Ayuda de pago único: es incompatible con la Renta Activa de Inserción (RAI).[1]
- Renta garantizada: si eres víctima y cobras la RAI por ese motivo, puedes recibir los complementos de renta garantizada por los demás miembros de la familia.[3]
Si te la deniegan
- Ayuda de pago único: la resolución agota la vía administrativa. Puedes presentar recurso potestativo de reposición ante el Gerente de Servicios Sociales en 1 mes, o recurso contencioso-administrativo en 2 meses, contados desde el día siguiente a la notificación.[1]
- Ayuda de pago único: si te la deniegan por no cumplir un requisito, puedes volver a pedirla cuando cambien las circunstancias que motivaron la denegación.[1]
Lo que tienes que cumplir si te la conceden
- Ayuda de pago único: mientras se tramita, tienes que comunicar enseguida a la Sección de Mujer de la Gerencia Territorial cualquier cambio en los requisitos.[1]
- Ayuda de pago único: la cuenta bancaria que indiques debe seguir activa hasta que termine el expediente.[1]
Preguntas frecuentes
¿Necesito una orden de protección para pedir la ayuda?
No necesariamente: vale la orden de protección u otra medida cautelar judicial, una sentencia condenatoria o un informe del Ministerio Fiscal con indicios de violencia de género.[1]
¿Cuentan los ingresos de mis padres si vivo con ellos?
No, si no tienes familiares a cargo: solo cuentan tus rentas. Si tienes hijos u otros familiares a cargo, se divide la renta de la unidad familiar entre sus miembros.[1]
¿Puedo cobrarla a la vez que la Renta Activa de Inserción?
No, la ayuda de pago único es incompatible con la RAI.[1]
¿Se puede pedir dos veces?
No. Solo se reconoce una vez a cada víctima, aunque haya nuevas órdenes de protección o sentencias.[1]
¿Qué ayuda hay para los hijos de una mujer asesinada por violencia de género?
5.000 € al año por cada hijo o hija menor hasta la mayoría de edad, y después matrícula gratis en las universidades públicas de Castilla y León.[2]
- https://bocyl.jcyl.es/boletines/2021/07/06/pdf/BOCYL-D-06072021-2.pdf
- https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/AdministracionElectronica/es/Plantilla100Detalle/1251181050732/enlaces/1284814848738/Propuesta
- https://bocyl.jcyl.es/boletines/2019/01/15/pdf/BOCYL-D-15012019-1.pdf
- https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/binarios/118/696/IAPA_989_CUANTIA,0.pdf?blobheader=application%2Fpdf%3Bcharset%3DUTF-8
- https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/AdministracionElectronica/es/Plantilla100Detalle/1251181050732/enlaces/1217924366309/Propuesta
- https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/binarios/110/89/IAPA_989_DOC_PRESENTAR,0.pdf?blobheader=application%2Fpdf%3Bcharset%3DUTF-8
- https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/binarios/88/331/IAPA_2788_DOC,0.pdf?blobheader=application%2Fpdf%3Bcharset%3DUTF-8