Ayudas para pagar la luz y el gas en Andalucía
Preparamos tu solicitud, la presentamos en tu nombre y te mandamos el justificante. La concede: Junta de Andalucía – Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad y Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía (Bono Social Térmico); Agencia Andaluza de la Energía (Hogares Vulnerables).
Datos comprobados en fuentes oficiales el 19/10/2026.
Qué es la ayudas para pagar la luz y el gas en Andalucía: Bono Social Térmico
En Andalucía la ayuda principal para los gastos de luz, gas y calefacción de los hogares vulnerables es el Bono Social Térmico: un pago único al año, que no hay que pedir, para quienes tenían el bono social de la luz a 31 de diciembre del año anterior. Lo financia el Estado, pero en Andalucía lo gestiona y paga la Junta con su propio procedimiento: te manda una carta con un PIN, tú confirmas tu cuenta bancaria en una web o por teléfono en 3 meses y luego te pagan (en 2025 entre 56,03 € y 400,69 € según la zona y tu grado de vulnerabilidad). Además, la Agencia Andaluza de la Energía tiene el programa «Hogares Vulnerables», que paga hasta el 100% de obras de ahorro energético o placas solares en casas de consumidores vulnerables severos, siempre a través de una entidad colaboradora. Si no puedes pagar un recibo urgente, acude a los servicios sociales de tu ayuntamiento.
Requisitos principales
- Bono Social Térmico: tienes que tener el bono social eléctrico (descuento en la factura de la luz) en vigor el 31 de diciembre del año anterior. Para el BST 2025, el 31 de diciembre de 2024.[1]
- Bono Social Térmico: no hace falta pedirlo. Son las comercializadoras de referencia las que mandan a la Junta la lista de personas con el bono social de la luz; si crees que tenías derecho y no apareces, reclama a tu comercializadora.[2]
- Bono Social Térmico: para cobrar tienes que confirmar o dar una cuenta bancaria a tu nombre dentro del plazo; si la cuenta no es tuya, el banco devuelve el dinero (puedes delegar el cobro en la cuenta de otra persona con un modelo).[3]
- Hogares Vulnerables (Agencia Andaluza de la Energía): ser persona física sin actividad económica, consumidor vulnerable severo o en riesgo de exclusión social, con el bono social eléctrico y con contrato PVPC con una comercializadora de referencia en la vivienda habitual.[4]
Cuánto se cobra
- Bono Social Térmico 2025 (pagado en 2026), si eres vulnerable: zona climática A 56,03 €; B 90,86 €; C 139,64 €; D 210,71 €; E 250,44 €.[5]
- Bono Social Térmico 2025, si eres vulnerable severo o estás en riesgo de exclusión social: zona A 89,65 €; B 145,38 €; C 223,42 €; D 337,13 €; E 400,69 €. La zona depende de dónde esté tu vivienda.[5]
- Hogares Vulnerables: hasta el 100% de la inversión en rehabilitación energética de la vivienda (aislamiento, ventanas, climatización, agua caliente, iluminación) y entre el 95% y el 97% en placas solares de autoconsumo para tu vivienda. Presupuesto total del programa: 10 millones de euros (FEDER 21-27).[4]
Es lo que fija la norma: tu importe concreto depende de tus ingresos y de tu hogar, y lo calcula el organismo.
Documentos que necesitas
- Bono Social Térmico: la carta que te envía la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia con tu PIN y tu DNI/NIE; guárdala hasta cobrar.[6]
- Bono Social Térmico: el IBAN de una cuenta a tu nombre (empieza por ES, sin espacios).[6]
- Si no tienes cuenta: modelo de delegación de cuenta firmado, copia del DNI/NIE del titular del bono y del titular de la cuenta, y certificado de titularidad del IBAN.[3]
- Si el titular ha fallecido: declaración responsable firmada por todos los herederos, DNI del titular de la cuenta, documento bancario con IBAN y titularidad, modelo 660 del impuesto de sucesiones (u otro documento que acredite ser heredero) y la carta del BST.[3]
- Hogares Vulnerables: acreditar que tienes el bono social eléctrico como vulnerable severo o en riesgo de exclusión y el contrato PVPC; la entidad colaboradora te dice qué más hace falta.[4]
Plazos
- Bono Social Térmico: tienes 3 meses desde el día siguiente a la publicación del acuerdo de inicio en el BOJA para confirmar, cambiar o completar tus datos bancarios, o para renunciar. Si no lo haces, te mandan un requerimiento con 10 días; si sigues sin hacerlo, no se te paga.[1]
- Bono Social Térmico 2025: el plazo de validación ya ha terminado (el acuerdo se publicó en el BOJA el 10/04/2026).[3]
Cómo te la tramitamos
Dónde y cómo se presenta
- Bono Social Térmico: entra en el sistema de gestión del BST en la web de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia (o con el código QR de la carta) con tu DNI/NIE y el PIN, y valida, cambia o añade tu IBAN. No necesitas certificado digital.[3]
- Bono Social Térmico por teléfono: 900 101 220 (gratuito), de lunes a viernes de 9:00 a 14:00, con tu DNI/NIE y el PIN. Correo: bonosocialtermico.assda@juntadeandalucia.es.[2]
- Hogares Vulnerables: lo solicita y justifica en tu nombre una entidad colaboradora del programa (entidades locales y del tercer sector). Dudas: Hogaresvulnerables.aae@juntadeandalucia.es o 954 786 335.[4]
Cuánto tarda la respuesta
Bono Social Térmico: la Junta tiene 6 meses desde el acuerdo de inicio para dictar la resolución; puede hacer resoluciones parciales de pago a medida que la gente confirma sus datos, que se publican en el BOJA.[1]
Con qué es compatible
- El Bono Social Térmico es compatible con el bono social de la luz y con otros ingresos, ayudas o subvenciones para lo mismo.[1]
Si te la deniegan
- Contra las resoluciones del Bono Social Térmico (parciales o final) puedes poner recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería; no ponen fin a la vía administrativa.[1]
- Plazo del recurso de alzada: 1 mes desde la notificación o publicación de la resolución.[7]
- Si no apareces en la lista y tenías el bono social de la luz a 31 de diciembre, el primer paso es reclamar a tu comercializadora de referencia, que es la que envía los datos a la Junta.[2]
Lo que tienes que cumplir si te la conceden
- Si quieres renunciar al Bono Social Térmico, tienes que marcarlo en el sistema y enviar el modelo de renuncia por registro electrónico a la Agencia o por correo (Apartado de Correos 1046, 41080 Sevilla, asunto «Bono Social Térmico»), dentro del plazo de 3 meses.[3]
Preguntas frecuentes
¿Tengo que pedir el Bono Social Térmico en Andalucía?
No. Si tenías el bono social de la luz a 31 de diciembre del año anterior, la Junta te manda una carta con un PIN y tú solo tienes que confirmar tu cuenta bancaria en 3 meses.[2]
¿Cuánto se cobra de Bono Social Térmico en Andalucía?
El de 2025 va de 56,03 € (zona A, vulnerable) a 400,69 € (zona E, vulnerable severo o en riesgo de exclusión).[5]
No me ha llegado la carta o no aparezco en la lista, ¿qué hago?
Llama al 900 101 220 (lunes a viernes de 9 a 14 h). Si no estás en la lista pero tenías el bono social de la luz a 31 de diciembre, reclama a tu comercializadora de referencia.[2]
Mi cuenta está a nombre de mi hijo, ¿puedo cobrarlo ahí?
Sí, pero tienes que enviar el modelo de delegación de cuenta firmado, copias de los DNI/NIE de los dos y el certificado de titularidad de la cuenta. Si das una cuenta que no es tuya sin delegación, el banco devuelve el dinero.[3]
¿Hay que declarar el Bono Social Térmico en la renta?
Sí, como ganancia patrimonial. Pero si solo tienes un sueldo de menos de 22.000 € de un pagador y el bono es de menos de 1.000 €, no estás obligado a declarar por él.[2]
- https://www.juntadeandalucia.es/boja/2023/137/5
- https://www.juntadeandalucia.es/agenciadeserviciossocialesydependencia/images/contenido/AccionSocial/FAQ_BST2025.pdf
- https://www.juntadeandalucia.es/agenciadeserviciossocialesydependencia/index.php/m-accion-e-innovacion-social/bonosocial
- https://www.agenciaandaluzadelaenergia.es/en/node/3732
- https://www.juntadeandalucia.es/agenciadeserviciossocialesydependencia/images/contenido/AccionSocial/ZONAS_BST_2025.png
- https://www.juntadeandalucia.es/agenciadeserviciossocialesydependencia/images/contenido/AccionSocial/INSTRUCCIONES_BST25.pdf
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-10565