Bono Alquiler Joven en Canarias

La convocatoria está cerrada ahora mismo. Te explicamos requisitos y cuantías, y si quieres te avisamos cuando se abra la siguiente para presentarla a tiempo. La concede: Gobierno de Canarias: Instituto Canario de la Vivienda (ICV / ICAVI), Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Movilidad.

Datos comprobados en fuentes oficiales el 19/10/2026.

Quién la concedeGobierno de Canarias: Instituto Canario de la Vivienda (ICV / ICAVI), Consejería de Obras…
Cuándo se pideConvocatoria 2026: plazo de solicitud cerrado (del 18/09/2026 al 08/10/2026, 15 días…

Qué es el Bono Alquiler Joven en Canarias, convocatoria 2026

El Bono Alquiler Joven es una ayuda de 250 € al mes, durante 2 años (hasta 6.000 €), para jóvenes de hasta 35 años con pocos ingresos que viven de alquiler en Canarias, sea una vivienda o una habitación. Lo paga el Estado y lo convoca y gestiona el Instituto Canario de la Vivienda, con dinero extra de los cabildos de Tenerife y de Lanzarote y La Graciosa. En Canarias hay una convocatoria cada año con plazo corto: la de 2026 estuvo abierta del 18 de septiembre al 8 de octubre de 2026.

Requisitos principales

  • Tener entre 18 y 35 años (incluidos) en el momento de pedirlo.[1]
  • Tener nacionalidad española o de un país de la UE, del Espacio Económico Europeo o Suiza; si eres de otro país, estar en situación de estancia o residencia regular en España.[1]
  • Ser titular de un contrato de alquiler o de cesión de uso de una vivienda o habitación en Canarias, o estar en condiciones de firmarlo. No valen los contratos de temporada.[2]
  • Tener una fuente regular de ingresos (trabajo, prestación periódica o beca de investigación) con al menos 3 meses de vida laboral en los últimos 6, o una duración prevista de al menos 6 meses.[1]
  • Que los ingresos anuales de todas las personas que viven en la casa (estén o no en el contrato) no superen 3 veces el IPREM en 14 pagas. Si alquilas una habitación, solo cuentan tus ingresos.[1]
  • Alquiler máximo: 900 € al mes por una vivienda y 450 € por una habitación (sin garaje, trastero ni gastos de comunidad si están desglosados).[1]

Cuánto se cobra

  • 250 € al mes, sin pasar del importe del alquiler: hasta 6.000 € en 24 mensualidades.[1]
  • Si varias personas lo piden por la misma vivienda, la suma de las ayudas no puede pasar del alquiler mensual; si lo supera, se reducen en proporción.[1]
  • Si se combina con la ayuda estatal a jóvenes del Plan de Vivienda, las dos juntas no pueden superar el 75 % del alquiler.[1]

Es lo que fija la norma: tu importe concreto depende de tus ingresos y de tu hogar, y lo calcula el organismo.

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Documentos que necesitas

  • Formulario de solicitud del trámite 7410 y, si vives con más personas, el anexo de miembros de la unidad de convivencia firmado por todos los mayores de 14 años (por los menores de 14, sus padres o tutores).[2]
  • Copia completa del contrato de alquiler o cesión (todos si hay varios seguidos), con el importe y la forma de pago. Si el contrato no indica la cuenta del casero, certificado de titularidad bancaria.[1]
  • Recibos o justificantes bancarios de los alquileres pagados desde el inicio del periodo que pides. Si pagas por Bizum, aporta un recibí firmado por el casero.[2]
  • Si alquilas una habitación, un documento (escritura, documento privado u otro) que muestre cuántas habitaciones tiene la casa.[1]
  • Solo si no autorizas las consultas: DNI/NIE, certificado de renta de la AEAT, certificado catastral, certificados de estar al corriente con la AEAT, la Agencia Tributaria Canaria y la Seguridad Social, y empadronamiento histórico colectivo.[1]

Plazos

  • Convocatoria 2026: del 18 de septiembre al 8 de octubre de 2026, ambos incluidos. Está cerrada.[3]
  • Si pediste la ayuda sin contrato, tienes 2 meses desde la concesión para firmarlo y 3 meses para aportar el empadronamiento; si no, pierdes la ayuda.[1]
  • Si te piden subsanar documentos, tienes 10 días hábiles; si no, se te tiene por desistido.[1]

Dónde y cómo se presenta

  • Por internet en la sede electrónica del Gobierno de Canarias, trámite 7410 (forma preferente).[4]
  • En persona en el Instituto Canario de la Vivienda (con o sin cita previa) o en cualquier registro público (art. 16.4 de la Ley 39/2015). Información: 012 (922 470 012 / 928 301 012), Cámaras de Comercio 828 111 875, Cabildo de Lanzarote 928 810 100 ext. 2279 y Cabildo de Tenerife 922 843 470.[3]
  • Todas las notificaciones (requerimientos, concesiones, pagos) se publican en el tablón de anuncios de la sede electrónica.[1]

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Cuánto tarda la respuesta

6 meses desde la publicación en el BOC (17/09/2026) y, en todo caso, antes del 31 de diciembre de 2026; si no hay resolución, se entiende denegada (silencio negativo).[1]

Con qué es compatible

  • No es compatible con otras ayudas públicas para pagar el alquiler (Gobierno de Canarias, ayuntamientos u otras), salvo las que se dan a víctimas de violencia de género o sexual, de trata, personas desahuciadas, sin hogar u otras muy vulnerables.[1]
  • Sí es compatible con el Ingreso Mínimo Vital y las pensiones no contributivas.[1]
  • No puedes cobrarlo por los mismos meses que el Bono Alquiler Joven de años anteriores. Si la ayuda anterior acaba antes del 1 de octubre de 2026, la nueva empieza el mes siguiente.[1]

Si te la deniegan

  • La resolución de concesión pone fin a la vía administrativa: puedes presentar recurso potestativo de reposición o ir directamente al contencioso-administrativo.[1]
  • Si cumples los requisitos pero se acaba el dinero, entras en una lista de reserva que se usa por orden de llegada cuando se libera crédito.[1]

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Lo que tienes que cumplir si te la conceden

  • Destinar la ayuda al alquiler y pagarlo por medios electrónicos (transferencia, domiciliación, tarjeta). En efectivo solo excepcionalmente, si lo marcaste en la solicitud, con recibo firmado por ambas partes y hasta 3.000 € por expediente.[1]
  • Comunicar en 15 días cualquier cambio en los requisitos. Si te mudas dentro de Canarias, comunicarlo en 15 días desde el nuevo contrato, que debe firmarse sin interrupción; en ese caso el límite de ingresos sube a 4 veces el IPREM (no para habitaciones).[1]
  • Si te vas a otra comunidad, comunicarlo también a la comunidad de destino; y si vienes de otra comunidad, aportar su resolución de fin de la ayuda para seguir cobrando en Canarias el tiempo que falte.[2]

Preguntas frecuentes

¿Todavía puedo pedir el Bono Alquiler Joven en Canarias?

No en 2026: el plazo fue del 18 de septiembre al 8 de octubre de 2026. Hay que esperar a la próxima convocatoria del Instituto Canario de la Vivienda en el BOC.[3]

¿Comparto piso: cuentan los ingresos de mis compañeros?

Si el contrato es de la vivienda entera, sí: cuentan los de todas las personas que viven allí. Solo cuentan los tuyos si tienes un contrato de alquiler de una habitación concreta.[2]

¿Puedo pedirlo si todavía no he firmado el contrato?

Sí. Te lo conceden condicionado: tienes 2 meses para firmar el contrato y 3 meses para empadronarte desde la notificación.[2]

¿Lo podemos pedir los dos titulares del contrato?

Sí, cada uno con su solicitud si cumple los requisitos, pero la suma de las ayudas no puede pasar del alquiler mensual.[2]

Cobro el Ingreso Mínimo Vital, ¿puedo cobrar también el Bono?

Sí, las bases dicen expresamente que no hay incompatibilidad con el IMV ni con las pensiones no contributivas.[1]

¿Cuándo me pagan?

Por semestres, después de presentar los recibos del alquiler antes del 1 de junio y del 1 de diciembre, y estando dado de alta como tercero en SEFLogIC.[1]

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