Ayudas del Ayuntamiento de Gijón

El Ayuntamiento de Gijón/Xixón tiene ayudas propias, distintas de las del Principado de Asturias y del Estado. Casi todas las de vivienda las gestiona la Empresa Municipal de la Vivienda (EMVISA): ayuda mensual al alquiler, ayuda para la mudanza, ayuda para…

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Datos comprobados en fuentes oficiales el 31/10/2026.

El Ayuntamiento de Gijón/Xixón tiene ayudas propias, distintas de las del Principado de Asturias y del Estado. Casi todas las de vivienda las gestiona la Empresa Municipal de la Vivienda (EMVISA): ayuda mensual al alquiler, ayuda para la mudanza, ayuda para cambiar de casa por barreras y ayuda a estudiantes que comparten piso. La Fundación Municipal de Servicios Sociales convoca además una ayuda anual para pagar la luz y el gas de tu vivienda. Para casi todas tienes que llevar al menos un año empadronado en Gijón.

Ayudas propias del ayuntamiento

  • Ayudas al alquiler de EMVISA (programa de julio de 2026)
  • Ayuda para gastos de mudanza o traslado (EMVISA)
  • Ayudas a estudiantes para compartir vivienda 2026 (EMVISA)
  • Ayudas para el pago de energía de la vivienda habitual (Fundación Municipal de Servicios Sociales)

Ayudas al alquiler de EMVISA (programa de julio de 2026)

Ayuda mensual para pagar parte del alquiler de tu vivienda habitual en Gijón. EMVISA paga la ayuda directamente al casero dentro de los 10 primeros días de cada mes. Tienen prioridad familias con hijos hasta 25 años, personas con discapacidad del 65 % o más, víctimas de violencia de género, jóvenes hasta 35 años y familias en riesgo de exclusión.

Requisitos

  • Ser mayor de 18 años o menor emancipado y estar empadronado (o tener el centro de trabajo) en Gijón con al menos un año de antigüedad antes de pedirla, salvo excepciones como víctimas de violencia de género.[1]
  • Ingresos de la unidad familiar en los 3 últimos meses no superiores a 2 veces el IPREM (2,5 veces para colectivos prioritarios).[1]
  • No ser propietario de una vivienda, no tener bienes por más de 50.000 € y estar al corriente de pagos con el Ayuntamiento, EMVISA, la Fundación Municipal de Servicios Sociales, Hacienda y la Seguridad Social.[1]
  • Alquiler de como máximo 600 € al mes (sin garaje, trastero ni comunidad), con contrato de vivienda habitual de al menos un año (no valen los temporales) y sin parentesco hasta segundo grado con el casero.[2]

Cuánto se cobra

  • Si tus ingresos no pasan de 2 IPREM: el 50 % del alquiler, con un máximo de 250 € al mes y hasta 10 años.[1]
  • Colectivos prioritarios con ingresos entre 2 y 2,5 IPREM: el 30 % del alquiler, con un máximo de 150 € al mes y hasta 5 años. En extrema necesidad, excepcionalmente hasta el 75 % con un límite de 280 € al mes.[2]

Cómo se pide

  • Con cita previa en las oficinas de EMVISA (avenida de Portugal, 84-86, Gijón), que se pide en la web municipal o en la app de Gijón. Teléfono 985 182 800; correo emvisa@gijon.es.[1]

Plazos

  • Las ayudas se tramitan hasta agotar el presupuesto de EMVISA; se conceden por periodos de hasta un año y la prórroga se pide 4 meses antes de que acabe.[2]
  • EMVISA tiene 6 meses para resolver desde que entregas la solicitud con toda la documentación.[2]

Ayuda para gastos de mudanza o traslado (EMVISA)

Ayuda de pago único para el transporte de muebles y enseres y la carga y descarga cuando cambias de vivienda de alquiler. Se pide junto con la ayuda al alquiler y es independiente de que te concedan esta.

Requisitos

  • Que la mudanza se haya hecho en el año en curso y esté relacionada con el contrato que presentas con la solicitud de ayuda al alquiler.[2]
  • Justificar el gasto con la factura del servicio y su pago a tu nombre.[1]

Cuánto se cobra

  • Nunca más de un mes de renta. Según ingresos trimestrales: hasta 1 IPREM, 500 € (600 € para colectivos prioritarios); entre 1 y 1,5 IPREM, 450 € (500 €); entre 1,5 y 2,5 IPREM, solo colectivos prioritarios, 400 €.[2]

Cómo se pide

  • En la misma solicitud de la ayuda al alquiler, con cita previa en EMVISA.[1]

Plazos

  • Se paga dentro del mes siguiente a la aprobación, siempre que hayas entregado la justificación del gasto. Si dejas el contrato antes de 6 meses sin causa justificada, tienes que devolverla.[2]

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Ayudas a estudiantes para compartir vivienda 2026 (EMVISA)

Ayuda para pagar el alquiler de una vivienda compartida a jóvenes que estudian en la universidad o en FP en Gijón, de septiembre a junio.

Requisitos

  • Tener entre 18 y 35 años, ambos incluidos.[3]
  • Vivir y estar matriculado en un centro universitario o de FP de Gijón: al menos 40 créditos en grado, o el curso completo en otros estudios.[3]
  • Ingresos de la unidad familiar no superiores a 3,5 veces el IPREM.[3]

Cuánto se cobra

  • Pagan un porcentaje del alquiler según ingresos: 50 % hasta 2 IPREM, 40 % entre 2 y 3 IPREM y 30 % entre 3 y 3,5 IPREM; con un límite de renta de 600 € al mes por vivienda y 250 € por habitación.[3]

Cómo se pide

  • Con el modelo oficial, en las oficinas de EMVISA o por su Oficina Virtual, con el certificado de empadronamiento y convivencia y la matrícula.[3]

Plazos

  • Hay una convocatoria al año, entre agosto y octubre, para presentar solicitud y documentación. La ayuda cubre de septiembre a junio.[3]

Ayudas para el pago de energía de la vivienda habitual (Fundación Municipal de Servicios Sociales)

Ayuda anual de un solo pago para las facturas de luz, gas y otros combustibles de tu vivienda del año anterior. La última convocatoria encontrada es la de 2025, para facturas de 2024.

Requisitos

  • Que todas las personas de la casa estén empadronadas en Gijón y la persona que la pide, al menos un año antes (salvo víctimas de violencia de género o trata, emigrantes retornados, refugiados o apátridas).[4]
  • Ser quien paga la energía: titular del contrato o, si no, con justificante de que pagas tú los recibos.[4]
  • Ingresos brutos mensuales de la unidad de convivencia (año 2023, convocatoria 2025) por debajo de 1.260 € para 1-2 personas, 1.400 € para 3-4 y 1.575 € para 5 o más.[4]

Cuánto se cobra

  • Hasta 420 € al año por vivienda, en un solo pago y nunca más de lo que pagaste; si ya tuviste una ayuda de emergencia de la Fundación por deudas de luz o gas del mismo año, se descuenta.[4]

Cómo se pide

  • Con la solicitud en PDF de la sede electrónica del Ayuntamiento (sedeelectronica.gijon.es) o por cualquier registro del artículo 16.4 de la Ley 39/2015. Guarda el número de registro: las listas se publican por ese número.[4]

Plazos

  • Un mes desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOPA (convocatoria 2025).[4]
  • Plazo para resolver: 6 meses. Contra la resolución, recurso en un mes.[4]

Lo que conviene saber en Gijón

  • Para las ayudas de vivienda y energía, en general tienes que llevar un año empadronado en Gijón antes de pedirlas.[1]
  • EMVISA atiende con cita previa en avenida de Portugal, 84-86; teléfono 985 182 800 y correo emvisa@gijon.es.[1]
  • Límites de ingresos trimestrales de la ayuda al alquiler (tabla de julio de 2026, sujeta a cambios): 1 o 2 personas, 5.250 € (2 IPREM) o 6.562,50 € (2,5 IPREM).[1]
  • Si tienes ayuda al alquiler y quieres cambiar de casa, avisa antes a EMVISA: si te mudas sin avisar no puedes pedirla durante 6 meses y te reclaman lo cobrado de más.[2]
  • Si eres propietario de una vivienda con barreras y tienes que mudarte por movilidad, EMVISA puede pagar la diferencia entre la renta que pagas y la que cobras, hasta 200 € al mes, si tus ingresos no pasan de 2,5 IPREM.[1]

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto paga EMVISA de alquiler?

El 50 % del alquiler con un máximo de 250 € al mes si tus ingresos no pasan de 2 IPREM; el 30 % y hasta 150 € para colectivos prioritarios entre 2 y 2,5 IPREM.[1]

¿Qué alquiler máximo puedo tener para pedir la ayuda de EMVISA?

600 € al mes, sin contar garaje, trastero ni comunidad.[1]

¿La ayuda al alquiler me la ingresan a mí?

No, como norma EMVISA la transfiere al casero en los 10 primeros días de cada mes.[2]

Soy estudiante en Gijón, ¿hay ayuda para compartir piso?

Sí, si tienes entre 18 y 35 años: entre el 30 % y el 50 % del alquiler según ingresos; se pide entre agosto y octubre.[3]

¿Cuánto tiempo tengo que estar empadronado?

Un año antes de la solicitud, con excepciones como víctimas de violencia de género.[1]

Ayudas de otros ayuntamientos

Cómo te las tramitamos

1Nos escribesPor WhatsApp. Te decimos si podrías pedirla, qué documentos hacen falta y el precio cerrado.
2Revisamos tus papelesFirmas la autorización y una persona del equipo comprueba requisitos y documentos.
3La presentamosEn tu nombre y en plazo. Te enviamos el justificante de registro y seguimos el expediente.
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