Pensión no contributiva en Región de Murcia

Preparamos tu solicitud, la presentamos en tu nombre y te mandamos el justificante. La concede: Instituto Murciano de Acción Social (IMAS) – Dirección General de Pensiones, Valoración y Programas de Inclusión.

Tramitar por WhatsAppPrecio cerrado · 59 €

Datos comprobados en fuentes oficiales el 31/10/2026.

Quién la concedeInstituto Murciano de Acción Social (IMAS) – Dirección General de Pensiones, Valoración y…
Cuándo se pideAbierta todo el año (plazo de presentación continuo).
Nuestro precio59 € · cerrado

Qué es la pensión no contributiva en la Región de Murcia

La pensión no contributiva (PNC) de jubilación o de incapacidad es una pensión estatal para personas sin ingresos suficientes que no han cotizado o no lo bastante. En la Región de Murcia la reconoce y gestiona el Instituto Murciano de Acción Social (IMAS), con su propio procedimiento en la sede de la CARM (código 611). Las cuantías son las estatales.

Requisitos principales

  • Jubilación: tener 65 años o más y haber vivido legalmente en España 10 años entre los 16 años y la solicitud; 2 de esos años tienen que ser seguidos e inmediatamente anteriores a la solicitud.[1]
  • Incapacidad: tener entre 18 y 64 años, una discapacidad o enfermedad crónica del 65 % o más, y haber vivido legalmente en España 5 años, 2 de ellos seguidos e inmediatamente anteriores a la solicitud.[2]
  • No tener ingresos suficientes: en 2026 tus rentas propias tienen que ser inferiores a 8.803,20 € al año. Si vives con tu cónyuge o familiares hasta segundo grado, cuenta lo que ingresáis todos: por ejemplo, menos de 14.965,44 € al año si sois 2, o menos de 37.413,60 € si entre ellos está alguno de tus padres o hijos.[3]
  • Tienes que cumplir todos los requisitos en la fecha de registro de la solicitud; solo el grado de discapacidad se puede valorar a partir de la propia solicitud de PNC de incapacidad.[4]

Cuánto se cobra

  • Cuantías mensuales 2026 según el IMAS: íntegra 628,80 €; mínima 157,20 €; con dos beneficiarios en la casa, 534,48 € cada uno; complemento de tercera persona 314,40 € (íntegra más complemento, 943,20 €).[4]
  • Si vives de alquiler, no tienes vivienda en propiedad y eres titular del contrato, puedes pedir además un complemento de 525 € al año (2026), en un pago único.[5]

Es lo que fija la norma: tu importe concreto depende de tus ingresos y de tu hogar, y lo calcula el organismo.

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Documentos que necesitas

  • Impreso normalizado de solicitud del IMAS (jubilación o incapacidad), firmado y con todos los apartados; si firmas con huella, la tiene que diligenciar un funcionario. Si no usas el modelo, te pedirán una nueva solicitud.[4]
  • Certificado de cuenta bancaria o copia de la libreta en la que seas titular (obligatorio).[4]
  • Volante de empadronamiento histórico-colectivo con los periodos de residencia exigidos y las personas con las que vives (si no lo aportas, el IMAS puede pedirlo de oficio).[4]
  • Libro de familia o certificados del Registro Civil para acreditar matrimonio y filiación de los convivientes.[4]
  • Justificantes de ingresos tuyos y de tus convivientes que la administración no pueda obtener: nóminas, modelos 130 o 131 si sois autónomos, pensión del extranjero.[4]
  • Si eres extranjero: NIE, TIE o certificado de registro de ciudadano de la UE, pasaporte completo en vigor y certificado del país de origen de si cobras pensión allí.[4]

Plazos

  • Se puede pedir en cualquier momento: plazo de presentación abierto y continuo.[4]
  • Si te deniegan la pensión, la reclamación previa se presenta en 30 días desde la notificación.[4]

Cómo te la tramitamos

1Nos escribesPor WhatsApp. Te decimos si podrías pedirla, qué documentos hacen falta y el precio cerrado.
2Revisamos tus papelesFirmas la autorización y una persona del equipo comprueba requisitos y documentos.
3La presentamosEn tu nombre y en plazo. Te enviamos el justificante de registro y seguimos el expediente.

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Dónde y cómo se presenta

  • Por internet en la sede electrónica de la CARM (procedimiento 611) con DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve: rellenas el formulario, adjuntas documentos y firmas.[4]
  • En papel, con cita previa, en la Oficina de Información y Tramitación Especializada del IMAS (Alonso Espejo), en la red de oficinas de registro de la CARM o en cualquier registro oficial.[4]
  • IMAS: Ronda de Levante 16, esquina Plaza Juan XXIII, 30008 Murcia. Solicitudes iniciales 968 368 467 (pncpensiones-imas@listas.carm.es); pensionistas en nómina 968 366 214 (pncpensionistas-imas@listas.carm.es).[3]
  • Si ya has presentado la solicitud: sección de instrucción 968 368 472 (estado y documentos) y sección de tramitación 968 366 259 (resolución y reclamación previa), de 8:30 a 10:30. Información general 968 362 000 y 012.[4]

Cuánto tarda la respuesta

El IMAS tiene 3 meses para resolver. Si no contesta en ese plazo, el silencio es negativo: se entiende denegada.[4]

Con qué es compatible

  • Incompatible con las pensiones asistenciales (FAS), con los subsidios de garantía de ingresos mínimos y de ayuda a tercera persona de la antigua LISMI y con ser causante de la prestación familiar por hijo a cargo.[4]
  • La de incapacidad es compatible con trabajar: durante los 4 primeros años de trabajo, pensión más sueldo no pueden pasar de 16.003,20 € al año (2026); si pasan, se rebaja la pensión.[2]

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Si te la deniegan

  • Reclamación previa a la vía social ante el Director/a Gerente del IMAS, en 30 días desde la notificación. Tienes un modelo de reclamación previa en la sede de la CARM.[4]
  • Si no te contestan la reclamación en 45 días, se entiende denegada y tienes 30 días para demandar en el juzgado de lo social.[6]

Lo que tienes que cumplir si te la conceden

  • Tienes que comunicar en 30 días cualquier cambio de convivencia, estado civil, residencia o ingresos que pueda afectar a la pensión.[3]
  • Cada año, en el primer trimestre, tienes que presentar la declaración de tus ingresos y los de tu unidad de convivencia. Si no la presentas, te pueden suspender el pago; si cobraste de más, tendrás que devolverlo.[3]
  • La pensión se extingue si pierdes la residencia legal o pasas más de 90 días al año fuera de España, si superas los límites de ingresos o, en la de incapacidad, si la discapacidad baja del 65 %.[4]

Preguntas frecuentes

¿Dónde pido la pensión no contributiva en Murcia?

En el IMAS: por la sede electrónica de la CARM (procedimiento 611) o en papel con cita previa en su oficina o en cualquier registro de la CARM.[4]

¿Cuánto es la pensión no contributiva en 2026?

Como máximo 628,80 € al mes en 14 pagas (8.803,20 € al año) y como mínimo 157,20 € al mes, según tus ingresos y los de tu familia.[3]

¿Cuánto tarda el IMAS en resolver?

3 meses como máximo; si no contesta, se entiende denegada y puedes presentar reclamación previa.[4]

¿Puedo renunciar a la pensión no contributiva?

En general no; solo se admite la renuncia a la cuantía mínima para acceder al complemento por cónyuge a cargo si a tu familia le sale mejor.[4]

¿Qué pasa con lo que no cobró un pensionista que fallece?

Sus herederos pueden pedirlo con solicitud, cuenta bancaria, libro de familia y testamento o certificado de últimas voluntades.[4]

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