Ayudas del Ayuntamiento de Cáceres

El Ayuntamiento de Cáceres tiene ayudas propias, distintas de las de la Junta de Extremadura y del Estado. Casi todas las gestiona el Instituto Municipal de Asuntos Sociales (IMAS): ayuda de 500 € por nacimiento o adopción, prestaciones de emergencia social…

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Datos comprobados en fuentes oficiales el 30/10/2026.

El Ayuntamiento de Cáceres tiene ayudas propias, distintas de las de la Junta de Extremadura y del Estado. Casi todas las gestiona el Instituto Municipal de Asuntos Sociales (IMAS): ayuda de 500 € por nacimiento o adopción, prestaciones de emergencia social (comida, ropa, muebles, luz, alquiler o hipoteca) y ayudas de respiro para quien cuida a una persona dependiente o con discapacidad. Las de emergencia y respiro pasan por los Servicios Sociales de Atención Social Básica. También hay ayudas para estudiar arte en otro país europeo. La mayoría siguen abiertas hasta finales de 2026.

Ayudas propias del ayuntamiento

  • Ayudas económicas a la natalidad (convocatoria 2026)
  • Prestaciones económicas de emergencia social (convocatoria 2026)
  • Ayudas para el respiro familiar de personas cuidadoras no profesionales (convocatoria 2026)
  • Ayudas a la movilidad europea para la formación artística reglada «Mobility Grants Cáceres 2031» (2026)

Ayudas económicas a la natalidad (convocatoria 2026)

Es un pago único de 500 € por cada hijo nacido o adoptado entre el 16 de diciembre de 2025 y el 15 de diciembre de 2026, para familias empadronadas en Cáceres. Se concede por orden de llegada mientras haya dinero.

Requisitos

  • Que ambos progenitores tengan residencia legal en Cáceres y lleven al menos 12 meses seguidos empadronados en el municipio antes de pedirla.[1]
  • Estar al corriente con Hacienda, la Seguridad Social y la Hacienda municipal, y comprometerse a seguir empadronados 3 años en Cáceres.[1]

Cuánto se cobra

  • 500 € por cada hijo nacido o adoptado. Presupuesto 2026: 125.000 €, por orden de entrada de las solicitudes completas.[1]

Cómo se pide

  • Con el impreso de solicitud (Anexo I), dirigido a la Presidencia del IMAS, en el Registro General del Ayuntamiento o sus registros auxiliares, en la sede electrónica (sede.caceres.es) o en cualquier oficina de registro de la red ORVE.[1]

Plazos

  • Desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOP de Cáceres hasta el 15 de diciembre de 2026.[1]

Prestaciones económicas de emergencia social (convocatoria 2026)

Son ayudas temporales para cubrir necesidades básicas cuando no tienes ingresos suficientes: alimentación e higiene, ropa y calzado, muebles y electrodomésticos, pequeñas reparaciones, agua, luz y gas, gafas o dentista, material escolar y alquiler o hipoteca de tu vivienda. Siempre necesitan un informe social municipal.

Requisitos

  • Ser mayor de edad (o menor emancipado) y estar empadronado y vivir de forma legal y efectiva en Cáceres al menos 3 meses antes de pedirla. No se exige esa antigüedad a emigrantes retornados, personas refugiadas o con asilo en trámite, transeúntes o casos de emergencia grave con informe social.[2]
  • Que los ingresos mensuales de la familia no pasen de: 700 € (1 persona), 770 € (2), 840 € (3), 910 € (4), 980 € (5), 1.050 € (6), 1.120 € (7) o 1.190 € (8 o más), según el IPREM a 14 pagas que usa la convocatoria.[2]
  • Haber pedido antes las ayudas de la Junta de Extremadura que te correspondan, salvo que el informe social justifique que no puedes acceder a ellas.[2]

Cuánto se cobra

  • Alimentación e higiene: hasta 250 € al mes (1 persona) y 50 € más por cada miembro, hasta 600 € (8 o más); 50 € más por cada celíaco. Ropa y gastos básicos: de 560 € a 1.148 € según el tamaño de la familia. Muebles, electrodomésticos y reparaciones: hasta 1.500 € en total.[2]
  • Alquiler o hipoteca de la vivienda habitual: hasta 4 mensualidades de 700 € como máximo cada una (2.800 €), y hasta 6 en casos excepcionales. Agua, luz y gas: hasta 700 €. Gafas, ortopedia o prótesis dentales: hasta 560 € por persona y año.[2]

Cómo se pide

  • Con la solicitud oficial (Anexo I), después de la valoración de tu trabajador o trabajadora social del Servicio Social de Atención Social Básica, por la sede electrónica del Ayuntamiento o en el registro.[2]

Plazos

  • Desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOP de Cáceres hasta el 10 de diciembre de 2026. Presupuesto 2026: 435.000 €.[2]

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Ayudas para el respiro familiar de personas cuidadoras no profesionales (convocatoria 2026)

Son ayudas para pagar servicios que te dejan descansar si cuidas en casa a un familiar dependiente o con discapacidad: horas de acompañamiento a domicilio, acompañamientos puntuales, estancias cortas en un centro. El objetivo es que puedas conciliar y descansar.

Requisitos

  • Ser la persona cuidadora habitual no profesional, empadronada en Cáceres o sus pedanías, de alguien que atiendes de forma continuada.[3]
  • Que la persona atendida tenga discapacidad del 33 % o más con dependencia de grado I, II o III, o discapacidad del 75 % o más aunque no tenga dependencia reconocida, y que no tenga plaza pública residencial ni prestación vinculada a residencia.[3]

Cuánto se cobra

  • Se pagan servicios prestados del 1 de enero al 15 de diciembre de 2026: hasta 65 horas al año de acompañamiento a domicilio, hasta 36 horas de acompañamientos puntuales, hasta 504 € (72 € al día) en establecimiento no sociosanitario y hasta 10 días al año en establecimiento sociosanitario. Presupuesto: 156.004,29 €.[3]

Cómo se pide

  • A propuesta de los Servicios Sociales de Atención Social Básica, acreditando allí los requisitos (empadronamiento, resolución de discapacidad y de dependencia). Si la persona solo tiene discapacidad del 75 %, hace falta además un informe de trabajo social.[3]

Plazos

  • Hasta el 15 de diciembre de 2026. El IMAS tiene 3 meses para resolver desde que la solicitud está completa.[3]

Ayudas a la movilidad europea para la formación artística reglada «Mobility Grants Cáceres 2031» (2026)

Son ayudas para estudiar una formación artística reglada (música, danza, teatro, artes plásticas, cine, diseño, restauración…) en un centro oficial de otro país europeo. Se conceden por concurrencia competitiva.

Requisitos

  • Estar admitido en una formación artística reglada o que dé un título reconocido, en un centro oficial de un país europeo distinto de España (carta de admisión o matrícula).[4]
  • Tener vínculo con Extremadura: residencia o empadronamiento en Extremadura o domicilio familiar allí, entre otras circunstancias de las bases.[4]

Cuánto se cobra

  • Hasta 10.000 € por persona, con un total de 15.000 € en la convocatoria.[4]

Cómo se pide

  • Por la sede electrónica del Ayuntamiento de Cáceres o por cualquiera de las vías del artículo 16 de la Ley 39/2015.[4]

Plazos

  • 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOP de Cáceres (convocatoria registrada el 1 de octubre de 2026). El plazo máximo para resolver es de 6 meses.[4]

Lo que conviene saber en Cáceres

  • El Instituto Municipal de Asuntos Sociales (IMAS) del Ayuntamiento de Cáceres gestiona las ayudas de natalidad, emergencia social y respiro familiar.[1]
  • El empadronamiento exigido cambia según la ayuda: 3 meses para la emergencia social y 12 meses seguidos para la de natalidad.[2]
  • Las ayudas de emergencia social y de respiro familiar pasan por el Servicio Social de Atención Social Básica: el informe de tu trabajador o trabajadora social es imprescindible.[2]
  • Puedes presentar las solicitudes en la sede electrónica (sede.caceres.es), en el Registro General del Ayuntamiento y sus registros auxiliares o en cualquier oficina de la red ORVE.[1]
  • Las ayudas de emergencia social son temporales y complementarias: primero tienes que haber pedido las ayudas de la Junta de Extremadura que te correspondan.[2]

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto da el Ayuntamiento de Cáceres por nacimiento?

500 € por hijo nacido o adoptado entre el 16 de diciembre de 2025 y el 15 de diciembre de 2026, si llevas 12 meses empadronado. Se pide hasta el 15 de diciembre de 2026.[1]

No puedo pagar el alquiler, ¿me ayuda el Ayuntamiento?

La emergencia social puede pagar hasta 4 mensualidades de alquiler (700 € como máximo cada una), y hasta 6 en casos excepcionales, si tus ingresos están por debajo del límite y lo valora servicios sociales.[2]

Vivo solo, ¿qué ingresos puedo tener para pedir la emergencia social?

No más de 700 € al mes según la tabla de la convocatoria de 2026.[2]

Cuido a mi madre dependiente, ¿hay alguna ayuda para descansar?

Sí, el programa de respiro familiar paga horas de acompañamiento y estancias cortas si tu madre tiene discapacidad del 33 % con dependencia (o del 75 %) y estás empadronado en Cáceres. Se pide hasta el 15 de diciembre de 2026.[3]

Acabo de llegar a Cáceres, ¿puedo pedir la emergencia social?

En general necesitas 3 meses de empadronamiento, pero no se exige a personas refugiadas, con asilo en trámite, emigrantes retornados o casos graves con informe social.[2]

Ayudas de otros ayuntamientos

Cómo te las tramitamos

1Nos escribesPor WhatsApp. Te decimos si podrías pedirla, qué documentos hacen falta y el precio cerrado.
2Revisamos tus papelesFirmas la autorización y una persona del equipo comprueba requisitos y documentos.
3La presentamosEn tu nombre y en plazo. Te enviamos el justificante de registro y seguimos el expediente.
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