Ayudas por excedencia y cuidado de hijos en Canarias
La convocatoria está cerrada ahora mismo. Te explicamos requisitos y cuantías, y si quieres te avisamos cuando se abra la siguiente para presentarla a tiempo. La concede: Gobierno de Canarias – Servicio Canario de Empleo (Consejería de Turismo y Empleo).
Datos comprobados en fuentes oficiales el 19/10/2026.
Qué es el Programa Concilia del Servicio Canario de Empleo: ayudas a autónomos para el cuidado de hijos
En Canarias no hay una ayuda autonómica para quienes trabajan por cuenta ajena y piden una excedencia o reducen su jornada para cuidar a sus hijos (ese derecho y sus prestaciones son estatales). Lo que tiene el Gobierno de Canarias es el Programa Concilia, solo para autónomos: Concilia 1 paga parte del sueldo de quien te sustituye mientras estás de baja por nacimiento, adopción o acogimiento (o por riesgo en el embarazo o la lactancia); Concilia 2 subvenciona contratar de forma indefinida a una persona para cuidar de tus hijos de 12 años o menos, o de mayores o dependientes a tu cargo; y Concilia 3 paga parte de la guardería, los servicios de cuidado, los campamentos de vacaciones o el comedor. Se reparte por orden de solicitud hasta que se acaba el dinero.
Requisitos principales
- Concilia (todas las líneas): estar de alta en el RETA u otro régimen especial por cuenta propia, ser mutualista, o ser socio a título individual de una sociedad mercantil, laboral o civil o de una comunidad de bienes. No pueden pedirla los socios de cooperativas, los autónomos colaboradores ni los administradores sin participación.[1]
- Concilia (todas las líneas): tener el domicilio fiscal y la actividad en Canarias, y estar al corriente con Hacienda estatal, Hacienda canaria y Seguridad Social.[1]
- Concilia 1: contratar a una persona que te sustituya durante tu descanso por nacimiento, adopción o acogimiento (desde 15 días antes de la fecha prevista) o por riesgo durante el embarazo o la lactancia, con una jornada de al menos el 50 %.[2]
- Concilia 2: contratar de forma indefinida, al menos 12 meses, a una persona para cuidar de tus hijos de 12 años o menos que vivan contigo, de mayores de 70 años o de personas con dependencia (grados I, II o III) a tu cargo, familiares hasta segundo grado con convivencia de al menos 3 meses antes de la solicitud.[2]
- Concilia 3: pagar un centro o servicio de cuidado de menores, mayores o dependientes dentro del periodo subvencionable de la convocatoria (también campamentos en vacaciones escolares y comedor, si viene desglosado en la factura).[2]
Cuánto se cobra
- Concilia 1: 1.100 € por mes de contrato de sustitución (hasta 8 meses y 8.800 € en riesgo durante el embarazo o la lactancia). Si después haces indefinida a esa persona, 7.500 € (9.000 € si es mayor de 45 años, parada de larga duración o con discapacidad).[2]
- Concilia 2: 7.500 € por la contratación indefinida de la persona cuidadora (9.000 € si es mayor de 45 años, parada de larga duración o con discapacidad).[2]
- Concilia 3: el 75 % del coste del centro o servicio de cuidado, con un máximo de 3.000 € (no cuenta el IGIC que puedas recuperar).[2]
- Si el contrato es a tiempo parcial (mínimo el 50 %) la ayuda se reduce en proporción; por debajo del 50 % no hay ayuda.[1]
Es lo que fija la norma: tu importe concreto depende de tus ingresos y de tu hogar, y lo calcula el organismo.
Documentos que necesitas
- Solicitud por el procedimiento 10923 y, si actúas por otra persona, acreditación de la representación; documento de identidad.[1]
- Informe de vida laboral, certificados de estar al corriente con la AEAT, la Agencia Tributaria Canaria y la Seguridad Social, y alta a terceros en el sistema SEFLogiC.[1]
- Concilia 1 y 2: contrato y DNI/NIE de la persona contratada y vida laboral de la cuenta de cotización.[1]
- Según la línea: libro de familia o equivalente, prueba del parentesco y de la convivencia (al menos 3 meses), resolución de dependencia y, en Concilia 3, factura con el coste del servicio y horario escolar.[1]
Plazos
- Convocatoria 2026: del 21 de mayo al 15 de octubre de 2026 (ya cerrada).[1]
- La contratación o el gasto tiene que hacerse o empezar dentro del periodo subvencionable que fija cada convocatoria anual.[2]
Dónde y cómo se presenta
- Solo por internet, en el aplicativo del procedimiento 10923 de la sede electrónica del Gobierno de Canarias: las solicitudes presentadas por otra vía no se admiten.[3]
Cuánto tarda la respuesta
6 meses desde la publicación de la convocatoria; si no hay respuesta, se entiende denegada.[2]
Con qué es compatible
- Las tres líneas son compatibles entre sí, salvo que paguen el mismo gasto o el cuidado de la misma persona en el mismo periodo; Concilia 2 y 3 no se dan a la vez para la misma persona y el mismo periodo (vale la primera solicitud).[2]
- Son incompatibles con otras ayudas para la misma finalidad de otras administraciones, y el total no puede pasar del coste.[2]
Si te la deniegan
- La resolución no pone fin a la vía administrativa: puedes presentar recurso de alzada en 1 mes desde la notificación.[2]
Lo que tienes que cumplir si te la conceden
- Mantener al menos 12 meses a la persona contratada de forma indefinida; si el contrato acaba por causas que no dependen de ti, puedes sustituirla en 15 días.[2]
- Seguir cumpliendo los requisitos durante el periodo exigido, comunicar cualquier cambio y guardar la documentación al menos 4 años.[2]
Preguntas frecuentes
Trabajo por cuenta ajena y voy a pedir una excedencia para cuidar a mi hijo, ¿me paga algo el Gobierno de Canarias?
No hemos encontrado ninguna ayuda canaria para asalariados en excedencia o con reducción de jornada. El Programa Concilia es solo para autónomos.[1]
Soy autónoma y voy a dar a luz, ¿me ayudan a pagar a quien me sustituya?
Sí, con Concilia 1: 1.100 € por mes de contrato de sustitución durante tu descanso, y 7.500 € más si luego lo haces indefinido.[2]
¿Me pagan la guardería si soy autónomo?
Concilia 3 cubre el 75 % del coste de centros o servicios de cuidado, campamentos en vacaciones y comedor, con un máximo de 3.000 €.[2]
¿Hasta qué edad de los hijos vale?
Para Concilia 2, hijos de 12 años o menos que vivan contigo.[2]
¿Puedo pedirla ahora?
La convocatoria 2026 cerró el 15 de octubre de 2026. Es anual y se reparte por orden de llegada, así que conviene pedirla pronto en la siguiente.[1]