Ayuda DAVID de Navarra: requisitos, cuantía y cómo subir el recibo

Preparamos tu solicitud, la presentamos en tu nombre y te mandamos el justificante. La concede: Gobierno de Navarra – Dirección General de Vivienda (Servicio de Vivienda), con atención y cita previa en Nasuvinsa.

Tramitar por WhatsAppPrecio cerrado · 59 €

Datos comprobados en fuentes oficiales el 31/10/2026.

Quién la concedeGobierno de Navarra – Dirección General de Vivienda (Servicio de Vivienda), con atención…
Cuándo se pideAbierta todo el año («En plazo» en la ficha oficial de navarra.es a 31/10/2026). Se…
Nuestro precio59 € · cerrado

Qué es la Ayuda DAVID al alquiler de vivienda en Navarra

DAVID es la ayuda mensual del Gobierno de Navarra para pagar el alquiler si tienes pocos ingresos y estás inscrito en el censo de solicitantes de vivienda protegida. No es solo para jóvenes: la pueden pedir personas y familias de cualquier edad. Paga la mitad del alquiler, con un tope de 220, 280 o 340 € al mes según tus ingresos, y se cobra cada mes después de subir por internet el justificante bancario del pago del alquiler.

Requisitos principales

  • DAVID: tienes que estar inscrito en el censo de solicitantes de vivienda protegida antes del 1 de enero del año en que pides la ayuda, o ser inquilino de una vivienda protegida con contrato visado antes de esa fecha.[1]
  • DAVID: tienes que estar empadronado en Navarra, vivir de alquiler en una vivienda situada en Navarra que sea tu residencia habitual y pagar un alquiler de 700 € al mes como máximo.[2]
  • DAVID: ingresos mínimos de 5.000 € y unos ingresos familiares ponderados de hasta 1,7 veces el indicador SARA. Se mira la última declaración de la renta con plazo terminado (casillas 507 y 529).[2]
  • DAVID: no puedes tener una vivienda ni haber transmitido una en los últimos 5 años, ni tener parentesco hasta 2.º grado con el casero, ni más de 5.000 € en la parte especial del ahorro de la renta, ni bienes y derechos por más de 90.000 €. Tampoco puedes ser subarrendador ni subarrendatario.[1]
  • DAVID: no puedes cobrarla si convives con otra persona que ya la recibe, si cobras una subvención por alquiler de vivienda de protección oficial o una ayuda extraordinaria o de emergencia para el pago de la renta, ni si pagas el alquiler en metálico.[2]

Cuánto se cobra

  • DAVID: el 50 % del alquiler, con un máximo de 340 €/mes si tus ingresos familiares ponderados son menores de 1 vez SARA; 280 €/mes entre 1 y 1,4 veces SARA; y 220 €/mes entre 1,4 y 1,7 veces SARA.[1]
  • DAVID para personas del programa de Vivienda de Integración Social en arrendamiento (VAIS): el 60 % del alquiler, con un máximo de 360 €/mes, durante 2 años seguidos como máximo.[1]

Es lo que fija la norma: tu importe concreto depende de tus ingresos y de tu hogar, y lo calcula el organismo.

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Documentos que necesitas

  • DAVID: para pedirla no hace falta aportar documentos, pero ten a mano el contrato: dirección y número de dormitorios de la vivienda, nombre y NIF del casero, fecha de inicio, renta mensual y las cuentas bancarias tuya y del casero.[2]
  • Cada mes, copia digitalizada del recibo o de la transferencia bancaria del alquiler, en la que consten el casero, la dirección de la vivienda y el mes que pagas.[1]
  • Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve para pedir la ayuda por internet y para subir cada mes los justificantes.[2]
  • La inscripción en el censo de solicitantes de vivienda protegida, que es un trámite aparte y tiene que estar hecha antes del 1 de enero del año de la ayuda.[3]

Plazos

  • DAVID se puede pedir en cualquier momento del año (a 31/10/2026 la ficha oficial dice «En plazo»).[2]
  • El justificante del pago de cada mes tiene que estar presentado antes del día 1 del mes siguiente; si no, pierdes la ayuda de ese mes.[1]

Cómo te la tramitamos

1Nos escribesPor WhatsApp. Te decimos si podrías pedirla, qué documentos hacen falta y el precio cerrado.
2Revisamos tus papelesFirmas la autorización y una persona del equipo comprueba requisitos y documentos.
3La presentamosEn tu nombre y en plazo. Te enviamos el justificante de registro y seguimos el expediente.

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Dónde y cómo se presenta

  • Por internet, en el botón «Solicitar» de la ficha del trámite en navarra.es, con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.[2]
  • De forma presencial (solo la solicitud inicial), con cita previa en las oficinas de Nasuvinsa; la agenda se abre los miércoles a las 8:00. Cita por internet (Pamplona y Tudela) o por teléfono: Pamplona 848 850 055, Tudela 848 420 340, Sangüesa 848 420 145, Aoiz 848 420 243, Doneztebe 848 420 140.[2]

Cómo subir el recibo del alquiler cada mes

  • El recibo se sube por internet, en la ficha del trámite DAVID de navarra.es, apartado «Presentación mensual de justificantes», botón «Presentar». Entras con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.[2]
  • Ese botón lleva a la aplicación de arrendatarios de la administración electrónica del Gobierno de Navarra, la misma desde la que se hace la solicitud de DAVID.[4]
  • La cita presencial en Nasuvinsa sirve solo para la solicitud inicial: los justificantes de cada mes se presentan por internet.[2]
  • Tienes que subir el justificante de cada mes antes del día 1 del mes siguiente. Si no lo justificas a tiempo, pierdes la ayuda de ese mes (no se recupera).[1]
  • Justificante válido: copia digitalizada del recibo o de la transferencia bancaria en la que se vea quién es el casero, la dirección de la vivienda y el mes al que corresponde el pago. El pago tiene que ser por banco.[1]
  • No sirve pagar en metálico: con pago en efectivo no tienes derecho a DAVID.[2]
  • La ayuda se cobra a mes vencido: Vivienda revisa el justificante y, si todo está bien, te paga la parte de ese mes.[2]
  • Si la aplicación falla al subir el recibo: soporte informático 948 013 555 o soportec@navarra.es (lunes a jueves de 8:00 a 17:30; viernes y de julio a septiembre, de 8:00 a 15:00). Dudas sobre la ayuda: Nasuvinsa, 848 420 042.[2]

Cuánto tarda la respuesta

La Dirección General de Vivienda tiene 3 meses desde la solicitud para resolver y notificar. Si no contesta, la solicitud se entiende desestimada (silencio negativo). La aprobación o denegación se notifica por correo electrónico.[1]

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Con qué es compatible

  • DAVID es incompatible con Emanzipa y con la deducción por alquiler de la declaración de la renta. Si la obtienes, no puedes renunciar a ella para ese mismo año.[1]
  • Sobre una misma vivienda solo se concede una DAVID, para una sola unidad familiar o persona, y no a la vez que una Emanzipa.[1]

Si te la deniegan

  • Contra la resolución de la Dirección General de Vivienda cabe, por regla general, recurso de alzada ante la persona titular del Departamento (art. 126 de la Ley Foral 11/2019). Mira al pie de tu resolución qué recurso cabe y el plazo.[5]
  • El recurso de alzada contra una resolución expresa se presenta en 1 mes desde el día siguiente a la notificación; si te la deniegan por silencio, puedes recurrir en cualquier momento a partir del día siguiente.[6]

Lo que tienes que cumplir si te la conceden

  • Pagar el alquiler por banco (transferencia o recibo) y justificarlo cada mes; si pagas en metálico, no tienes derecho a DAVID.[2]
  • Si dejas de cumplir un requisito o cambian tus condiciones, se extingue el derecho; si has cobrado de más, lo regularizas en la declaración de la renta con intereses de demora.[1]
  • En enero de cada año Vivienda envía a Hacienda Foral la lista de beneficiarios y lo cobrado, porque la ayuda es una deducción del IRPF navarro.[1]

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Preguntas frecuentes

¿Dónde se sube el recibo del alquiler de la ayuda DAVID?

En la ficha del trámite DAVID de navarra.es, apartado «Presentación mensual de justificantes», botón «Presentar», con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.[2]

¿Hasta cuándo tengo para subir el recibo de cada mes?

Hasta antes del día 1 del mes siguiente. Si no lo subes a tiempo, pierdes la ayuda de ese mes.[1]

¿Vale una foto del recibo que me firma el casero?

No. Tiene que ser el recibo o la transferencia del banco, con el casero, la dirección de la vivienda y el mes que pagas. El pago en metálico no da derecho a DAVID.[1]

¿La ayuda DAVID es solo para jóvenes?

No. DAVID es para personas y familias de cualquier edad con bajos ingresos inscritas en el censo de vivienda protegida. La ayuda para jóvenes de 23 a 35 años es Emanzipa, y no se pueden cobrar las dos.[1]

¿Cuánto paga la ayuda DAVID?

La mitad del alquiler, con un tope de 340, 280 o 220 € al mes según tus ingresos (60 % y hasta 360 € en el programa VAIS).[2]

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